Ayudas en especie (Llegando a Europa y Misiones Tecnológicas).

Ayudas en especie dirigidas a la ejecución de los Programas Llegando a Europa y Misiones Tecnológicas que se presta en el marco del Plan de Internacionalización y Financiación de la I+D+I.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
24/9/2024

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Pendiente de publicación en DOE

    Quince días desde la publicación del la convocatoria.

  • Finalidad

    Las acciones subvencionables que pueden recibir la ayuda en especie que se regula en el presente decreto, son las siguientes: 1.- Programa Llegando a Europa. Consiste en la asistencia de consultoría especializada para la preparación técnica (económica, jurídica, científica, etc.) y presentación de propuestas; con el objeto de facilitar la participación en procesos de concurrencia para acceder a financiación de proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental o innovación, convocados en el ámbito del Programa Marco de Investigación Horizonte Europa o bien, en otras convocatorias de carácter internacional, ya sean europeas o aprobadas por países extracomunitarios. Esta participación podrá realizarse en régimen de empresa individual o en régimen de consorcio como miembro de un partenariado nacional o internacional. 2.- Programa de Misiones Tecnológicas. Consiste en la participación en misiones, ferias y eventos, ya sea en calidad de asistente o en calidad de expositor; siempre y cuando estén relacionadas con avances tecnológicos, I+D+I y proyectos innovadores, y tengan carácter nacional y/o internacional.
  • Destinatarios

    Podrán tener la consideración de beneficiarias de las ayudas que establece este decreto las empresas, ya estén constituidas como personas físicas o jurídicas, que cumplan los requisitos, tengan la consideración de pequeña y mediana empresa y ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    Quedan expresamente excluidos:

    1. Las asociaciones, las entidades que formen parte del sector público, las agrupaciones de interés económico y las asociaciones de empresas incluyendo los clústeres, comunidades de bienes y las agrupaciones sin personalidad jurídica.

    2. Personas físicas o jurídicas que formen parte, mediante relación societaria, vinculación o asociación; de otras empresas que ya hayan presentado solicitud para participar en la misma acción y convocatoria. En estos supuestos, tan sólo se tendrá como válidamente presentada aquella solicitud que tenga entrada en primer lugar.

    3. Las empresas que participen en otras actuaciones financiadas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, S.L.U., vinculadas al mismo evento y concepto.

    4. Respecto del Programa de Misiones Tecnológicas, no podrán acceder a las ayudas las empresas o actividades excluidas por el artículo 1 del Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión de 13 de diciembre de 2023 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. En concreto, las siguientes empresas o actividades:

    1. Las dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y de la acuicultura;

    2. Las empresas dedicadas a la transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura, cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o de la cantidad de productos adquiridos o comercializados; las dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas;

    3. Las dedicadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o de la cantidad de dichos productos adquiridos a productores primarios o comercializados por las empresas interesadas o cuando la ayuda se supedite a su repercusión, total o parcial, a los productores primarios;

    4. Las actividades relacionadas con la exportación a terceros países o a Estados miembros, en concreto las ayudas directamente vinculadas a las cantidades exportadas, al establecimiento y la explotación de una red de distribución o a otros gastos corrientes relacionados con la actividad exportadora;

    5. Ayudas condicionadas a la utilización de productos y servicios nacionales frente a los productos y servicios importados.

  • Requisitos

    Se establecen los siguientes requisitos generales para obtener la condición de beneficiario:

    1. Tener, o comprometerse a tener antes de iniciar la actividad para la que se solicita la ayuda, un centro de trabajo en Extremadura en el que se desarrolle una actividad económica que esté alineada con la temática del proyecto o con el objeto de la actuación, que pretende realizar y un código de cuenta de cotización en el que estén dadas de alta las personas trabajadoras que presten sus servicios por cuenta ajena de las empresas beneficiarias y vayan a participar en la ejecución de los proyectos del Programa Llegando a Europa o en las Misiones Tecnológicas.

