Programa Colaborativo Rural ATENEO Línea I - Juntaex.es
Programa Colaborativo Rural ATENEO Línea I - Juntaex.es
Programa Colaborativo Rural ATENEO Línea I
Subvenciones a entidades promotoras de proyectos del Programa Colaborativo Rural ATENEO (Línea I)
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Plazo de presentación
Desde: 16/01/2025 Hasta: 17/02/2025
El plazo para presentar solicitudes será de un mes, a computar desde el día siguiente de su publicación.
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Finalidad
Desarrollo de proyectos del Programa Colaborativo Rural ATENEO de atención integral a personas en situación o en riesgo de exclusión social para su inserción sociolaboral en las zonas rurales correspondientes a los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura con población inferior a 5.000 habitantes. El establecimiento de estas ayudas contribuyen también al objetivo de fijación de la población en el medio rural, al favorecer la dinamización económica de diversos sectores productivos, generar oportunidades de desarrollo y contribuir a la lucha contra el desempleo.
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Destinatarios
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones:
Los Ayuntamientos y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura con población inferior a 5.000 habitantes, que deberán ser competentes para la ejecución de las correspondientes obras o servicios.
Las entidades indicadas en el párrafo anterior, previa conformidad con los municipios interesados, podrán presentar solicitudes de ayudas para efectuar proyectos de carácter supralocal. En este caso, las corporaciones locales que han prestado su conformidad no podrán presentar solicitud simultánea de forma independiente, ni prestar su conformidad a más de una solicitud, si lo hacen no se tendrá en cuenta su participación en ninguna de las solicitudes.
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Requisitos
No podrán obtener la condición de beneficiarias, las entidades en quienes concurran algunas de las circunstancias a que se refiere el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. A efectos de acreditar el cumplimiento de los citados extremos, las entidades solicitantes efectuarán declaración responsable, dirigida al órgano que ha de otorgar la subvención, que se incluirá en la solicitud de subvención.
Requisitos de viabilidad de los proyectos.
El órgano instructor para apreciar la viabilidad de un proyecto deberá comprobar la concurrencia en el mismo de los siguientes requisitos:
a) Que existan en el ámbito geográfico al que se refiera el proyecto un número suficiente de personas desempleadas del colectivo específico al que va dirigido, considerando suficiente cuando según los datos obrantes en el sistema de información de los servicios públicos de empleo conste inscritos un mínimo de tres personas del grupo objetivo por participante.
b) Que se disponga para la ejecución del proyecto de los recursos humanos, espacios, instalaciones, y equipamientos adecuados para el desarrollo del proyecto, tomando como referencia para la impartición de la formación lo establecido en el catálogo de especialidades formativas. En caso de no existir referente formativo, se establecerá un paralelismo con alguna especialidad análoga que será comprobada por el órgano competente para instruir.
c) Que los entornos de actuación objeto de la obra y/o servicio se encuentren disponibles para su ejecución. A este respecto las entidades promotoras deberán acreditar la propiedad o cesión de los entornos, y aportar, en su caso las autorizaciones y permisos administrativos preceptivos.
d) Que se adecuen los módulos formativos a los de los certificados de profesionalidad o, en el caso de que la formación no sea conducente a la obtención de certificados de profesionalidad, a los de las correspondientes cualificaciones profesionales o, en su defecto, a los de las especialidades del Catálogo de Especialidades del Servicio Estatal Público de Empleo o por los contenidos formativos autorizados por el Servicio Extremeño Público de Empleo. Asimismo, los módulos formativos complementarios deberán diseñarse respetando las prescripciones establecidas en el Decreto.
e) Que las unidades de obra y/o servicios que constituyan la práctica profesional sean suficientes para el número de participantes y tiempo de trabajo efectivo del proyecto y estén relacionadas con las competencias profesionales de los módulos formativos.
f) Contar con los compromisos de contratación en firme de empresas de acuerdo con la regulación establecida en el artículo 21.1 y concordantes del Decreto.
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Cuantía
La cuantía total máxima de la subvención se determinará en la resolución de concesión y estará compuesta por la suma de los importes de los gastos subvencionables de los módulos A, B y de los costes salariales y seguridad social de los contratos del alumnado-trabajador, a cuyos efectos, se fijan los siguientes módulos:
Módulo A: a razón de los siguientes costes unitarios:
- Docente y personal técnico de acompañamiento contratado durante todo el período de 6 meses y 14 días :17.090,03 €.
* Si se hace labores de coordinación durante todo el período de seis meses y catorce días por uno de ellos: 18.095,35 €.
Módulo B: por importe del 25% de los costes directos del personal subvencionables del Módulo A que se consideren correctamente justificados.
