Registro de Explotaciones Porcinas: Baja de explotación porcina

Baja en el Registro de Explotaciones Porcinas

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
27/2/2025
Actual (long): 1740697126864 - Feb 27, 2025 10:58:46 PM
Offset: 3600000 - 3600000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
Icono de información

Lea los requisitos y tramite

Código SIA: 213412

  • Plazo de presentación

    No sujeto a plazo de presentación.

  • Finalidad

    Proceder a la baja de la inscripción, con carácter definitivo en el Registro de Explotaciones Porcinas (REP), de las explotaciones porcinas ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Destinatarios

    Todas aquellas personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que ostenten la titularidad de una explotación en la que pretendan suspender la actividad.

  • Requisitos

    Ser titular de la explotación porcina y tener la misma vacía de animales.

  • Documentación

    1. Solicitud de baja de explotación en el Registro de Explotaciones Porcinas. (OBLIGATORIA)
    2. Consentimiento para consulta de datos a otras AAPP. (OBLIGATORIA)
  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Agricultura y Ganadería
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Agricultura y Ganadería
    Servicio de Sanidad Animal
    Avenida Luis Ramallo,
    06800, Mérida

  • Preguntas frecuentes