Ayuda para el desarrollo sostenible en Áreas Protegidas. Convocatoria 2022 - 2024 - Juntaex.es
Ayuda para el desarrollo sostenible en Áreas Protegidas. Convocatoria 2022 - 2024 - Juntaex.es
Ayuda para el desarrollo sostenible en Áreas Protegidas. Convocatoria 2022 - 2024
Solicitud de ayudas para el desarrollo sostenible en Áreas Protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante en Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19.
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Plazo de presentación
Desde: 10/10/2022 Hasta: 08/11/2022SOLICITUD DE AYUDA
Del 10 de octubre de 2022 al 8 de noviembre de 2022 (20 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación).
SOLICITUD DE PAGO
Ampliación plazo de solicitud de pago: Resolución de la Dirección General de Sostenibilidad sobre ampliación del plazo para presentar la solicitud de pago de las subvenciones concedidas al amparo del Decreto 115/2022, de 31 de Agosto. Se amplía el plazo hasta el 30 de Noviembre de 2023.
Ampliación plazo de solicitud de pago: Resolución de la Dirección General de Sostenibilidad sobre ampliación del plazo para presentar la solicitud de pago de las subvenciones concedidas al amparo del Decreto 115/2022, de 31 de Agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el Desarrollo Sostenible en Áreas Protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante.
Se amplía en 15 días naturales el plazo para presentar la solicitud de pago y documentos que la acompañan, a contar desde el siguiente a la disponibilidad del trámite referido (aplicación informática ¿ARADO¿ del 17 de octubre hasta el 2 de noviembre de 2024)
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Finalidad
Las ayudas se orientan a la realización de proyectos de conservación para el desarrollo sostenible que contemplan diferentes actuaciones que tienen como objetivo la conservación de determinados hábitats y especies de fauna y flora incluidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura aprobado por Decreto 37/2001, por el que se regula el catálogo de especies amenazadas de Extremadura) y en los anexos I y II de la Ley 42/2007, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Las actuaciones subvencionables se regulan en el artículo 8 del decreto y se describen en Anexo IV del mismo. -
Destinatarios
Personas físicas o jurídicas de derecho privado, así como las agrupaciones de personas físicas o jurídicas de derecho privado, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las acciones objeto de subvención.
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Requisitos
- No hallarse incursos en ninguno de los supuestos que impiden obtener la condición de beneficiaria a tenor de lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y con la Hacienda autonómica.
- Tener inscrito a su favor en el Registro de Explotaciones Agrarias (en adelante REXA), dependiente de la Consejería con competencias en agricultura, la ubicación en el año de la convocatoria con el aprovechamiento adecuado según los requisitos exigidos en el anexo IV para cada una de las actuaciones contempladas en el proyecto de conservación para el desarrollo sostenible o, al menos, acreditar que se ha solicitado su inscripción de la misma con anterioridad a la emisión de la resolución de concesión en el año de la convocatoria. Esta inscripción deberá mantenerse durante las anualidades en las que se solicite el pago
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Cuantía
Las ayudas se concederán con cargo al centro gestor 1800003, aplicación presupuestaria G/354A/77000, código fondo FREI 040401, código de proyecto 20210410, con una dotación total de tres millones cuatrocientos noventa y siete mil cuatrocientos euros (3.497.400,00 euros), conforme a las siguientes anualidades e importes:
ANUALIDAD
IMPORTE (€)
2022
0
2023
1.750.000,00
2024
1.747.400,00
euros
El gasto correspondiente a estas ayudas está cofinanciado por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER Next Generation EU) en un 100%, de acuerdo con los recursos económicos asignados en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, Medida 4 Inversiones en activos físicos, a la Submedida 4.4 Inversiones no productivas vinculadas a la realización de objetivos agroambientales y en materia de clima, Actuación 4.4.1 Inversiones no productivas vinculadas a la realización de objetivos agroambientales y en materia de clima. EURI. -
Documentación
La solicitud de ayuda (Anexo I), deberá acompañarse de la documentación que se expresa a continuación:
- Cronograma de ejecución preferente (Anexo II del presente decreto). En este documento la beneficiaria indicará la programación preferente prevista de las actuaciones contempladas en el proyecto de conservación para el desarrollo sostenible.