Módulo Salario y seguridad social alumnado-trabajador: el 75% del salario mínimo interprofesional anualmente establecido, incluida la parte proporcional de una paga extraordinaria. Así mismo se subvencionará la totalidad de las cuotas a la Seguridad Social a cargo del empleador correspondientes por todos los conceptos que establezca la normativa vigente en el momento de la concesión.
La ejecución deberá ajustarse a la distribución acordada en la resolución de concesión, no pudiendo compensarse los módulos entre sí.
El importe de la convocatoria de subvenciones será financiado con cargo al proyecto de gasto Programa Colaborativo Rural, fuente de financiación FS, por importe de 5.800.195 euros, en un porcentaje del 85% por el Fondo Social Europeo + Programa Extremadura FSE + 2021_2027, y con cargo al proyecto de gasto Colaborativo rural entidades, fuente de financiación TE, por importe de 2.379.805 euros.
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Documentación
La solicitud se acompañará de la siguiente documentación en formato electrónico:
a. Memoria/Proyecto, cumplimentado según modelo que se establece como Anexo I-Bis de la presente resolución, acompañado de una memoria explicativa de las actuaciones a realizar, mediciones y presupuestos desglosados por capítulos y partidas y planos a escala y acotados de los inmuebles o espacios donde se realizará la formación, en el caso de que no sea formación conducente a certificados de profesionalidad, y de los espacios en que se va a actuar, en los que se representen los estados inicial y final de los mismos.
b. Compromiso/s de Inserción Laboral de las empresas para cumplir lo establecido en el artículo 21 del decreto , cumplimentando el modelo recogido en el anexo II de la resolución.
c. Compromiso/s de contratación adicionales de empresas o entidades empleadoras para cumplir lo establecido en el artículo 34 del decreto , para que sea objeto de valoración, cumplimentando el modelo recogido en el anexo III de la resolución.
d. Acuerdo de nombramiento de quien ostente la representación, publicada, en su caso, en el diario oficial correspondiente o certificación del titular de la Secretaría de la entidad.
e. Cuando se trate de agrupaciones de entidades promotoras previstas en el artículo 2 del Decreto 287/2023, de 27 de diciembre, se presentará el acuerdo en el que se recojan los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, nombramiento de representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, correspondan a la agrupación.
f. Certificación acreditativa de la titularidad jurídica del/los objetos de actuación y de disponibilidad para la ejecución de la/s obra/s o prestación de servicios, o en su caso, original o copia de la documentación acreditativa de los términos de la cesión.
g. Original o copia de la documentación derivada de las características de la/s obra/s o servicios previstos:
a) Estudios técnicos obligatorios para su ejecución.
b) Permisos administrativos emitidos por el órgano competente, necesarios para el desarrollo de la actividad (normativa industrial, higiénico-sanitaria, patrimonio, aguas, etc.).
c) Informe de los servicios públicos competentes en las acciones previstas.
d) Informe técnico sobre el destino de los bienes o productos resultantes de los trabajos del alumnado trabajador, la repercusión en materia de competencia y la gestión contable y documental en relación con la repercusión económica en la subvención.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Normativa
- Decreto 287/2023, de 27 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa Colaborativo Rural ATENEO y la primera convocatoria de subvenciones a entidades promotoras
- Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria del ejercicio 2025 de subvenciones de la Línea I a entidades promotoras de los proyectos del Programa Colaborativo Rural ATENEO.
- Extracto de la Resolución de 18 de diciembre de 2024 por la que se aprueba la convocatoria del ejercicio 2025 de subvenciones de la Línea I a entidades promotoras de los proyectos del Programa Colaborativo Rural ATENEO.
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Formación para el Empleo
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
Los Anexos I BIS, II y III deberán ser cumplimentados a través de la herramienta informática GETCOTEX, del Servicio Extremeño Público de Empleo, ubicado en la página http://etcote.juntaextremadura.es/etcote, para ser posteriormente impresos y presentados.
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Órgano gestor
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE)
Dirección General de Formación para el Empleo
Servicios de Programas Mixtos de Formación y Empleo
Avenida Valhondo,
06800, Mérida -
Preguntas frecuentes
El Programa Colaborativo Rural ATENEO (Acciones de Tutorización, Enseñanza, Empleo y Orientación) va dirigido a la atención de personas desfavorecidas de zonas rurales, para mejorar su inserción laboral mediante itinerarios que incluyan acompañamiento, formación y empleo, fijar la población en el medio rural, favorecer la dinamización económica de diversos sectores productivos, generar oportunidades de desarrollo y contribuir a la lucha contra el desempleo.
