Programa de Inmersiones Lingüísticas (inglés) - PILEX 2025

Participación en el Programa de Inmersiones Lingüísticas en lengua inglesa en Extremadura para el alumnado extremeño de 6º de Primaria, Enseñanza Secundaria, Bachillerato y Grado Básico

En plazo

Fecha de actualización
:
3/3/2025
Actual (long): 1741251391301 - Mar 6, 2025 8:56:31 AM
Offset: 3600000 - 3600000
Fecha desde (long): 1740438000000 - Feb 24, 2025 11:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1741733940000 - Mar 11, 2025 10:59:00 PM
Icono de información

Lea los requisitos y tramite

Código SIA: 213701

  • Plazo de presentación

    Desde: 25/02/2025 Hasta: 11/03/2025

  • Finalidad

    Impulsar las inmersiones lingüísticas de los alumnos de Enseñanza Primaria, Secundaria, Bachillerato y Grado Básico, para contribuir en el desarrollo de competencias lingüísticas en lenguas extranjeras, Francés, Inglés y Portugués.

  • Destinatarios

    Alumnado de 6º curso de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Grado Básico de Formación de Profesional de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Requisitos

    Podrá optar a estas inmersiones lingüísticas el alumnado de 6º de Educación Primaria, 1º, 2º, 3º y 4º de Educación Secundaria Obligatoria, 1º y 2º de Bachillerato y 1º y 2º de Grado Básico de Formación Profesional que esté matriculado en el curso 2024/2025 en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura y que cumpla los siguientes requisitos generales:

    a) Haber superado con calificación positiva todas las materias del curso anterior.

    b) Haber cursado en el curso anterior la asignatura del idioma en el que solicita la inmersión y haber obtenido una calificación mínima de ¿Bien¿ (6,5).

    c) Tener como nota media del curso anterior una calificación mínima de ¿Bien¿ (6,5).

    d) Encontrarse matriculado por primera vez en las enseñanzas que se estén cursando en 2024/25.

    e) No haber sido beneficiario de becas o ayudas convocadas para cursos en el extranjero o inmersiones lingüísticas en territorio nacional, procedentes de cualquier Administración Pública, Ente público o privado, nacional o internacional en el año 2024, o tener concedida alguna para el año 2025. A tal efecto, los interesados completarán declaración responsable según el Anexo VI. El alumno que haya participado en alguna movilidad del Programa Erasmus no incurre en incompatibilidad para solicitar su participación en el Programa de inmersiones lingüísticas del alumnado de enseñanzas no universitarias obligatorias y postobligatorias de Extremadura (PILEx).

  • Cuantía

    La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional destina un total de 639134,60 euros a financiar 840 inmersiones lingüísticas para el alumnado que cumpla las condiciones descritas en la presente convocatoria. 2. Con el fin de gestionar eficientemente las cantidades anteriores, serán abonadas directamente a las empresas que resulten adjudicatarias del concurso público convocado al efecto, con cargo al centro gestor 130020000, aplicación presupuestaria G/222G/22706 y fondo CAG0000001 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, en vigor para el ejercicio 2025.

  • Documentación

    Todas las solicitudes se presentarán, obligatoriamente, además, junto con esta documentación:


    a. Autorización de ambos padres, madres, tutores legales o quienes ejerzan la guarda y/o acogimiento del menor, (salvo si se acredita la imposibilidad de hacerlo o alguno de ellos no ostenta la patria potestad, en cuyo caso deberá presentarse la oportuna Declaración responsable), cuyo modelo normalizado figura en el Anexo X de la presente Resolución, para la realización de la inmersión en Extremadura en los términos expuestos en esta Resolución, según modelo del Anexo V.

    b. Declaración responsable de no haber sido beneficiarios de becas o ayudas convocadas para cursos en el extranjero o en inmersiones lingüísticas en territorio nacional, procedentes de cualquier Administración pública, Ente público o privado, nacional o internacional, en el año 2024 o tener concedida alguna para el año 2025, según modelo del Anexo VI. En el caso de que, una vez adjudicadas las plazas de forma definitiva, algún alumno reciba más de una beca de este tipo, deberá formalizar inmediatamente su renuncia al no poder resultar beneficiario de más de una de estas ayudas. El alumno que haya participado en alguna movilidad del Programa Erasmus no incurre en incompatibilidad para solicitar su participación en el Programa de inmersiones lingüísticas del alumnado de enseñanzas no universitarias obligatorias y postobligatorias de Extremadura.

    c. Los aspirantes interesados en participar en la baremación por renta, para obtener los datos correspondientes a la renta per cápita de la unidad familiar del ejercicio 2023 a efectos del pago de la cuota de las inmersiones, baremación y desempates, deben presentar la siguiente documentación:

    Declaración responsable a efectos de valoración del criterio de renta para que la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional recabe de oficio los datos necesarios por parte de la Agencia Tributaria para valorar informáticamente este apartado, en el marco de colaboración entre ambas (Anexo III). En el caso de no conceder dicho consentimiento, se deberá aportar copia compulsada de la Declaración de IRPF expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) del nivel de renta de la unidad familiar y el Anexo IV debidamente cumplimentado. En caso de no haber presentado Declaración de IRPF, se deberá aportar certificación expedida por la AEAT y el Anexo IV debidamente cumplimentado. En caso de que la AEAT no disponga de los datos necesarios, el solicitante deberá aportar una certificación oficial de haberes y/o declaración jurada acompañada de documentación acreditativa que justifique el nivel de renta de la unidad familiar correspondiente a 2023 (Anexo IV). Cómputo de la unidad familiar en caso de divorcio o separación legal de los padres: En caso de divorcio con custodia compartida, la unidad familiar está compuesta por ambos progenitores y los hijos derivados de esta unión. En caso de divorcio con custodia exclusiva, la unidad familiar está compuesta por el progenitor que tiene la custodia y los hijos derivados de aquella unión. En el caso de que se produzca un segundo matrimonio con una nueva pareja del progenitor que disfruta la custodia exclusiva, en la unidad familiar computan el progenitor con custodia exclusiva, su nueva pareja y los hijos del progenitor con custodia exclusiva y los del nuevo matrimonio.

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:Enlace externo a solicitud:

    https://www.educarex.es/plurilinguismo/convocatoria-pilex_272.html

     

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General de Educación y Formación Profesional
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

      Recurso contencioso-administrativo.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
    Secretaría General de Educación y Formación Profesional
    Servicio de Plurilingüismo, Evaluación, Estadística y Gestión Admnistrativa Digital
    Avenida Valhondo,
    06800, Mérida
    Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
    Secretaría General de Educación y Formación Profesional
    Avenida Valhondo, S/N
    06800, Mérida