Valoración de idoneidad para adopción nacional.

Solicitud de valoración de idoneidad de todas aquellas personas interesadas en la adopción nacional.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
7/8/2024
Icono de información

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Abierto el plazo durante todo el año.

  • Finalidad

    Iniciar el procedimiento de valoración de idoneidad de todas aquellas personas interesadas en la adopción nacional de una persona menor de edad en nuestra Comunidad Autónoma.
  • Destinatarios

    Toda persona física con capacidad legal suficiente, que esté dispuesta a someterse a un estudio valorativo de las circunstancias sociales y psicológicas que permitan obtener un seguro conocimiento de su idoneidad para la adopción de un menor o grupo de hermanos, así como a los trámites o sesiones preparativas y formativas tendentes a asegurar la adecuada atención de un menor.

  • Requisitos

    Los solicitantes de valoración de idoneidad para la adopción deberán cumplir los siguientes requisitos en el momento de presentar de su solicitud:

    • Tener residencia habitual y legal en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    • No haber sido privados de la patria potestad o haber sido suspendida en el ejercicio de la misma, ni haber confiado la guarda de su hijo a cualquier entidad pública.
    • Poder actuar como tutor de acuerdo con lo previsto en los artículos 241 y siguientes del Código Civil.
    • Haber asistido a las sesiones de información y de preparación que se impartan en su caso por la Dirección General competente en materia de protección de menores. En el caso de una segunda o posterior solicitud no será necesario el cumplimiento de este requisito siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde que realizó la anterior formación.
    • Haber transcurrido, al menos, veinticuatro meses desde el día siguiente a la notificación de la resolución por la que termina el procedimiento de valoración por causa distinta a la declaración de idoneidad, salvo en aquellos casos en los que los solicitantes tuvieren previamente adoptado a un menor que fuere hermano de otro susceptible de ser adoptado o en los casos en los que los solicitantes tengan previamente acogido al menor respecto del que se inicia el proceso de adopción.
    • No encontrarse en trámites de valoración para acogimiento familiar, en calidad de familia ajena.
  • Documentación

    Documentación obligatoria:

    • Una fotografía actualizada tamaño carné de cada solicitante.
    • Según corresponda, certificado literal de matrimonio emitido por el Registro Civil o bien, si se trata de parejas de hecho, certificación del registro de parejas de hecho dependiente de la Consejería competente de esta Comunidad Autónoma.
    • En caso de solicitud de familia monoparental, certificado de fe de vida y estado.
    • Copia del Libro de Familia o certificado registral individual.
    • Informe médico relativo al estado de salud físico y mental de los solicitantes y del resto de miembros que convivan de forma permanente en la unidad familiar en el que se especifique si padecen enfermedad infectocontagiosa, crónica o grave, invalidante y/o degenerativa, o sobre la inexistencia de algún tipo de adicción incapacitante o enfermedades que, por sus propias características o evolución, pudieran afectar a las actividades propias de la vida cotidiana de los solicitantes. En este informe se deberá recoger expresamente el diagnóstico, tratamiento y pronóstico.
    • Copia de la Tarjeta sanitaria o documento que acredite la cobertura sanitaria.
    • Certificado de empresa que especifique la categoría profesional, antigüedad y retribuciones de cada solicitante.
    • En su caso, fotocopia de la última nómina del o los solicitantes. 
    • Nota simple del Registro de la Propiedad referente a la vivienda familiar o documento en vigor que acredite el régimen de disfrute de esta.

    Además, en el caso de no haber autorizado expresamente su consulta de oficio:

    • Fotocopia del DNI de cada solicitante
    • Certificado de empadronamiento de los solicitantes
    • Certificado de antecedes por Delitos Sexuales de cada solicitante
    • Certificado de Antecedentes Penales de cada solicitante
    • Ultima Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los solicitantes
  • Solicitud y Anexos

  • Representación voluntaria por medios electrónicos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Protección y Atención a la Infancia
    • Plazo para resolver: 6 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

       Recurso ante el Juzgado de Primera Instancia competente.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Salud y Servicios Sociales
    Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia
    Servicio de Protección y Atención a la Infancia
    Calle ANTONIO RODRIGUEZ MOÑINO, 2A
    06800, Mérida