    2. Cumplir los requisitos establecidos en la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    3. Solo para las empresas que concurran a las convocatorias del Programa de Misiones Tecnológicas, cumplir con lo dispuesto en la normativa de la Unión Europea en relación a las ayudas de mínimis.

    4. Estar constituidas a la fecha de presentación de solicitud de ayuda. A estos efectos, se considera que la empresa está constituida cuando haya finalizado los trámites de inscripción en el registro administrativo que proceda para la adquisición de su personalidad jurídica y esté dada de alta en algún epígrafe de IAE. Cuando no proceda inscripción en registro público, será el alta en IAE el acto que justifique la constitución.

    5. No pueden estar sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado la ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

    6. No tener la consideración de empresa en crisis.

    7. En la ejecución de los proyectos objeto de la ayuda no se realizarán actuaciones que puedan perjudicar significativamente al medio ambiente.

    El cumplimiento de los requisitos establecidos en los apartados 5, 6, 7 y los del apartado 2 (del listado anterior) cuando no puedan demostrarse por otros medios o documentos que se exijan en este Decreto, podrán demostrarse mediante una declaración responsable con arreglo a lo previsto en los anexos que conforman la solicitud.

    Las empresas solicitantes, según el programa elegido, deberán cumplir los siguientes requisitos específicos establecidos en las correspondientes convocatorias.

    1. Disponer de una preinscripción de participación, en el caso de que ésta sea exigible por la organización de la acción promocionada, y así se especifique en la convocatoria.

    2. Disponer de las certificaciones y autorizaciones que le sean exigibles, en función del sector objetivo al que se dirija la acción.

    3. Para la acción subvencionable de Misiones Tecnológicas y solo para el caso de pymes que todavía no realicen actividad alineada con el objeto de la misión pero que pretendan diversificar su modelo de negocio y realizar nueva actividad relacionada con la misión tecnológica, será necesario que tengan desarrollado un plan de empresa con proyecciones a 3 años y disponer de un producto mínimo viable y análisis del modelo de negocio para que le requiera prospectiva tecnológica en sintonía con la naturaleza del evento a participar.

  • Cuantía

    Programa Llegando a Europa:

    Estas ayudas se financiarán con cargo a los créditos aprobados desde la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, mediante una Transferencia Específica que recoge en el estado de gastos la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio de 2024, con imputación a la aplicación presupuestaria 13006331B44000, Código Fondos FD211A1106, en el Proyecto de gasto 20230011 Proyecto 2022_Extremadrua Avante Servicios Avanzados a Pyme S.L.U: Internacionalización y Retorno de la Investigación Empresarial.

    El importe máximo a conceder en esta convocatoria asciende a 40.100€, que será distribuido entre los dos periodos de selección de proyectos a razón de 20.050€ para cada uno de ellos. Podrá trasladarse la cantidad no aplicada en el primer procedimiento al siguiente, siempre que ello no suponga menoscabo de los solicitantes del periodo de origen.

    Las ayudas se financiarán con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de Extremadura correspondiente al periodo de programación 2021-2027, dentro del Objetivo Político 1 (OP1): "Una Europa más competitiva y más inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente y una conectividad regional a las tecnologías de la información y las comunicaciones", prioridad P1A. "Transición digital e inteligente". Objetivo Específico (RSO1.1) "Desarrollar y mejorar las capacidades de investigación e innovación y asimilar tecnologías avanzadas", con un porcentaje de cofinanciación de los fondos FEDER de un 85%.

    Programa Misiones Tecnológicas:

    Estas ayudas se financiarán con cargo a los créditos aprobados desde la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, mediante una Transferencia Específica que recoge en el estado de gastos la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio de 2024, con imputación a la aplicación presupuestaria 13006331B44000, Código Fondos FD211A1106, en el Proyecto de gasto 20230011 Proyecto 2022_Extremadrua Avante Servicios Avanzados a Pyme S.L.U: Internacionalización y Retorno de la Investigación Empresarial.