- En el caso de persona física:
- a) Que actúe en su propio nombre: Datos de identidad personal (si se opone deberá entregar copia de DNI o documento acreditativo de la identidad o NIF).
- b) Que actúe a través de un representante:
Datos de identidad personal de representante y representado (si se opone deberá entregar copia de DNI o documento acreditativo de la identidad o NIF) y acreditación de la representación, según lo establecido en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. En caso de que este poder suficiente se hubiera elevado a público y formalizado ante notario a partir del 5 de junio de 2014, la cumplimentación en el apartado correspondiente del Anexo I del Código Seguro de Verificación (CSV) conllevará la autorización para la comprobación, de oficio, del documento de representación legal por el órgano gestor. En el caso que la persona solicitante se oponga a su obtención de oficio marcando la casilla correspondiente en el anexo de solicitud, la entidad deberá aportar el documento junto a la solicitud.
- Cuando la persona solicitante sea una persona jurídica de derecho privado:
- a) Copia del documento acreditativo de la constitución de la entidad.
- b) Documento acreditativo de las facultades del representante. En caso de que este poder suficiente se hubiera elevado a público y formalizado ante notario a partir del 5 de junio de 2014, la cumplimentación en el apartado correspondiente del Anexo I del Código Seguro de Verificación (CSV) conllevará la autorización para la comprobación, de oficio, del documento de representación legal por el órgano gestor. En el caso que la persona solicitante se oponga a su obtención de oficio marcando la casilla correspondiente en el anexo de solicitud, la entidad deberá aportar el documento junto a la solicitud.
- c) Copia del NIF de la persona jurídica, en el caso de oponerse a su comprobación de oficio.
- d) Datos de identidad personal del DNI del representante, si se opone deberá entregar copia de DNI o documento acreditativo de la identidad o NIF.
- En el caso de tratarse de una asociación:
Certificado de figurar inscrita con antelación a la finalización del plazo de presentación de solicitudes en el Registro de Asociaciones del órgano competente, o bien, la autorización para la comprobación de oficio siempre y cuando el ámbito de su registro pertenezca a la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- En el caso de agrupaciones de personas físicas o jurídicas de derecho privado, explotaciones agrarias de titularidad compartida, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actuaciones objeto de subvención, deberán aportar un documento acreditativo de su constitución, designación de representante o apoderado de la agrupación y compromisos de ejecución e importe asumidos por cada miembro, que tendrán igualmente condición de beneficiarias. En estos casos el representante o apoderado de la agrupación, ostentará poderes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, correspondan a la agrupación.
En virtud de lo previsto en el artículo 23.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el artículo 53.1, letra d), de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, cuando alguno de los documentos ya se encontrasen en poder de cualquier administración pública, la persona solicitante estará exenta de presentarlo siempre que se hagan constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan y no hayan sufrido modificaciones debiendo cumplimentarse en la casilla habilitada para este fin en el cuestionario formalizado (Anexo I.- Solicitud de ayuda).
- Planos de localización (Podrán ser generados a través de la plataforma ARADO):
- a) Plano donde se refleje el perímetro de la finca y la localización de la totalidad de las actuaciones a realizar. Se recomienda emplear la base cartográfica de SIGPAC.
- A efectos del presente Decreto se entenderá como finca la agrupación de recintos incluidos en parcelas colindantes con una única gestión, inscritos bajo una misma titularidad en el REXA.
- La relación de los recintos que componen la finca se reflejará en el Anexo I, apartado 3. Esta relación de recintos serán los considerados para la valoración del expediente en relación a los criterios descritos en el anexo VII.
- Si durante la instrucción del expediente, se detectan recintos que no cumplen el requisito anterior con respecto a la colindancia, el servicio gestor eliminará de oficio dichos recintos y no serán tenidos en cuenta para la valoración.
- b) Plano/s donde se reflejen cada una de las actuaciones de forma individual bajo la base cartográfica de SIGPAC.
- c) En caso de haber ejecutado actuaciones en convocatorias anteriores, también podrán presentar plano con la ubicación de las actuaciones ejecutadas en anteriores convocatorias y memoria descriptiva.
