Ayudas dirigidas a personas con esclerosis lateral amiotrófica (ELA)

Ayudas dirigidas a personas con esclerosis lateral amiotrófica (ELA) en la Comunidad Autónoma de Extremadura

En plazo

Fecha de actualización
:
9/8/2024

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Desde: 08/08/2024 Hasta: 31/12/2024
  • Finalidad

    La finalidad es promover, proteger y asegurar el pleno disfrute de los derechos de estas personas y mejorar su calidad de vida durante las distintas fases de desarrollo de la enfermedad, promoviendo una vida más autónoma en su entorno habitual.
  • Destinatarios

    Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas económicas las personas físicas que, en la fecha de presentación de su solicitud, cumplan los requisitos exigidos en las bases reguladoras.

  • Requisitos

    a) Estar empadronados/as y residir legal y efectivamente en cualquier localidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    b) Estar diagnosticadas de la enfermedad de ELA.

  • Cuantía

    La cuantía de las ayudas se fija en la cantidad de 2.000 € por persona beneficiaria en 2024.

    El importe de los créditos previstos para la presente convocatoria asciende a un total de 200.000 euros, financiado con fondos Comunidad Autónoma.

    El abono de la ayuda se realizará en la cuenta bancaria que se indique en el modelo normalizado de solicitud, de la que la persona diagnosticada con ELA deberá ser titular o cotitular.

    En caso de no tener activo ningún número de cuenta bancaria en el Sistema de Terceros de la Junta de Extremadura, procederá a su alta a través del trámite "Alta de Terceros" en la siguiente dirección: https://www.juntaex.es/w/5145?inheritRedirect=true

  • Documentación

    La documentación que se relaciona a continuación tiene el carácter de obligatoria.

    a) En caso de personas solicitantes con nacionalidad española:

    • Documentación acreditativa de la representación, en su caso.
    • Certificado de empadronamiento que acredite el alta de la persona solicitante en el padrón del municipio extremeño donde tenga fijada su residencia efectiva.

    b) En caso de ser personas solicitantes nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de Suiza, además de la documentación indicada en el apartado a):

    • Copia del pasaporte o documento de identidad válido en vigor (NIE).
    • Copia del certificado de registro como residente.

    c) Resto de personas solicitantes de nacionalidad extranjera distinta del apartado anterior, además de la documentación señalada en el apartado a):

    • Copia de la autorización del trabajo o autorización de residencia y trabajo en vigor.
    • En defecto de los mismos, copia del pasaporte o documento de identidad válido en vigor (NIE) y del certificado original expedido por la Brigada de Extranjería de la Policía Nacional acreditativa de la residencia legal en territorio español.

    d) En todo caso, las personas indicadas anteriormente deberán presentar el siguiente documento:

    • Informe médico expedido en certificado oficial donde se especifique estar diagnosticado/a con la enfermedad de ELA.

    Hay que aportarlo obligatoriamente si se tiene diagnóstico de la enfermedad en asistencia sanitaria privada. Si se tiene asistencia sanitaria pública del SES, puede autorizar su consulta expresamente en la solicitud.

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

       Recurso de alzada

  • Más información

    Compatibilidad: Estas ayudas serán compatibles con cualquier  otra ayuda, tanto de la Junta de Extremadura como de cualquier otra Administración Pública o alguno de sus Organismos Públicos, con excepción de las ayudas otorgadas por otras Comunides Autónomas por la concurrencia de la situación de diagnóstico de ELA.


  • Órgano gestor

    Consejería de Salud y Servicios Sociales
    Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia
    Servicio de Prestaciones Sociales y Ayudas
    Calle Antonio Rodríguez Moñino, 2A
    06800, Mérida