Expedición de duplicado de títulos académicos - Juntaex.es
Expedición de duplicado de títulos académicos - Juntaex.es
Expedición de duplicado de títulos académicos
Solicitud de duplicado de título académico.
Lea los requisitos y tramite
Código SIA: 213438
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Plazo de presentación
No sujeto a plazo de presentación.
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Finalidad
Expedir un duplicado de un título académico.
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Destinatarios
Poseedores de títulos académicos.
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Requisitos
Haberse producido un extravío del Título, deterioro o destrucción parcial o bien por cambio de nombre o apellidos por causas legales. Errores de la administración.
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Documentación
- SUPUESTO Nº 1: EXPEDICIÓN DE DUPLICADO COMO CONSECUENCIA DE ERRORES EN LAS PROPUESTAS INICIALES FORMULADAS POR LOS CENTROS DOCENTES:
El centro docente competente formulará nueva propuesta en el modelo ordinario establecido, en la que se incluirán exclusivamente los datos relativos al alumno o alumnos afectados por los errores, que remitirá a la Delegación Provincial de la forma siguiente:
- Deberá figurar claramente Duplicado por error en la transcripción informática o por error en la propuesta inicial.
- En los campos consignados al efecto para los datos de los títulos deberá figurar: causa de duplicidad 1 o 2, número de Registro del Título original y fecha de expedición del título original.
A la citada propuesta se acompañará la siguiente documentación:
- Título o títulos originales incorrectos.
- Fotocopia compulsada de los documentos que justifiquen los datos correctos.
Cuando se expida el título correcto, se procederá a la destrucción material del defectuoso.
SUPUESTO Nº 2: EXPEDICIÓN DE DUPLICADO COMO CONSECUENCIA DE MODIFICACIONES LEGALES EN LOS DATOS DE LOS INTERESADOS.
En el caso de expedición de un duplicado por modificación de los datos personales del titular de un título motivada por causas legales, el centro docente competente formulará nueva propuesta en el modelo ordinario establecido, en la que se incluirán exclusivamente los datos relativos al alumno afectado por el cambio, que remitirá a la Delegación Provincial de la forma siguiente:
- Deberá figurar claramente Duplicado por cambio de datos personales por causas legales.
- En los campos consignados al efecto para los datos de los títulos deberá figurar: causa de duplicidad 3, número de Registro del Título original y fecha de expedición del título original y, cuando proceda, fecha de pago de los derechos de reimpresión.
Se acompañará la siguiente documentación:
- Título original incorrecto.
- Certificado de nacimiento expedido por el Registro Civil correspondiente (expresando el cambio de datos y las causas legales que lo motivaron).
- Modelo 50 con el abono de la tasa correspondiente por duplicado, en el caso de los títulos cuya expedición no sea gratuita.
Cuando se expida el título correcto, se procederá a la destrucción material del defectuoso.
SUPUESTO 3: EXPEDICIÓN DE DUPLICADO POR EXTRAVÍO, DESTRUCCIÓN O DETERIORO DEL TÍTULO ORIGINAL.
- Supuesto 3 A: POR CAUSAS IMPUTABLES AL INTERESADO.
El procedimiento se inicia por el/la interesado/a mediante instancia dirigida al Director/a del Centro donde se hubiera tramitado la expedición del Título, Diploma o Certificado primitivo.
A la presentación de estos documentos, y a petición del interesado/a, el Centro podrá extender un certificado acreditativo del Título registrado en sus libros.
El Centro docente instruirá un expediente que remitirá a la correspondiente Delegación Provincial, compuesto de los siguientes documentos:
a) Nueva propuesta en el modelo ordinario establecido, en la que se incluirán los datos relativos al alumnado afectado. Deberá constar Duplicado por extravío imputable al interesado. En los campos consignados al efecto para los datos de los títulos deberá figurar: causa de duplicidad 4,5 o 6, número de Registro del Título original y fecha de expedición del título original y, cuando proceda, fecha de pago de los derechos de reimpresión.
b) Certificación expedida por el Centro que contenga los datos del título, extraídos del Libro de Registro de entrega de títulos o, en su defecto, del expediente del alumno.
c) La parte existente del título, en el supuesto de destrucción parcial o deterioro.
d )Justificante del pago de las tasas (modelo 50) por reimpresión en el supuesto de títulos cuya expedición no sea gratuita.
Supuesto 3 B: POR CAUSAS IMPUTABLES A LOS ÓRGANOS GESTORES.
El centro docente formará un expediente compuesto por los siguientes documentos:
a) Nueva propuesta en el modelo ordinario establecido, en la que se incluirán los datos relativos al alumnado afectado. Deberá constar Duplicado por extravío imputable a los órganos gestores. En los campos consignados al efecto para los datos de los títulos deberá figurar: causa de duplicidad 4,5 o 6, número de Registro del Título original y fecha de expedición del título original.
b) La parte existente del título, en el supuesto de destrucción parcial o deterioro.
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Solicitud y Anexos
Enlaces a anexos:- Modelo de certificado para su entrega al interesado
- Instrucción 11/2011 de la Secretaría General de Educación, sobre el procedimiento de expedición de duplicados de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
- Procedimiento expedición de un duplicado por extravío, destrucción o deterioro del título o diploma original.
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Normativa
- Real Decreto 733/1995, de 5 de mayo, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo. (B.O.E. Nº 131, de 2-06-1995)
- Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. (B.O.E. Nº 307, de 22-12-2009)
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General de Educación y Formación Profesional
- Plazo para resolver: 4 No tiene
- Efecto silencio administrativo: No Aplica
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
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Más información
El interesado solicita el duplicado al centro donde terminó los estudios correspondientes y el Centro emite la propuesta.
El Centro Docente correspondiente remitirá el expediente a la Delegación Provincial de Educación.
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Órgano gestor
Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
Secretaría General de Educación y Formación Profesional
Servicio de Ordenación Académica y Planificación de Centros Educativos
Avenida Valhondo,
06800, Mérida