    El importe máximo a conceder en esta convocatoria asciende a 22.000€, que será distribuido entre los dos periodos de selección de proyectos a razón de 11.000€ para cada uno de ellos. Podrá trasladarse la cantidad no aplicada en el primer procedimiento al siguiente, siempre que ello no suponga menoscabo de los solicitantes del periodo de origen.

    Las ayudas se financiarán con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de Extremadura correspondiente al periodo de programación 2021-2027, dentro del Objetivo Político 1 (OP1): "Una Europa más competitiva y más inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente y una conectividad regional a las tecnologías de la información y las comunicaciones", prioridad P1A. "Transición digital e inteligente". Objetivo Específico (RSO1.1) "Desarrollar y mejorar las capacidades de investigación e innovación y asimilar tecnologías avanzadas", con un porcentaje de cofinanciación de los fondos FEDER de un 85%.

     

  • Documentación

    Toda la documentación requerida es obligatoria a excepción de la documentación destinada a la valoración (artículo 17 del Decreto).

     - Programa Llegando a Europa:

    La solicitud se formalizará en el impreso normalizado que figura en el Anexo I del decreto de bases reguladoras. La solicitud de participación, junto con la documentación exigida, se podrá presentar a través de las siguientes modalidades:

    a) Entrega presencial de la documentación en el registro de alguna de las sedes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes S.L.U.:

    Polígono Industrial El Prado C/ Logroño N.º 7 (Semilleros de Empresas). 06800  Mérida

    Horario preferente: De lunes a viernes, de 8.30 a 14.30 horas.

    Sede central:

    Avda. José Fernández López, 4. 06800  Mérida

    Horario preferente: De lunes a viernes, de 8.30 a 14.30 horas.

    b) Mediante correo certificado a una de las direcciones arriba indicadas, a través de las oficinas de Correos (únicamente a través de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A.).

    Las solicitudes de ayuda deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

    a) Para el caso de empresas constituidas como personas físicas: Certificación que acredite la que el empresario/a se encuentra en situación de alta en la Seguridad Social como Trabajador/a por Cuenta Propia a la fecha, como mínimo, de publicación de la convocatoria.

    b) Para empresas constituidas como personas jurídicas:

    • Copia de la tarjeta NIF actualizada.
    • Copia, vigente, del poder del/la representante legal.
    • Certificación emitida por el registro administrativo en el que se hayan inscrito para adquirir su personalidad jurídica, en el que consten los siguientes datos: denominación social, domicilio social, que la entidad está inscrita y fecha de inscripción, que no se encuentra en disolución, estructura del órgano de administración, persona que ostenta la representación legal y en su caso personas apoderadas.
    • Documento sobre subsistencia de administradores en la sociedad solicitante.
    • Certificado sobre existencia de Titularidades Reales en la sociedad solicitante.

    Todas las empresas solicitantes, tanto físicas como jurídicas, deberán presentar:

    • Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social, vigente en la fecha de la solicitud.
    • Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria, vigente en la fecha de la solicitud.
    • Certificado acreditativo de no tener deudas pendientes con la Hacienda den la Comunidad Autónoma de Extremadura, vigente en la fecha de la solicitud.
    • Certificado acreditativo de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
    • Declaración responsable del anexo II, que hace alusión al volumen de negocio, clasificación empresarial y número de personas trabajadoras.
    • Copia del documento acreditativo de haber realizado la correspondiente preinscripción ante la entidad organizadora, en aquellas acciones donde sea exigible la inscripción.

    Además de los documentos indicados más arriba, las empresas interesadas deberán aportar la documentación que se indica en el artículo 17 del decreto de bases reguladoras, a los efectos de acreditar la puntuación que pretendan obtener en el proceso de concurrencia para seleccionar los proyectos; así como algún otro documento que pudiera resultar necesario para verificar el cumplimiento de algún requisito de los exigidos en el decreto.

    Las empresas interesadas podrán autorizar expresamente al órgano gestor para que, a través del órgano directivo competente en materia de ciencia, tecnología e innovación (en adelante órgano directivo competente), recabe o consulte los documentos que acrediten la situación de alta de la empresa en el Impuesto de Actividades Económicas, el cumplimiento de las obligaciones frente a la Hacienda del Estado, frente a la Seguridad Social, y que no tiene deudas frente a la Hacienda autonómica, en la forma prevista en el apartado correspondiente de la solicitud. Asimismo, si no existe oposición por parte de la empresa, podrán consultase de oficio datos relativos a la situación de alta del empresario/a persona física como trabajador/a por Cuenta Propia en la Seguridad Social, la existencia de poderes de la persona que ejerce la representación legal de la empresa y la subsistencia de administradores. En el caso de no prestar autorización expresa, la empresa solicitante deberá aportar los certificados correspondientes.

    La existencia de Titularidades Reales en la empresa solicitante se acreditará mediante certificación emitida por el Registro de Titularidades Reales que deberá presentar la empresa solicitándolo a través del enlace: https://sede.mjusticia.gob.es/es/tramites/registro-central-titularidades-reales. No obstante lo anterior, la existencia de titularidades reales en la empresa podrá ser consultada de oficio, cuando corresponda, por los órganos a los que se refiere el artículo 27, de mes, que establece las bases reguladoras de estas ayudas. La convocatoria preverá dicha posibilidad facilitando la autorización por parte del representante legal de la empresa solicitante.

    La Administración competente de la tramitación de este procedimiento, que incluye una actividad de tratamiento de datos personales, tiene atribuida la potestad de verificación de los datos personales del solicitante manifestados en esta solicitud en virtud de la Disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales.

    Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, S.L.U., en caso de que la persona solicitante no se oponga en el formulario de solicitud, podrá recabar entre sus archivos aquellos documentos referentes a la interesada que se encuentren en su poder, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde que los obtuvo.

    - Programa Misiones Tecnológicas:

    La solicitud se formalizará en el impreso normalizado que figura en el Anexo I del decreto de bases reguladoras. La solicitud de participación, junto con la documentación exigida, se podrá presentar a través de las siguientes modalidades:

    a) Entrega presencial de la documentación en el registro de alguna de las sedes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes S.L.U.:

    Polígono Industrial El Prado C/ Logroño N.º 7 (Semilleros de Empresas). 06800 ¿ Mérida

    Horario preferente: De lunes a viernes, de 8.30 a 14.30 horas.

    Sede central:

    Avda. José Fernández López, 4. 06800 ¿ Mérida

    Horario preferente: De lunes a viernes, de 8.30 a 14.30 horas.

    b) Mediante correo certificado a una de las direcciones arriba indicadas, a través de las oficinas de Correos (únicamente a través de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A.).

    Las solicitudes de ayuda deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

    a) Para el caso de empresas constituidas como personas físicas: Certificación que acredite la que el empresario/a se encuentra en situación de alta en la Seguridad Social como Trabajador/a por Cuenta Propia a la fecha, como mínimo, de publicación de la convocatoria.

    b) Para empresas constituidas como personas jurídicas:

    • Copia de la tarjeta definitiva del NIF de la empresa.
    • Copia, vigente, del poder del/la representante legal.
    • Certificación emitida por el registro administrativo en el que se hayan inscrito para adquirir su personalidad jurídica, en el que consten los siguientes datos: denominación social, domicilio social, que la entidad está inscrita y fecha de inscripción, que no se encuentra en disolución, estructura del órgano de administración, persona que ostenta la representación legal y en su caso personas apoderadas.
    • Documento sobre subsistencia de administradores en la sociedad solicitante.
    • Certificado sobre existencia de Titularidades Reales en la sociedad solicitante.

    Todas las empresas solicitantes, tanto físicas como jurídicas, deberán presentar:

    • Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social, vigente en la fecha de la solicitud.
    • Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria, vigente en la fecha de la solicitud.
    • Certificado acreditativo de no tener deudas pendientes con la Hacienda den la Comunidad Autónoma de Extremadura, vigente en la fecha de la solicitud.
    • Certificado acreditativo de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
    • Declaración responsable del anexo II, que hace alusión al volumen de negocio, clasificación empresarial y número de personas trabajadoras.
    • Copia del documento acreditativo de haber realizado la correspondiente preinscripción ante la entidad organizadora, en aquellas acciones donde sea exigible la inscripción.

