Ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación

Ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
11/2/2025
Actual (long): 1740202059170 - Feb 22, 2025 5:27:39 AM
Offset: 3600000 - 3600000
Fecha desde (long): 1688684400000 - Jul 6, 2023 11:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1690498740000 - Jul 27, 2023 10:59:00 PM
  • Plazo de presentación

    Desde: 07/07/2023 Hasta: 27/07/2023

    El plazo de presentación de las solicitudes por el Agente SECTI es de 10 días a contar desde los dos días siguientes a la terminación del plazo concedido para la presentación de la inscripción del personal investigador predoctoral en formación, que será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y del extracto Teniendo en cuenta que el plazo de la inscripción fue de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y del extracto, y que el mismo se amplió mediante acuerdo de 30 de junio de 2023, en dos días hábiles, finalizando dicho plazo el día 4 de julio de 2023. Como consecuencia de dicha ampliación se vio afectado el plazo de presentación de las solicitudes, siendo éste del día 7 al 20 de julio, ambos inclusive.

    A su vez, mediante ACUERDO DE 19 DE JULIO DE 2023 DEL SECRETARIO GENERAL DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL se acuerda de oficio la ampliación del plazo de presentación de solicitud por el Agente SECTI  en 5 DÍAS HÁBILES, DEL 21 AL 27 DE JULIO, AMBOS INCLUSIVE.

  • Finalidad

    Estas ayudas van destinadas a la contratación de personal investigador en formación bajo la modalidad de contrato predoctoral para la realización de trabajos de investigación con el objetivo de la obtención del título de doctor por la Universidad de Extremadura, en los ámbitos de intervención en I+D+i de la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente de Extremadura 2021-2027. Con esta línea de ayudas se pretende contribuir al desarrollo de la carrera investigadora, la incorporación de talento y la empleabilidad, con el fin de lograr una carrera científica atractiva y mejorar la transferencia de conocimientos del ámbito de la investigación.

  • Destinatarios

    Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los siguientes Agentes del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación:

    a) Universidad de Extremadura.

    b) Centros Públicos de I+D+i de Extremadura.

    c) Las Fundaciones Públicas que actúen como gestoras de las actividades de investigación de los Centros adscritos a la Junta de Extremadura que realicen actividades I+D+i.

  • Requisitos

    Para obtener la condición de beneficiario, los Agentes SECTI deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones la Comunidad Autónoma de Extremadura, las entidades solicitantes efectuarán declaración responsable, dirigida al órgano que ha de otorgar la subvención, que se incluirá en la solicitud de la ayuda.

    Los Agentes SECTI deberán encontrarse en la situación que fundamenta la concesión de esta subvención conforme a las circunstancias
    previstas en el Decreto 43/2023, de 3 de mayo, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de las ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación en el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación y se aprueba la primera convocatoria.

    Asimismo, no deberán hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por ello, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

    a) No haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.

    b) No haber solicitado la declaración de concurso voluntario, no haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, no hallarse declarados en concurso, no estar sujetos a intervención judicial o no haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

    c) No haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.

    d) No estar incursos aquellos que ostenten la representación legal de las personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.

    e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y sus obligaciones frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tener deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma.

    f) No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

    g) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

    h) No haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a esta u otras leyes que así lo establezcan.

  • Cuantía

    Los gastos subvencionables son los siguientes:

    1. Costes salariales del contrato de trabajo bajo la modalidad de predoctoral. 

    2. Gastos de las tasas de la tutela académica derivadas de los estudios de doctorado en la Universidad de Extremadura.

    3. Gastos de instalación, desplazamiento, visado, seguro de accidentes y de asistencia médica, siempre que sea requerido, con un importe máximo de 12.000 euros. No serán financiados los gastos de estancias realizadas durante la etapa de orientación posdoctoral.

    La ayuda para la realización de la estancia tendrá un importe máximo de 12.000 euros que se distribuirán entre los siguientes conceptos:

    a) Gastos de viaje de ida y vuelta al país de destino.
    b) Manutención según establece el Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón del servicio, con la consideración de residencia eventual.                                                                                                                                                                                                      c) Gastos de seguro médico, en el supuesto que no esté cubierto por la seguridad social.

    4. Cualquier incremento de los gastos subvencionables será asumido por la entidad contratante.

  • Documentación

    Documentación requerida a los Agentes SECTI solicitantes de la ayuda, que se presentará junto a la solicitud de la ayuda:

    1) Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica, en el caso de no autorizar expresamente al órgano gestor para recabarlos de oficio. (Opcional)

    2) Documento que acredite la capacidad para actuar como representante del Agente SECTI. (Opcional)

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación
    • Plazo para resolver: 6 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

    Con posterioridad a la concesión de la ayuda ha de presentarse justificación económica que se realizará durante los primeros cuarenta y cinco días de cada año natural en los que dure el contrato.


  • Órgano gestor

    Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
    Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación
    Servicio de Recursos de la Investigación Científica Pública
    Paseo De Roma,
    06800, Mérida