- Declaración responsable, según el modelo del Anexo VI del presente Decreto, de no estar incurso en prohibición para obtener la condición de beneficiaria de la subvención, a tenor del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado, en el caso de no haber autorizado expresamente al órgano gestor a su consulta previa en la solicitud, así como Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social y con la Hacienda autonómica, en el caso de oposición a su consulta de oficio por parte del órgano gestor expresado en la solicitud.
- En el caso que la persona solicitante no sea propietaria de los terrenos, declaración responsable de conformidad de la persona propietaria (en lo sucesivo propietaria) para la realización de las actuaciones que integren el proyecto de conservación para el desarrollo sostenible y, en su caso para la firma de Acuerdos de Colaboración adjuntando el Anexo III del presente Decreto debidamente cumplimentado.
- En el caso de que el proyecto de conservación para el desarrollo sostenible comprenda actuaciones que se ubiquen en las lindes de fincas, como pudieran ser la sustitución de cerramientos, se requerirá el consentimiento de la/s propietaria/s del terreno de las fincas colindantes.
- En su caso, la documentación del Acuerdo de Custodia del territorio establecido entre la entidad de custodia y la persona solicitante de la ayuda y titular de la explotación de la finca objeto de custodia.
- Para aquellos proyectos de conservación para el desarrollo sostenible que integren actuaciones que según se establece en el Anexo IV requieren presupuesto detallado, deberá adjuntarse, además, un presupuesto donde quede justificado el importe de las mismas, incluyendo en cualquier caso precios y unidades (1.2, 1.5, 6.9, 9.1, 12.11, 12.13, 13.1, 15.1, 15.2, 15.3 y 16.1). Se tomarán como referencia los costes máximos establecidos para cada actuación en el Anexo V.
- Para los proyectos de conservación para el desarrollo sostenible que contemplen determinadas actuaciones contenidas en el Anexo IV, deberá adjuntarse, además:
- Las relativas a desbroces y reserva de pastos, un Plan de trabajo (actuaciones 3.3, 8.1, 8.2 y 8.3)
- Las relativas al núcleo de cría de conejos, Proyecto de Actuación (10.4)
- Las relacionadas con arreglo de tejados, construcción de charca, modificación de cerramientos y restauración, anexo fotográfico de estado previo de las actuaciones 6.1, 6.3, 11.1, 12.1, 12.2, 12.4, 12.5, 12.14 y 16.1 en los términos descritos en dicho anexo.
- En su caso, propuesta o prórroga de Acuerdo de Colaboración.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:- Anexo I. Solicitud de ayuda
- Resolución de la Dirección General de Sostenibilidad sobre ampliación del plazo para presentar la solicitud de pago de las subvenciones concedidas al amparo del Decreto 115/2022, de 31 de Agosto
- Anexo X. Solicitud de pago
- Resolución de la Dirección General de Sostenibilidad sobre ampliación de plazo para presentar la solicitud de pago de las subvenciones concedidas al amparo del Decreto 115/2022, de 31 de Agosto.
- Anexo II. Cronograma preferente
- Anexo III. Declaración Responsable De Conformidad del propietario
- Anexo IV. Descripción Técnica de las actuaciones
- Anexo V. Costes máximos de las actuaciones
- Anexo VI. Declaración responsable del solicitante
- Anexo VII. Criterios de otorgamiento
- Anexo VIII. índice de contenidos de la propuesta de acuerdo de colaboración
- Anexo IX. Comunicado de inicio de las actuaciones
- Anexo X. Solicitud de pago
- Anexo XI. Placa informativa
- Anexo XII. Modelo de acuerdo de cesión del pago
https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login
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Normativa
- DECRETO 115/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en Áreas Protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria.
- Reglamento (UE) 2020/2094, del Consejo de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19
- Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la naturaleza y espacios naturales de Extremadura modificada por la Ley 9/2006, de 23 de diciembre
- Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la red ecológica europea Natura 2000 en Extremadura.
- Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Sostenibilidad
- Plazo para resolver: 6 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden: <p>Recurso de alzada.
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Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
Dirección General de Sostenibilidad
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
Avenida Valhondo,
06800, Mérida