Calificación definitiva de vivienda protegida de nueva construcción de promoción privada - Juntaex.es
Calificación definitiva de vivienda protegida de nueva construcción de promoción privada - Juntaex.es
Calificación definitiva de vivienda protegida de nueva construcción de promoción privada
Solicitud de calificación definitiva como vivienda protegida de una vivienda de nueva construcción, de promoción privada, con destino uso propio, compraventa o arrendamiento.
Lea los requisitos y tramite
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Plazo de presentación
No sujeto a plazo de presentación.
La fecha inicial del procedimiento es 30 meses desde el siguiente a la fecha de notificación de la calificación provisional. No obstante, cuando se trate de promociones de viviendas a ejecutar en fases, el plazo anteriormente mencionado se aplicará a la primera fase, siendo 24 meses el plazo de cada una de las fases restantes, plazo que se contará desde la terminación de la fase inmediatamente anterior, o desde su inicio si hubiere comenzado antes.
La fecha final del procedimiento es la fecha de la calificación definitiva.
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Finalidad
Establecer el procedimiento de solicitud de calificación definitiva de vivienda protegida de nueva construcción, cuyo destino sea el uso propio, la compraventa o el arrendamiento. -
Destinatarios
Promotores privados: Persona, física o jurídica, pública o privada, que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificación para sí o para su posterior enajenación, entrega o cesión a terceros bajo cualquier título.
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Requisitos
Los promotores presentarán, en modelo oficial, la solicitud de calificación definitiva en el plazo establecido, acompañada de la documentación correspondiente.
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Documentación
Sera obligatoria para todas las actuaciones:
a) Original o fotocopia del volumen I, Documentación de la Obra Ejecutada del Libro del Edificio, en los términos señalados en el Decreto 165/2006, de 19 de septiembre.
b) Dos fotografías (tamaño 18 x 24 cm) que acrediten la debida colocación de las placas exigidas por la normativa aplicable.
c) Documentación acreditativa del otorgamiento de licencia de 1ª ocupación.
d) Cualesquiera otros documentos que fueren necesarios para resolver acerca de la calificación definitiva solicitada. -
Solicitud y Anexos
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Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana
Servicio de Proyectos y Obras
Avenida de las Comunidades, S/N
06800, Mérida