    Además de los documentos indicados más arriba, las empresas interesadas deberán aportar la documentación que se indica en el artículo 17 del decreto de bases reguladoras, a los efectos de acreditar la puntuación que pretendan obtener en el proceso de concurrencia para seleccionar los proyectos; así como algún otro documento que pudiera resultar necesario para verificar el cumplimiento de algún requisito de los exigidos en el decreto.

    Las empresas interesadas podrán autorizar expresamente al órgano gestor para que, a través del órgano directivo competente en materia de ciencia, tecnología e innovación (en adelante órgano directivo competente), recabe o consulte los documentos que acrediten la situación de alta de la empresa en el Impuesto de Actividades Económicas, el cumplimiento de las obligaciones frente a la Hacienda del Estado, frente a la Seguridad Social, y que no tiene deudas frente a la Hacienda autonómica, en la forma prevista en el apartado correspondiente de la solicitud. Asimismo, si no existe oposición por parte de la empresa, podrán consultase de oficio datos relativos a la situación de alta del empresario/a persona física como trabajador/a por Cuenta Propia en la Seguridad Social, la existencia de poderes de la persona que ejerce la representación legal de la empresa y la subsistencia de administradores. En el caso de no prestar autorización expresa, la empresa solicitante deberá aportar los certificados correspondientes.

    La existencia de Titularidades Reales en la empresa solicitante se acreditará mediante certificación emitida por el Registro de Titularidades Reales que deberá presentar la empresa solicitándolo a través del enlace: https://sede.mjusticia.gob.es/es/tramites/registro-central-titularidades-reales. No obstante lo anterior, la existencia de titularidades reales en la empresa podrá ser consultada de oficio, cuando corresponda, por los órganos a los que se refiere el artículo 27, de mes, que establece las bases reguladoras de estas ayudas. La convocatoria preverá dicha posibilidad facilitando la autorización por parte del representante legal de la empresa solicitante.

    La Administración competente de la tramitación de este procedimiento, que incluye una actividad de tratamiento de datos personales, tiene atribuida la potestad de verificación de los datos personales del solicitante manifestados en esta solicitud en virtud de la Disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales. 4.Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, S.L.U., en caso de que la persona solicitante no se oponga en el formulario de solicitud, podrá recabar entre sus archivos aquellos documentos referentes a la interesada que se encuentren en su poder, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde que los obtuvo.

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:Enlaces a anexos:
  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Recursos de la Investigación Científica Empresarial
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

    - Programa Llegando a Europa: El procedimiento de concesión de estas ayudas se realizará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria abierta, estableciéndose dos procesos de selección a lo largo del presente ejercicio.

    Los períodos a los que se refiere el apartado anterior y el plazo para formular la solicitud, serán los siguientes:

    a) Primer período de selección: Afectará a las solicitudes que se presenten en los quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del decreto que incorpora la presente convocatoria, en el Diario Oficial de Extremadura.

     b) Segundo periodo de selección: Afectará a las solicitudes que se presenten durante diez días hábiles contados a partir del día 2 de septiembre, incluido como día de inicio del cómputo.

    - Programa Misiones Tecnológicas: El procedimiento de concesión de estas ayudas se realizará en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria abierta, estableciéndose dos procesos de selección a lo largo del presente ejercicio.

    Los períodos a los que se refiere el apartado anterior y el plazo para formular la solicitud, serán los siguientes:

    a) Primer período de selección: Afectará a las solicitudes que se presenten en los quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del decreto que incorpora la presente convocatoria, en el Diario Oficial de Extremadura.

    b) Segundo periodo de selección: Afectará a las solicitudes que se presenten en diez días hábiles contados a partir del día 2 de septiembre, incluido como día de inicio del cómputo.


  • Órgano gestor

    Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
    Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación
    Servicio de Recursos de la Investigación Científica Empresarial
    Paseo De Roma,
    06800, Mérida