Ayudas a la financiación de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones - Juntaex.es
Ayudas a la financiación de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones - Juntaex.es
Ayudas a la financiación de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones
Ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones
Lea los requisitos y tramite
Código SIA: 3052784
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Plazo de presentación
Desde: 09/01/2025 Hasta: 05/02/2025
20 días hábiles.
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Finalidad
Aprobar las ayudas destinadas a financiar los gastos en equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones.
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Destinatarios
Las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones. -
Requisitos
Se consideran comunidades extremeñas en el exterior y federaciones de comunidades extremeñas en el exterior aquellas asociaciones que cumplan los requisitos exigidos en la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, del Estatuto de los Extremeños en el Exterior y se encuentren inscritas en el Registro Oficial de Comunidades Extremeñas en el Exterior, regulado por el Decreto 27/2011, de 18 de marzo, por el que se regula el Registro Oficial y el reconocimiento de las Comunidades Extremeñas en el Exterior.
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Cuantía
La cuantía máxima de las subvenciones convocadas mediante la presente Resolución asciende a cuarenta y nueve mil euros (49.000 €), con cargo a los créditos autorizados en la aplicación presupuestaria 22004/253C/78000, Proyecto 20160007 ¿Fortalecimiento de las comunidades y federaciones de comunidades extremeñas en el exterior" y con fuente de financiación CA.Las ayudas al equipamiento se concederán por un importe mínimo de 300 y máximo de 2.000 euros, sin que, en ningún caso, pueda superar el importe del equipamiento solicitado. -
Documentación
El anexo I, de solicitud de la ayuda, contiene las siguientes declaraciones:
a) Declaración responsable de que la comunidad o federación no se halla incursa en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiaria, conforme al artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) El órgano gestor recabará de oficio los certificados o información a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por la Tesorería General de la Seguridad Social y por la Consejería competente en materia de Hacienda de la Junta de Extremadura, y consultará de oficio los datos de identidad personal del solicitante a través de los servicios ofrecidos por el Ministerio prestador del Sistema de Verificación de Datos de Identidad (SVDI).
No obstante, el solicitante podrá oponerse a que se realicen de oficio dichas consultas, declarándolo así a través del modelo que se ofrece en el anexo I, debiendo presentar entonces las correspondientes certificaciones acreditativas de estar al corriente y la documentación referida a su identidad expedidas por las Administraciones y registros públicos competentes.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlaces a anexos: -
Normativa
- Decreto del Presidente 15/2021, de 10 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones.(DOE de 17 de marzo de 2021)
- Corrección de errores del Decreto del Presidente 15/2021, de 10 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones. (DOE de 12 de abril de 2021)
- RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, para el ejercicio 2025
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General - C. de Presidencia, Interior y Diálogo Social
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social
Dirección General de Acción Exterior
Servicio de Acción Exterior
Plaza del Rastro,
06800, Mérida