Autorización de obras que no impliquen modificación de la calificación definitiva de vivienda protegida de nueva construcción. - Juntaex.es
Autorización de obras que no impliquen modificación de la calificación definitiva de vivienda protegida de nueva construcción. - Juntaex.es
Autorización de obras que no impliquen modificación de la calificación definitiva de vivienda protegida de nueva construcción.
Solicitud de autorización de obras de modificación, mejora o reforma de vivienda protegida de nueva construcción, tanto de promoción privada como autopromovida, una vez otorgada su Calificación Definitiva, que no impliquen modificación de la misma.
Lea los requisitos y tramite
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Plazo de presentación
No sujeto a plazo de presentación.
La fecha inicial del procedimiento es a instancia de parte, una vez obtenida la calificación definitiva.
La fecha final será la del periodo de vigencia de la calificación definitiva de la promoción.
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Finalidad
Obtener, una vez otorgada la Calificación Definitiva, autorización para la realización de obras de modificación, de mejora o de reforma de las viviendas y demás elementos a los que se extienda dicha calificación, que no impliquen una modificación de la Calificación Definitiva. -
Destinatarios
El titular propietario de la obra de edificación que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de modificación, mejora o de reforma en viviendas protegidas de nueva construcción de promoción privada y autopromoción.
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Requisitos
Una vez otorgada la Calificación Definitiva, el interesado solicitará la realización de obras de modificación, de mejora o de reforma de las viviendas y demás elementos a los que se extiende dicha calificación, que solo podrá denegarse:
a) Cuando sean contrarias a las ordenanzas técnicas y normas constructivas aplicables en materia de vivienda protegida.
b) Cuando la superficie útil resultante de la vivienda exceda de 90 metros cuadrados, salvo que el propietario de la vivienda sea una familia numerosa o fuere necesario adaptar la vivienda a situaciones sobrevenidas de discapacidad o movilidad reducida permanente, todo lo cual deberá acreditarse cumplidamente. En ningún caso la superficie útil resultante de la vivienda podrá exceder de 120 metros cuadrados.
c) Cuando no lo autorice la comunidad de propietarios en el caso de que las obras afecten a elementos comunes del edificio residencial colectivo en que se ubica la vivienda. -
Documentación
Sera obligatoria para todas las actuaciones, la presentación de la solicitud, según el modelo oficial normalizado, acompañada de la documentación establecida en el artículo 100, autorización de obras una vez obtenida la Calificación Definitiva:
a) Copia de DNI, NIE o documentación que acredite la personalidad del solicitante.
b) Libro de familia, en el caso de que el propietario fuere una familia numerosa.
c) Copia de la escritura pública de propiedad del inmueble.
d) Licencia de obra o documento que acredite que es susceptible de obtenerla.
e) Proyecto o Memoria detallada de las obras con plano, en función de la actuación a realizar, donde se especifique el estado actual del inmueble y el que presentará una vez reformado.
f) En caso de situaciones sobrevenidas de discapacidad o movilidad reducida permanente:
f.1) Resolución o certificado acreditativo del grado de discapacidad emitido por el Centro de Atención a la Discapacidad de Extremadura (CADEX) u otros órganos competentes, en su caso.
f.2) Informe de la OTAEX sobre la adecuación de la obra de accesibilidad a la discapacidad reconocida.
g) Certificado del secretario de la comunidad de propietarios que acredite la autorización para ejecutar la obra pretendida, en su caso. -
Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana
Servicio de Proyectos y Obras
Avenida de las Comunidades, S/N
06800, Mérida