Registro de Sociedades Agrarias de Transformación (SAT) de Extremadura - Juntaex.es
Registro de Sociedades Agrarias de Transformación (SAT) de Extremadura - Juntaex.es
Registro de Sociedades Agrarias de Transformación (SAT) de Extremadura
Registro de Sociedades Agrarias de Transformación de Extremadura
Lea los requisitos y tramite
Código SIA: 213230
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Plazo de presentación
Durante todo el año.
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Finalidad
Realizar los trámites asociados al Registro de Sociedades Agrarias de Transformación: inscripción, modificación de datos, transformaciones, bajas y expedición de certificados. -
Destinatarios
Para los trámites de reserva de nombre e inscripción: Personas físicas y jurídicas que deseen constituirse en SAT.
Para los trámites asociados al registro (cancelación-disolución o modificación): Sociedades Agrarias de Transformación.
Para el trámite de expedición de certificado: Cualquier persona física o jurídica (en el caso de certificado general). -
Requisitos
Para el trámite de inscripción:
- Haber acreditado su voluntad de constitución mediante la solicitud de reserva de nombre.
- Haber realizado un acto fundacional.
- Disponer de Estatutos.
- Presentar una memoria.
- Disponer de la condición necesaria para la asociación (cada socio):
- Estar inscrito en el REASS.
- Tener una explotación en propiedad, arrendamiento o usufructo.
- Haber desembolsado el capital social.
- En el caso de persona jurídica que persigue fines agrarios, además:
- Estar constituido como persona jurídica.
- Establecer un acuerdo del órgano competente para integrarse en la S.A.T. que se va a constituir y aportar el capital social.
- Asignar un representante para actuar ante la S.A.T.Para el trámite de cancelación-disolución:
- Existir acuerdo de disolución y hacer público el acuerdo.
- Existir un acuerdo de cancelación.
- Liquidar el patrimonio.
- Liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
- Disponer de balance de liquidación.
- Presentar una memoria.Para el trámite de modificación: que los datos inscritos en el registro se hayan modificado.
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Documentación
De carácter general:
-Acta fundacional, según modelo.
-Estatutos de la Sociedad.
-Memoria de actividades.
-Relación de socios.
-Ficha de cada socio.
-Apoderamientos legalizados, en su caso.
-Acreditación de la condición por la que se asocia:
-Certificado acreditativo de pertenencia al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social (R.E.A.S.S.), por cuenta propia.
-Escritura de propiedad, herencia o donación.
-Certificación del Registro de la Propiedad o Nota Simple.
-Certificación catastral.
-Cualquier otro documento admisible en derecho.
-Acreditación bancaria de desembolso personal del capital social.
-Acreditación de las fincas y/o ganado beneficiados.De carácter particular:
-En el supuesto de incorporación de socios Titulares de Explotación como arrendatarios o aparceros, deberán aportar fotocopia compulsada del correspondiente contrato liquidado, a efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y AA.JJ.DD., y cuando se trate de otros regímenes de tenencia (usufructo, cesión, posesión de hecho, etc..), el documento acreditativo de tal circunstancia.En el caso de trabajadores agrícolas se aportará:
-Certificado de afiliación al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social.En el caso de persona jurídica que persigue fines agrarios:
-Fotocopia compulsada de su Escritura de Constitución.
-Certificado del acuerdo del órgano competente para integrarse en la S.A.T. que se va a constituir y aportación al capital social.
-Acreditación del representante designado para actuar ante la S.A.T. en constitución.En caso de no autorizar su obtención de oficio:
-Fotocopia compulsada del N.I.F. de los socios y, en su caso, del representante designado. -
Normativa
- Real Decreto 1776/1981, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto que regula las Sociedades Agrarias de Transformación. (B.O.E. nº 194 de 14/08/81)
- Orden del M.A.P.A. de 14 de septiembre de 1982, que desarrolla el Real Decreto 1776/1981, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto que regula las Sociedades Agrarias de Transformación. (B.O.E. nº 242 de 09/10/82).
- Decreto 55/1996, de 23 de abril, por el que se crea y regula el Registro de Sociedades Agrarias de transformación de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE nº 50 de 2 de mayo de 1996).
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Cooperativas y Sociedades Laborales
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Estimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería.
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Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
Dirección General de Cooperativas y Economía Social
Servicio de Cooperativas y Sociedades Laborales
Avenida Luis Ramallo,
06800, Mérida