Programa Colaborativo Rural ATENEO

Solicitud de subvenciones a entidades promotoras de proyectos del Programa Colaborativo Rural ATENEO (Línea I).

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
16/2/2024
  • Plazo de presentación

    Desde: 17/01/2024 Hasta: 20/02/2024

    Ampliado plazo de presentación hasta el 20 de febrero de 2024 (Inclusive) 

    "Resolución de 16 de febrero de 2024, por la que se aprueba la ampliación del plazo de presentación de  solicitudes a la Primera convocatoria de subvenciones de la Línea I a entidades promotoras de los proyectos del Programa Colaborativo Rural ATENEO, aprobada por el Decreto 287/2023, de 27 de diciembre de 2023"

  • Finalidad

    Desarrollo de proyectos del Programa Colaborativo Rural ATENEO (acciones de tutorización, enseñanza. empleo y orientación) de atención integral a personas en situación o en riesgo de exclusión social que consiste en la realización de itinerarios de orientación, tutorización e intermediación y formación en alternancia con el empleo para su inserción sociolaboral en las zonas rurales correspondientes a los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura con población inferior a 5.000 habitantes. El establecimiento de estas ayudas contribuyen también al objetivo  de fijación de la población en el medio rural, al favorecer la dinamización económica de diversos sectores productivos, generar oportunidades de desarrollo y contribuir a la lucha contra el desempleo.

  • Destinatarios

    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones:

    Los Ayuntamientos y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura con población inferior a 5.000 habitantes, que deberán ser competentes para la ejecución de las correspondientes obras o servicios.

    Las entidades indicadas en el párrafo anterior, previa conformidad con los municipios interesados, podrán presentar solicitudes de ayudas para efectuar proyectos de carácter supralocal. En este caso, las corporaciones locales que han prestado su conformidad no podrán presentar solicitud simultánea de forma independiente, ni prestar su conformidad a más de una solicitud, si lo hacen no se tendrá en cuenta su participación en ninguna de las solicitudes.

  • Requisitos

    No podrán obtener la condición de beneficiarias, las entidades en quienes concurran algunas de las circunstancias a que se refiere el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. A efectos de acreditar el cumplimiento de los citados extremos, las entidades solicitantes efectuarán declaración responsable, dirigida al órgano que ha de otorgar la subvención, que se incluirá en la solicitud de subvención.

    Requisitos de viabilidad de los proyectos.

    El órgano instructor para apreciar la viabilidad de un proyecto deberá comprobar la concurrencia en el mismo de los siguientes requisitos:

    a) Que existan en el ámbito geográfico al que se refiera el proyecto un número suficiente de personas desempleadas del colectivo específico al que va dirigido, considerando suficiente cuando según los datos obrantes en el sistema de información de los servicios públicos de empleo conste inscritos un mínimo de tres personas del grupo objetivo por participante.

    b) Que se disponga para la ejecución del proyecto de los recursos humanos, espacios, instalaciones, y equipamientos adecuados para el desarrollo del proyecto, tomando como referencia para la impartición de la formación lo establecido en el catálogo de especialidades formativas. En caso de no existir referente formativo, se establecerá un paralelismo con alguna especialidad análoga que será comprobada por el órgano competente para instruir.

    c) Que los entornos de actuación objeto de la obra y/o servicio se encuentren disponibles para su ejecución. A este respecto las entidades promotoras deberán acreditar la propiedad o cesión de los entornos, y aportar, en su caso las autorizaciones y permisos administrativos preceptivos.

    d) Que se adecuen los módulos formativos a los de los certificados de profesionalidad o, en el caso de que la formación no sea conducente a la obtención de certificados de profesionalidad, a los de las correspondientes cualificaciones profesionales o, en su defecto, a los de las especialidades del Catálogo de Especialidades del Servicio Estatal Público de Empleo o por los contenidos formativos autorizados por el Servicio Extremeño Público de Empleo. Asimismo, los módulos formativos complementarios deberán diseñarse respetando las prescripciones establecidas en el Decreto.

    e) Que las unidades de obra y/o servicios que constituyan la práctica profesional sean suficientes para el número de participantes y tiempo de trabajo efectivo del proyecto y estén relacionadas con las competencias profesionales de los módulos formativos.

    f) Contar con los compromisos de contratación en firme de empresas de acuerdo con la regulación establecida en el artículo 21.1 y concordantes del Decreto

  • Cuantía

    La cuantía total máxima de la subvención se determinará en la resolución de concesión y estará compuesta por la suma de los importes de los gastos subvencionables de los módulos A, B y de los costes salariales y seguridad social de los contratos del alumnado-trabajador, cuantificándose para el Módulo A un total de 926 horas y en el de salario y seguridad social del alumnado un total 844 horas, a cuyos efectos, se fijan los siguientes módulos:

    Módulo A: a razón de los siguientes costes unitarios:

    • Docente y personal técnico de acompañamiento contratado durante todo el período de 6 meses y 14 días :17.090,03 €.

