Reconocimiento como Veterinario Director Técnico de ADS ganaderas y apícolas

Solicitud para el reconocimiento como Veterinario Director Técnico de Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (ADSG) y Agrupaciones de Defensa Sanitaria Apícolas (ADSA).

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
5/12/2024
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Lea los requisitos y tramite

Código SIA: 213392

  • Plazo de presentación

    Durante todo el año.

  • Finalidad

    Reconocimiento como Veterinario Director Técnico responsable de desarrollar las funciones sanitarias relacionadas con los programas sanitarios aprobados por su Agrupación de Defensa Sanitaria.

  • Destinatarios

    Veterinarios Directores Técnicos de Asociaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas y Asociaciones de Defensa Sanitaria Apícolas.

  • Requisitos

    El/los veterinario/s responsable/s propuesto/s para desarrollar las funciones relacionadas con los programas sanitarios aprobados, será/n reconocido/s por la Consejería, a través de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, debiendo reunir las condiciones necesarias para ejercer la profesión veterinaria y no tener participación financiera o relaciones familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o ser cónyuge o pareja de hecho con algún miembro de la Junta Directiva de la A.D.S, ni ser titular, por sí o por sustitución, de centro comercial detallista de medicamentos veterinarios. Además, deberán poseer conocimientos especializados en materia de policía sanitaria y actualizar periódicamente sus conocimientos, en particular en lo relativo a la reglamentación sanitaria de aplicación.

  • Documentación

    Solicitud según modelo, de autorización de cada veterinario director técnico de la ADSG (un anexo por cada veterinario propuesto), como responsable de la ejecución de los programas y asesoramiento a los titulares de las explotaciones ganaderas pertenecientes a la ADSG, acompañada de la siguiente documentación:

    En caso de persona física, cada veterinario propuesto deberá aportar certificación expedida por la correspondiente organización colegial, en la que conste su habilitación para el ejercicio libre de la profesión.

    En caso de sociedad veterinaria profesional, además de una copia de sus estatutos de constitución, se adjuntará una relación de los veterinarios que ostentarán la dirección técnica de la ADSG junto con la correspondiente certificación colegial individual indicada en el párrafo anterior.

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Agricultura y Ganadería
    • Plazo para resolver: 4 No tiene
    • Efecto silencio administrativo: Estimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Contra cualquier Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de Alzada ante la Consejería en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la Resolución, tal y como dispone Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Agricultura y Ganadería
    Servicio de Sanidad Animal
    Avenida Luis Ramallo, S/N
    06800, Mérida