Registro Central de Entidades del Voluntariado Social

Solicitud de inscripción en el Registro Central de Entidades del Voluntariado Social.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
5/12/2024
Icono de información

Lea los requisitos y tramite

Código SIA: 213508

  • Plazo de presentación

    Durante todo el año.

  • Finalidad

    Servir de instrumento de consulta en materia de entidades de voluntariado social de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Este Registro cumple las siguientes funciones: - Facilitar la información necesaria sobre su funcionamiento y de los requisitos de inscripción. - Realizar las actuaciones necesarias para la calificación e inscripción de las entidades de voluntariado, la actualización de los datos regístrales y, en su caso, la cancelación. - Expedir certificaciones de los asientos que consten en el mismo.
  • Destinatarios

    Entidades que desarrollen programas o proyectos de voluntariado social en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Requisitos

    * Concepto.

    Se entiende por entidad colaboradora de voluntariado social, aquella persona jurídica, legalmente constituida, sin ánimo de lucro, que desarrolla programas o proyectos de acción social, fundamentalmente a través de voluntarios, dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    * Organización y funcionamiento

    1.- Las entidades de voluntariado social ajustarán su organización y funcionamiento a los principios básicos democráticos, asegurando la máxima participación de los voluntarios en los órganos de gobierno y en los procesos de formación e información, así como en la toma de decisiones sobre temas referentes a sus propios programas, proyectos, fines u objetivos.

    2. Las entidades deberán tener suscrita póliza de seguros que cubra los posibles daños ocasionados tanto a los propios voluntarios como a terceras personas, durante el ejercicio de la labor encomendada, así como proveer de una acreditación suficiente a los propios voluntarios, la cual constituye, a su vez, un derecho del voluntario.

    3. Puede producirse la revocación de la condición de Entidad Colaboradora de Voluntariado Social si:

    a) Existiera un incumplimiento del deber de notificación de los proyectos de voluntariado, falsedad e inexactitud de los datos aportados.

    b) Se estuvieran otorgando remuneraciones encubiertas a la actividad voluntaria desarrollada.

    * Deberes.

    a) Cumplir los compromisos adquiridos con el voluntario.

    b) Establecer los adecuados sistemas internos de información y orientación, garantizando así una correcta ejecución de las tareas encomendadas a los voluntarios.

    c) Facilitar al voluntario una acreditación que le habilite e identifique como tal.

    d) Cubrir los gastos derivados de la prestación del servicio o las generadas con ocasión del mismo, así como dotar a los voluntarios de los medios adecuados para el cumplimiento de sus funciones.

    e) Garantizar las condiciones higiénicas, sanitarias y de seguridad en los mismos términos o características que los exigidos en la normativa laboral vigente para aquellos que desarrollen una actividad laboral.

    f) Proporcionar a los voluntarios una formación suficiente para el correcto desarrollo de sus funciones.

    g) Constituir un registro de altas y bajas del personal voluntario, así como expedir a estos certificación de los servicios llevados a cabo en la organización.

    h) Remitir a la Junta de Extremadura, además de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos, memoria justificada de los proyectos y programas realizados, que acrediten que las ayudas o subvenciones recibidas han sido destinadas a la finalidad que motivó su concesión.

    * Obligaciones:

    La inscripción en el Registro llevará consigo la obligación, por parte de la entidad, de comunicar cualquier alteración que afecte a los datos o documentos aportados que implique modificaciones de éstas, en el plazo de 1 mes desde que la alteración o modificación se hubiera producido, aportando los documentos que la acrediten.

  • Documentación

    La solicitud deberán ir suscrita por el representante legal de entidad solicitante y acompañada con la siguiente documentación:

    • Solicitud de inscripción conforme a modelo normalizado establecido en el Anexo I .
    • Copia compulsada de los estatutos vigentes de la Entidad.
    • Certificado del secretario de la entidad acreditativa de las personas que componen el órgano de Gobierno o Directivo de la Entidad.
    • En caso de Entidades colectivas, relación de entidades que la integran.
    • Memoria descriptiva de actuaciones de la entidad desarrolladas con personal voluntario, como mínimo en año inmediatamente anterior, conforme a modelo normalizado establecido como anexo II.
    • Copia de la póliza de seguro suscrita por la entidad individual.
  • Solicitud y Anexos

  • Representación voluntaria por medios electrónicos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: Sí
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de reposición ante el Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Órgano gestor

    Consejería de Salud y Servicios Sociales
    Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia
    Servicio de Programas Sociales y Migraciones
    Calle Antonio Rodríguez Moñino, 2A
    06800, Mérida