Autorización para intervenciones arqueológicas - Juntaex.es
Autorización para intervenciones arqueológicas - Juntaex.es
Autorización para intervenciones arqueológicas
Autorización para intervenciones arqueológicas.
Lea los requisitos y tramite
En línea
Tramitar en línea-
Plazo de presentación
No sujeto a plazo de presentación.
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Finalidad
Solicitar autorización, renovación, renuncia o suspensión de dirección de intervenciones arqueológicas. -
Destinatarios
Personas con titulación académica y profesional valida en el territorio español que faculte para el desempeño de sus funciones y que deberán poseer experiencia en el desarrollo de este tipo de actividades.
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Requisitos
Las personas que vayan a realizar o dirigir la intervención arqueológica deberán contar con titulación universitaria válida en el Estado español, con especialidad adecuada para la actividad a desarrollar y con demostrada experiencia en la misma. No podrá concederse más de una autorización por solicitante en calidad de director.
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Documentación
- Solicitud de autorización del promotor cumplimentada según modelo vigente.
En el caso exclusivo de solicitud de autorización para la realización de prospecciones arqueológicas, conforme a lo establecido en el artículo 52.2 de la Ley 2/1999, podrá solicitarse mediante Declaración Responsable según modelo vigente
- Compromiso del director cumplimentado según modelo vigente
- Acreditación de titulación exigida para el director o directores propuesto/os para la ejecución de la intervención, así como acreditación válida de la experiencia profesional tanto del director como de los técnicos propuestos que intervengan en la actividad arqueológica solicitada.
- Proyecto que contenga un programa detallado y coherente, que acredite la conveniencia o el interés científico de la actividad y avale la idoneidad técnica del arqueólogo director, con:
- Metodología y plan de los trabajos.
- Plano topográfico georreferenciado o referencia catastral, fijando la situación y el emplazamiento exacto de la zona objeto del proyecto presentado.
- Medios materiales con los que cuenta para un adecuado desenvolvimiento de los trabajos avalado por la presentación del documento de Compromiso de Adscripción de Medios según modelo vigente.
- Tiempo de ejecución, con fechas previstas de inicio y finalización de las actuaciones de sus fases.
- Relación nominal del equipo técnico previsto, entendido como aquel personal titulado con formación específica que detente áreas de responsabilidad en la ejecución del proyecto, especificando la capacitación profesional de cada miembro.
- Currículum del director, con especial referencia a la experiencia profesional en el tipo de actividad para la que solicita autorización.
- Cuantos datos contribuyan a una mejor concreción del proyecto
- Documento acreditativo de que cuenta con la autorización de los titulares del terreno o inmueble donde se proyecte acometer la actividad arqueológica, indicando las condiciones de dicha autorización que salvarán siempre los derechos de terceros.
- Presupuesto detallado de la intervención, así como la relación de las fuentes de financiación previstas, especificando en su caso las ayudas existentes o solicitadas, públicas o privadas, y la cuantía de las mismas, así como la documentación que avale estas ayudas.
- Plan de protección o conservación del patrimonio arqueológico objeto de proyecto.
- En caso de manipulación con técnicas agresivas de materiales arqueológicos se requerirá:
* Memoria del estudio o proyecto.
* Informe del laboratorio o institución que vaya a realizar el análisis.
* Autorización del titular de los materiales.
* Informe del museo cuando se trate de materiales depositados.
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Solicitud y Anexos
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Representación voluntaria por medios electrónicos
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Normativa
- Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura (D.O.E. Nº 59, de 22-05-1999)
- Ley 3/2011, de 17 de febrero, de modificación parcial de la Ley de Patrimonio Histórico y Cultural de la Comunidad Autónoma de Extremadura (D.O.E. nº 35, de 21-02-11)
- Modificado el artículo 30.2 de la Ley 2/1999 por Ley 2/2018, de 14 de febrero, de coordinación intersectorial y de simplificación de los procedimientos urbanísticos y de ordenación del territorio de Extremadura, en su artículo 7. (D.O.E. Nº 34, DE 16-02-2018)
- Decreto 110/1996, de 2 de julio, por el que se crea la red de Museos y Exposiciones Museográficas Permanentes de Extremadura. (DOE de 13 de julio de 1996)
- Decreto 37/1997, de 18 de marzo, sobre prospecciones arqueológicas y utilización de aparatos detectores de metales en actividades que afecten al Patrimonio Arqueológico de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (DOE de 25 de marzo de 1997)
- Decreto 93/1997, de 1 de julio, por el que se regula la actividad arqueológica en la Comunidad Autónoma de Extremadura (D.O.E. Nº 83, DE 17-07-97)
- Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos.
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Arqueología y Proyectos Estratégicos
- Plazo para resolver: 1 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
Servicio de Arqueología y Proyectos Estratégicos
Avenida Valhondo, s/n
06800, Mérida