Ayudas para la atracción y establecimiento de nómadas digitales en Extremadura.

Solicitud de ayudas para la atracción y establecimiento de nómadas digitales, personas teletrabajadoras y personas autónomas en la Comunidad Autónoma de Extremadura (Programa I)

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
23/7/2024

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Pendiente de publicación en DOE. 

    Las solicitudes del Programa I se podrán presentar durante el periodo de vigencia de la convocatoria.

     

  • Finalidad

    La atracción y establecimiento en la Comunidad Autónoma de Extremadura de nómadas digitales que ejerzan una actividad laboral o profesional de forma remota y mediante el uso exclusivo de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de información, fomentando e incentivando el desarrollo y la actividad económica en nuestro territorio, en especial en el ámbito rural, y el fortalecimiento del talento regional.
  • Destinatarios

    Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los nómadas digitales que, residiendo fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el momento de presentación de la solicitud, se establezcan y empadronen en algún municipio del territorio de nuestra región.  Se consideran nómadas digitales a las personas trabajadoras por cuenta ajena y las personas trabajadoras autónomas que realizan su trabajo de forma remota y mediante el uso exclusivo de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de información.

  • Requisitos

    1. No estar incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
    2. Que la relación laboral o profesional se pueda desarrollar desde la Comunidad Autónoma de Extremadura de forma remota y mediante el uso exclusivo de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de información.
    3. Que, en el caso de solicitantes extranjeros, cuenten con un número de identidad de extranjero (NIE).
    4. Para el Programa I, y además de los previstos en los apartados anteriores, será requisito para acceder a la ayuda que la persona solicitante esté residiendo fuera de la Comunidad Autónoma en el momento de presentación de la solicitud y haya residido fuera de Extremadura durante los seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de mencionada solicitud de ayuda.
  • Cuantía

    a. 10.000 euros cuando la persona que solicite la ayuda reúna, sin que sean acumulables entre sí, una de las siguientes condiciones:

    • Joven menor de 30 años.
    • Mujer.
    • Que se empadrone en una localidad de menos de 5.000 habitantes.


    b. 8.000 euros para aquellas personas que no se encuentren encuadradas en ninguno de los grupos de la letra anterior.

     

    Estas ayudas se financiarán con cargo a los créditos autorizados en los proyectos de gastos destinados a tal fin, previstos en las Leyes de Presupuestos anuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Documentación

    La solicitud vendrá acompañada obligatoriamente de la siguiente documentación:

     

    1. Para personas solicitantes que hayan residido en cualquier punto situado fuera del territorio español, baja consular, en el caso de disponer de ella, expedida por el consulado del país o países de procedencia, o, alternativamente, cualquier otro documento oficial expedido por las autoridades del país de procedencia que permita acreditar fidedignamente el tiempo de residencia en el mismo.
    2. En el caso de personas trabajadoras por cuenta ajena, certificado de la empresa en la que trabajan en el que se refleje la autorización expresa para que el trabajador/a pueda trabajar en remoto en la Comunidad Autónoma de Extremadura o acuerdo de trabajo a distancia.
    3. En el caso de personas trabajadoras por cuenta propia, documento/os que acrediten los términos y condiciones en los que va a ejercer la actividad profesional a distancia.

    Además de la documentación requerida en el apartado anterior, cuando la persona solicitante se oponga o no autorice expresamente en la solicitud a que el órgano instructor recabe de oficio los datos o documentos necesarios, deberá aportar la siguiente documentación:

     

    1. Para personas solicitantes que hayan residido en territorio español, certificado o informe histórico emitido por el Ayuntamiento/s de fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura en los que haya residido en los últimos seis meses anteriores a la solicitud de la ayuda.
    2. Informe original, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral de la persona que solicita la subvención, en formato electrónico (pdf).
    3. Certificado que acredite que la persona solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, en formato electrónico (pdf).
    4. Certificado que acredite que la persona solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, en formato electrónico (pdf).
    5. Certificado que acredite que la persona solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en formato electrónico (pdf).

    Cuando se aporten documentos que no estén redactados en idioma español, se acompañarán de su traducción legal jurada certificada por un profesional autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España.

     

     

     

     

     

     

  • Solicitud y Anexos

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE)
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de Alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
    Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE)
    Dirección General de Empleo
    Servicio de Fomento del Empleo
    Avenida Valhondo,
    06800, Mérida