El Programa Colaborativo Rural ATENEO se implementará a través de dos actuaciones:
- Implementación de proyectos de atención integral a personas en situación o en riesgo de exclusión social que consiste en el desarrollo de itinerarios de orientación, tutorización e intermediación y formación en alternancia con el empleo para su inserción sociolaboral en las zonas rurales correspondientes a los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura con población inferior a 5.000 habitantes.
- Experiencia profesional en las empresas privadas de la Comunidad Atuónoma de Extremadura mediante la contratación de personas participantes cualificadas en los proyectos del Programa Colaborativo Rural ATENEO
Los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura con población inferior a 5.000 habitantes, que deberán ser competentes para la ejecución de las correspondientes obras o servicios.
Previa conformidad con los municipios interesados, podrán presentar solicitudes de ayudas para efectuar proyectos de carácter supralocal. En este caso, las corporaciones locales que han prestado su conformidad no podrán presentar solicitud simultánea de forma independiente, ni prestar su conformidad a más de una solicitud, si lo hacen no se tendrá en cuenta su participación en ninguna de las solicitudes.
El plazo para presentar solicitudes será de un mes, a computar desde e ldía siguiente al de la publicación de la convocatoria y su extraccto en el DOE
Las solicitudes se presentarán a través del punto de acceso general electrónico https://www.juntaex.es/w/6025?inheritRedirect=true, dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrtónica asociada para presentar la solicitud.
La solicitud se acompañará de la siguiente documentación en formato electrónico:
- Memoria/Proyecto, cumplimentado según el modelo Anexo I-Bis de la presente resolución
- Compromiso/s de Inserción Laboral de las empresas para cumplir lo establecido en el decreto, cumplimentado el Anexo II de esta resolución.
- Compromiso/s de contratación adicionales de empresas o entidades empleadoras para cumplir lo establecido en el decreto, cumplimentando el Anexo III de la resolución.
- Acuerdo de nombramiento de quien ostente la representación
- Cuando se trate de agrupaciones de entidades promotoras previstas, se presentará el acuerdo en el que se recojan los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación.
- Certificación acreditativa de la titularidad jurídica del/los objetos de actuación y de disponibilidad para la ejecución de la/s obra/s o prestación de servicios.
- Original o copia de la documentación derivada de las características de la/s obra/s o servicios prestados.
Los impresos normalizados de los Anexos I bis, II y III deberá ser cumplimentados a través de la herramienta informática GETCOTEX, del SEXPE, ubicado en la página http://etcote.juntaextremadura.es/etcote, para ser posteriormente firmados y presentados.
La entidad promotora indicará en su solicitud de subvención que certificado o certificados profesionales conforman el itinerario formativo del proyecto, por la que deberá estar acreditada e inscrita para ello en el Registro de Centro y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura o solicitar su acreditación con anterioridad a la finalización del plzao establecido para presetnar la solicitud de subvención.
Mas información en el enlace http://etcote.juntaextremadura.es/etcote/inditex.jsp
Tras la resolución de concesión se transferirá el 50% del total de la subvención concedida en concepto de anticipo a justificar. Posteriormente, realizará un pago a cuenta del 40% previa justificación de una cantidad igual. Una vez finalizada y justificada la actividad formativa subvencionada se trasferirá un pago final de hasta el 10% por la diferencia entre la cantidad justificada y la abonada previamente.
Una vez recibidos los fondos por la entidad promotora, y en el plazo de 10 días, ésta remitrá al órgano gestor del SEXPE, certificación contable de su recepción.
Podrán participar en estas acciones las personas desempleadas en situación o en riesgo de exclusión social mayores sde 18 años e inscritas en los Centros de Empleo del SEXPE, y que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener la titulación y los requisitos específicos establecidos.
- Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto.
- Estar desarrollando o haber desarrollado en los últimos doce meses un itinerario individual y personalizado de empleo con el SEXPE o entidad colaboradora.
- Cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato de formación en alternancia.
- Carecer de la formación que se adquirirá en el desarrollo del proyecto.
- Si las actividades a efectuar por el alumnado trabajador implican trabajar con menores, acreditación a través del certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales de la carencia de delitos de naturaleza sexual.
El alumnado-trabajador seleccionado deberá manterner estos requisitos a la fecha de incorporación al proyecto y el de cumplir los requisitos para la formalización del contrato laboral en el momento de su contratación en la segunda etapa.
La entidad promotora deberá disponer de compromisos de contratación para el 40% de las personas participantes del proyecto por empresas privadas (a estos efectos no se considerarán como tales a la asociación y entidades sin ánimo de lucro), personas autónomas o prefesionales colegiados.
Empresas privadas, personas, personas autónomas o profesionales colegiados, con centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, ya sean personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas.