Ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar para enseñanzas obligatorias

Ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar del alumnado escolarizado en centros docentes sostenidos con fondos públicos

En plazo

Fecha de actualización
:
25/10/2024

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Desde: 25/10/2024 Hasta: 14/11/2024

    El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura (https://doe.juntaex.es/). No obstante, lo anterior, el alumnado cuya situación cambie con posterioridad al vencimiento de dicho plazo podrá solicitar estas ayudas en el plazo señalado en el apartado anterior. A estos efectos el día de inicio del cómputo del plazo será aquél en que se haya producido dicha modificación.

  • Finalidad

    Sufragar gastos de comedor escolar cuando el centro de escolarización disponga del servicio de comedor no gestionado por la Consejería, sufragar los gastos de transporte a los alumnos que no dispongan de ruta de transporte escolar contratado por la administración y recorra una distancia superior a 3 kilómetros para acceder al centro educativo o a la parada más próxima del transporte escolar organizado, y siempre que sea entre distintas localidades.
  • Destinatarios

    1. En transporte diario: Estar escolarizado en segundo ciclo de Educación Infantil, Enseñanza Obligatoria o Formación Profesional Básica, en su centro de adscripción. 
    2. En transporte fin de semana: Estar escolarizado en segundo ciclo de Educación Infantil, Enseñanza Obligatoria o Formación Profesional Básica en un centro educativo sostenido con fondos públicos.
    3. En comedor escolar: Estar escolarizado/a en tercer curso del primer ciclo de Educación Infantil acogidos al programa experimental Aula Dos, segundo ciclo de Educación Infantil, en Enseñanza obligatoria o Formación Profesional Básica, en su centro de adscripción y sostenido con fondos públicos.

    Excepcionalmente, cuando existan razones socioeducativas suficientemente acreditadas y el informe favorable de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica o Departamentos de Orientación que justifiquen la necesidad de la ayuda, se podrán conceder ayudas en cualquiera de las modalidades de transporte diario, fin de semana y comedor escolar.

  • Requisitos

    REQUISITOS GENERALES PARA TODOS LOS SOLICITANTES:  

    1. Tener residencia familiar en Extremadura en la fecha de la solicitud o la condición de extremeño, de conformidad con la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, del Estatuto de los extremeños en el exterior.
    2. Estar matriculado en un centro sostenido con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en los niveles educativos que en cada caso corresponda.
    3. Ser poseedor de un número de identificación fiscal, ya sea de carácter definitivo o de carácter provisional, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA CADA MODALIDAD:

    1. En la modalidad de transporte diario:
      1. Estar escolarizado en segundo ciclo de Educación Infantil, Enseñanza Obligatoria o Formación Profesional Básica, en su centro de adscripción.
      2. No contar con ruta de transporte escolar contratada por la Administración educativa.
      3. Recorrer una distancia superior a 3 kilómetros para acceder al centro educativo o a la parada más próxima del transporte escolar organizado, y siempre que sea entre distintas localidades.
    2. En la modalidad de transporte fin de semana.
      1. Estar escolarizado en segundo ciclo de Educación Infantil, Enseñanza Obligatoria o Formación Profesional Básica en un centro educativo sostenido con fondos públicos.
      2. Ocupar una plaza de residencia de la red de residencias públicas de enseñanza de la Comunidad Autónoma de Extremadura, gestionadas por las consejerías con competencias en educación o agricultura.
      3. Tener residencia familiar habitual en una población distinta a la de la escuela hogar o residencia en la que tiene adjudicada plaza y que ésta diste más de 3 kilómetros de dicho domicilio familiar.
    3. En la modalidad de comedor:
      1. Estar escolarizado/a en tercer curso del primer ciclo de Educación Infantil acogidos al programa experimental Aula Dos, segundo ciclo de Educación Infantil, en Enseñanza obligatoria o Formación Profesional Básica, en su centro de adscripción y sostenido con fondos públicos.
      2. Carecer el centro donde está escolarizado el alumno/a de servicio de comedor escolar gestionado por la Administración educativa.
      3. Que se cumplan los mismos requisitos socioeconómicos establecidos para obtener plaza gratuita en comedores escolares gestionados por la Administración educativa, entendiéndose que se cumple este requisito cuando la renta de la unidad familiar no supere las siguientes cuantías, a cuyos efectos se tendrá en cuenta la renta de la unidad familiar vigente en el momento de la publicación de la resolución de convocatoria.
        1. Familias de 1 miembro 8.992,20 euros.
        2. Familias de 2 miembros 13.487,23 euros.
        3. Familias de 3 miembros 17.983,33 euros.
        4. Familias de 4 miembros 22.479,43 euros.
        5. Familias de 5 miembros 26.076,52 euros.
        6. Familias de 6 miembros 29.672,55 euros.
        7. Familias de 7 miembros 33.269,64 euros.
        8. Familias de 8 miembros 36.866,74 euros.
        9. A partir del octavo miembro, se añadirán 3.597,09 euros por cada nuevo miembro computable.

    Excepcionalmente, cuando existan razones socioeducativas suficientemente acreditadas y el informe favorable de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica o Departamentos de Orientación que justifiquen la necesidad de la ayuda, se podrán conceder ayudas en cualquiera de las modalidades de transporte diario, fin de semana y comedor escolar al alumnado que, no cumpliendo alguno de los requisitos de los apartados anteriores, se encuentren incluidos en alguno de los siguientes grupos:

    1. Necesidades educativas especiales.
    2. Altas capacidades intelectuales.
    3. Incorporación tardía o escolarización discontinua.
    4. Con riesgo de exclusión social.
    5. Con dificultades de asistencia regular a los centros educativos.
    6. Alumnado procedente de familias desestructuradas.
    7. Alumnado en situación de acoso escolar.
    8. Situaciones de violencia de género.
    9. Otras circunstancias similares.
  • Cuantía

    Para la modalidad de transporte diario la cuantía de las ayudas se determinará conforme a los kilómetros recorridos por el alumnado desde domicilio familiar al centro o a la parada más próxima de la ruta escolar. Corresponderá una cuantía fija según los tramos que a continuación se señalan:

    1. Hasta 40 kms semanales: 280 euros alumno/a/curso.
    2. De 41 a 60 kms semanales: 300 euros alumno/a/curso.
    3. De 61 a 80 kms semanales: 335 euros alumno/a/curso.
    4. De 81 a 100 kms semanales: 400 euros alumno/a/curso.
    5. De 101 a 150 kms semanales: 535 euros alumno/a/curso.
    6. De 151 a 200 kms semanales: 665 euros alumno/a/curso.
    7. De 201 a 250 kms semanales: 800 euros alumno/a/curso.
    8. Más de 250 kms semanales: 930 euros alumno/a/curso.

    Para la determinación de los kilómetros recorridos se tendrá en cuenta el número de desplazamientos semanales, incluidos aquéllos que se realicen para asistir a las actividades lectivas y/o formativas complementarias, y el número de días lectivos del calendario escolar de cada curso académico.

    Para la modalidad de transporte fin de semana la cuantía de las ayudas se determinará a la distancia entre el domicilio familiar a la residencia pública adjudicada, correspondiéndoles una cuantía fija según los siguientes tramos:

    1. Hasta 24 kms: 100 euros alumno/a/curso.
    2. De 25 a 50 kms: 235 euros alumno/a/curso.
    3. De 51 a 100 kms: 265 euros alumno/a/curso.
    4. De 101 a 150 kms: 300 euros alumno/a/curso.
    5. De 151 a 200 kms: 335 euros alumno/a/curso.
    6. Más de 200 kms: 400 euros alumno/a/curso.

    Para la determinación de los kilómetros recorridos se tendrá en cuenta el número de desplazamientos que realiza durante el curso escolar y el número de fines de semana de cada curso académico.

    Para la modalidad de comedor escolar, la cuantía máxima de la ayuda será de 764,64 € por alumno/a.

  • Documentación

    DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA:

    1.  Anexo I: Solicitud de ayuda según modelo.
    2. La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
      1. Certificado de residencia, expedido por el Ayuntamiento, en el que conste el domicilio familiar del alumno/a durante el curso escolar y los kilómetros de distancia entre el casco de la localidad del domicilio y el casco urbano de la localidad donde se sitúa el centro educativo (modalidad transporte diario) o localidad donde se sitúa la residencia pública de enseñanza (modalidad de transporte fin de semana), o en su caso, la parada más próxima de la ruta de transporte escolar en ambas modalidades. 
      2. Alta de terceros del alumno/a, referido a la cuenta bancaria en que desea se le ingrese la ayuda. No obstante, en el caso de encontrarse de alta, deberán reflejar los veinte dígitos de la cuenta bancaria en el anexo I. 
    3. Previa autorización expresa de los solicitantes, se recabará de oficio por el órgano gestor
      1. Documento de identificación fiscal, el cual debe coincidir con el titular de la cuenta bancaria que se especifica para el cobro de la ayuda.
      2. Información acreditativa de los niveles de renta de los miembros que conforman la unidad familiar, con el exclusivo objeto de verificar el cumplimiento de los requisitos socioeconómicos que se establece en el artículo 4. c) apartado 3º de las presentes bases reguladoras.

    En caso de oposición expresa por parte del solicitante, este deberá aportar una certificación expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria de los niveles de renta de los miembros de la unidad familiar. Cuando la Agencia Estatal de Administración Tributaria no disponga de la información de carácter tributaria necesaria para la acreditación de la renta, el solicitante deberá aportar certificación de haberes, declaración jurada o demás documentos que justifiquen la renta de la unidad familiar.

    En los supuestos de ayuda por coste de servicio se acompañará, además:

    1. Anexo IV: Contrato privado de servicio de transporte al centro educativo entre el prestador del servicio de transporte y el solicitante de la ayuda, o persona que le represente, e informado por la Delegación Provincial según modelo anexo V. Es obligatoria.
    2. Certificación de la empresa en que trabajan el padre, madre o representante legal con especificación del horario laboral. Es obligatoria.
    3. Croquis detallado de la ubicación de la finca de residencia con detalle de km, tanto por vías asfaltadas como no asfaltadas y término municipal al que pertenece. 

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Unidad Económico-Administrativa
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de reposición. 

      Recurso contencioso-administrativo.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
    Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios
    Unidad Económico-Administrativa
    Avenida Valhondo,
    06800, Mérida