Informe de esfuerzo de integración

Solicitud de informe de esfuerzo de integración para los ciudadanos extranjeros residentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura que deseen renovar su autorización de residencia temporal en España.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
15/2/2024
Icono de información

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Durante todo el año.

  • Finalidad

    Valorar la integración de los ciudadanos extranjeros residentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura que deseen renovar su autorización de residencia temporal en España.
  • Destinatarios

    Personas físicas ciudadanas extranjeras, residentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Requisitos

    a) Estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma.
    b) Poseer autorización de residencia no lucrativa, por reagrupación familiar o de residencia y trabajo cuenta ajena o propia.
    c) Solicite o haya solicitado la renovación de las citadas autorizaciones.
    d) No cumplir o cumplir de forma insuficiente con alguno de los requisitos previstos para la renovación de la autorización.

  • Documentación

    Junto con la solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación (obligatoria):


    Copia compulsada de la Tarjeta de Identidad de Extranjero en vigor o, en caso de caducidad, deberá ir acompañado del resguardo de solicitud de su renovación. Cuando proceda, el consentimiento del interesado para que tales datos puedan ser consultados mediante un Sistema de verificación de Datos de Identidad, mediante su autorización en el modelo oficial de solicitud.

    Original o copia compulsada de Certificado o Volante de empadronamiento histórico del interesado. (este certificado o volante acredita el
    empadronamiento de una persona en un padrón concreto que puede estar vigente o no. Puede constar también, si así se solicita, las personas que conviven o convivían con el interesado).


    Original o copia compulsada de Certificados de las acciones formativas realizadas por el extranjero destinadas al conocimiento y respeto de los
    valores constitucionales de España, los valores estatutarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los valores de la Unión Europea, así como de los derechos humanos, las libertades públicas, la democracia, la tolerancia y la igualdad entre mujeres y hombres.


    Original o copia compulsada de Certificado de aprendizaje de la lengua castellana.


    Original o copia compulsada de otros documentos tendentes a acreditar por el extranjero su integración en la sociedad extremeña, tales como
    contratos de trabajo, vida laboral, acreditación de su participación en el tejido asociativo, etc.

     

    Aclaraciones:


    Respecto a los Certificados de las acciones formativas deberán hacer constar los datos identificativos de la persona participante (nombre, apellidos y NIE) así como los datos de la entidad organizadora de éstos, tipo de registro en el que se encuentra inscrito y número de inscripción, el número de horas de desarrollo de cada programa/acción formativa y el contenido de éste.


    En este sentido, se tendrán en consideración las acciones formativas desarrolladas por entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro debidamente acreditadas de conformidad con lo establecido en el R.D. 557/2011, de 20 de abril. No obstante, hasta tanto se regule el procedimiento de acreditación de las entidades privadas, provisionalmente tendrán la consideración de entidades privadas acreditadas:

    - Inscritas en el Registro Unificado de Entidades y Centros de Servicios Sociales de Extremadura.
    - Inscritas en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    - Inscritas en el Registro de Centros que imparten enseñanza reglada en Extremadura.

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:
  • Representación voluntaria por medios electrónicos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia
    • Plazo para resolver: 30 días hábiles
    • Efecto silencio administrativo: No Aplica
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      No procede.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Salud y Servicios Sociales
    Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia
    Servicio de Programas Sociales y Migraciones
    Calle Antonio Rodríguez Moñino, 2A
    06800, Mérida