Financiación pública de los gastos de gestión de las entidades del tercer sector - Juntaex.es
Financiación pública de los gastos de gestión de las entidades del tercer sector - Juntaex.es
Financiación pública de los gastos de gestión de las entidades del tercer sector
Solicitud de subvención de gastos de gestión acreditados por las entidades del tercer sector en su búsqueda de viviendas o soluciones habitacionales para personas especialmente vulnerables.
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Plazo de presentación
Desde: 06/05/2023 Hasta: 06/05/2024Ambos días incluidos.
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Finalidad
Financiación pública de los gastos de gestión en que incurran las entidades del tercer sector de Extremadura en la búsqueda de viviendas o soluciones habitacionales y su puesta de disposición de mujeres víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables. -
Destinatarios
Entidades del tercer sector en Extremadura, definidas en el artículo 2 de la Ley 10/2018, de 22 de noviembre, del tercer sector social en Extremadura, que cumplan los requisitos.
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Requisitos
1. Que la Entidad del Tercer Sector en Extremadura, definida en el artículo 2 de la Ley 10/2018, de 22 de noviembre, del Tercer Sector Social en Extremadura:
a) Resulte beneficiaria de la ayuda del Programa regulado en la Orden de 18 de diciembre de 2020.
b) Se halle al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y la Hacienda General de la Comunidad Autónoma, así como de sus obligaciones con la Administración de la Seguridad Social.
2. No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria aquellas en quienes concurran algunas de las circunstancias previstas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Cuantía
La cuantía de la ayuda se corresponderá con el importe solicitado por la entidad beneficiaria, con un límite máximo de 15.000 euros; y sin que en ningún caso pueda superar el coste de la actividad subvencionada.
Crédito inicial vinculado a la convocatoria:250.000 €
CENTRO GESTOR: 16002
FUENTE DE FINANCIACIÓN: CA
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 16002/261A/48000
PROYECTO DE GASTO: 20230138. -
Documentación
a) Modelo normalizado de declaración responsable que acredite que la entidad interesada no se halla incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Apoderamiento que acredite la representación que ostenta la persona física que suscriba la solicitud, en su caso.
c) Modelo normalizado de Alta de Terceros, que haga constar sus datos identificativos y los datos de la cuenta bancaria en la que deba efectuarse el abono de la ayuda, siempre que no tuviera cuenta activa en el Subsistema de Terceros. Las entidades interesadas deberán ser titulares o cotitulares de la cuenta bancaria.
Salvo que las entidades interesadas no lo hubieren autorizado expresamente en el modelo normalizado de solicitud, la Dirección General de Vivienda recabará electrónicamente la certificación acreditativa de que se encuentran al corriente en las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Si las entidades interesadas no hubieren autorizado expresamente en el modelo normalizado de solicitud a la Dirección General de Vivienda a recabar electrónicamente la certificación acreditativa de que se encuentran al corriente en las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como de sus obligaciones con la Seguridad Social, deberán presentar, junto con su solicitud, la copia de los certificados con código seguro de verificación, expedidos por tales organismos.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlaces a anexos: -
Normativa
- Orden de 24 de febrero de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras de la ayuda autonómica destinada a financiar los costes de gestión de las Entidades del Tercer Sector derivados de su colaboración en el programa estatal de alquiler para personas especialmente vulnerables y se modifica la Orden de 18 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del programa de ayudas a las mujeres víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables (DOE número 41, de 1 de marzo).
- RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se convoca la ayuda autonómica destinada a financiar los costes de gestión de las Entidades del Tercer Sector derivados de su colaboración en el programa estatal de alquiler para personas especialmente vulnerables, para 2023 (DOE número 85, de 5 de mayo).
- EXTRACTO de la Resolución de 21 de abril de 2023, de la Secretaría General,por la que se convoca la ayuda autonómica destinada a financiar los costes de gestión de las Entidades del Tercer Sector derivados de su colaboración en el programa estatal de alquiler para personas especialmente vulnerables, para 2023 (DOE número 85, de 5 de mayo).
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Adjudicación y Mantenimiento
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana
Servicio de Adjudicación y Mantenimiento
Avenida de las Comunidades, S/N
06800, Mérida