    * Si se hace labores de coordinación durante todo el período de seis meses y catorce días por uno de ellos: 18.095,35 €.

    Módulo B: por importe del 25% de los costes directos del personal subvencionables del Módulo A que se consideren correctamente justificados.

    Módulo Salario y seguridad social alumnado-trabajador: el 75% del salario mínimo interprofesional anualmente establecido, incluida la parte proporcional de una paga extraordinaria. Así mismo se subvencionará la totalidad de las cuotas a la Seguridad Social a cargo del empleador correspondientes por todos los conceptos que establezca la normativa vigente en el momento de la concesión.

    La ejecución deberá ajustarse a la distribución acordada en la resolución de concesión, no pudiendo compensarse los módulos entre sí.

    El importe de las subvenciones serán financiados con cargo al proyecto de gasto, Programa Colaborativo Rural , fuente de financiación FS. La convocatoria seá cofinanciado en un porcentaje del 85% por el Fondo Social Europeo+con cargo al programa Extremadura FSE + 2021_2027.

  • Documentación

    La solicitud se acompañará con carácter general de la siguiente documentación:

    a. Memoria/Proyecto, cumplimentado según modelo que se establece como Anexo I-Bis del decreto, acompañado de una memoria explicativa (en la forma de memoria valorada, proyecto básico o proyecto de ejecución) de las actuaciones a realizar, mediciones y presupuestos desglosados por capítulos y partidas y planos a escala y acotados de los inmuebles o espacios donde se realizará la formación, en el caso de que no sea formación conducente a certificados de profesionalidad, y de los espacios en que se va a actuar, en los que se representen los estados inicial y final de los mismos.

    b. Compromiso/s de Inserción Laboral de las empresas para cumplir lo establecido en el artículo 21 del decreto , cumplimentando el modelo recogido en el anexo II del decreto.

    c. Compromiso/s de contratación adicionales de empresas o entidades empleadoras para cumplir lo establecido en el artículo 34 del decreto , para que sea objeto de valoración, cumplimentando el modelo recogido en el anexo III del decreto.

    d. Acuerdo de nombramiento de quien ostente la representación, publicada, en su caso, en el diario oficial correspondiente o certificación del titular de la Secretaría de la entidad.

    e. Copia de la tarjeta fiscal de la entidad promotora y NIF del/la representante, en el caso de que se haya mostrado oposición en la solicitud al órgano instructor para consultar estos datos.

    f. Cuando se trate de agrupaciones de entidades promotoras se presentará el acuerdo en el que se recojan los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, nombramiento de representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, correspondan a la agrupación y compromiso de no disolución, hasta transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 45 y 70 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.

    g.  Certificación acreditativa de la titularidad jurídica del/los objetos de actuación y de disponibilidad para la ejecución de la/s obra/s o prestación de servicios, o en su caso, original o copia de la documentación acreditativa de los términos de la cesión.

    h. Original o copia de la documentación derivada de las características de la/s obra/s o servicios previstos:

    a) Estudios técnicos obligatorios para su ejecución

    .b) Permisos administrativos emitidos por el órgano competente, necesarios para el desarrollo de la actividad (normativa industrial, higiénico-sanitaria, patrimonio, aguas, etc.).

    c) Informe de los servicios públicos competentes en las acciones previstas.

    d) Informe técnico sobre el destino de los bienes o productos resultantes de los trabajos del alumnado trabajador, la repercusión en materia de competencia y la gestión contable y documental en relación con la repercusión económica en la subvención.

    i. Certificado de estar al corriente con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el caso de que en la solicitud se haya opuesto a que el órgano gestor lo recabe de oficio.

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Formación para el Empleo
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

    Los Anexos I BIS, II y III deberán ser cumplimentados a través de la herramienta informática GETCOTEX, del Servicio Extremeño Público de Empleo, ubicado en la página http://etcote.juntaextremadura.es/etcote,  para ser posteriormente impresos y presentados.

     

     

  • Órgano gestor

    Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
    Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE)
    Dirección General de Formación para el Empleo
    Servicios de Programas Mixtos de Formación y Empleo
    Avenida Valhondo,
    06800, Mérida