Subvenciones para programas de prevención de conductas adictivas

Subvenciones destinadas a municipios y mancomunidades para la realización de programas de prevención de conductas adictivas

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
5/12/2024
  • Plazo de presentación

    Desde: 27/03/2024 Hasta: 18/04/2024

    Conforme a los Anexos I y II de esta Resolución, será de 15 días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura de la presente Resolución de convocatoria.

  • Finalidad

    Dotar a los municipios y mancomunidades de recursos en ámbitos tanto educativo, como comunitario, laboral, medios de comunicación, de ocio y tiempo libre, perspectiva de género e igualdad, para la prevención de conductas adictivas especialmente en jóvenes y adolescentes.
  • Destinatarios

    Municipios y las mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Extremadura salvo la capital autonómica y las provinciales cuando se les haya otorgado una subvención en el marco del Plan Nacional Sobre Drogas por el Estado.

  • Requisitos

    Obligaciones de la entidad beneficiaria.


    Las entidades beneficiarias estarán obligadas a cumplir lo establecido en el artículo 11 del Decreto 72/2016, de 31 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Servicio Extremeño de Salud en aquello que le sea de aplicación.
    Décimo. 

    ART 11 72/2016:La concesión de las subvenciones conllevará las siguientes obligaciones:
    a) Realizar las actividades objeto de la subvención y destinar la subvención a la finalidadpara la que ha sido concedida, en la forma, condiciones y plazos establecidos.
    b) Destinar los bienes adquiridos a la finalidad para la que se concede la subvención.
    c) En el caso no estar dado de alta en el Sistema de Terceros se deberá aportar original ocopia compulsada del documento de alta. No obstante,si ya se encontrara dado de altabastará con indicar el número de cuenta en el que desee que se efectúe el ingreso.Dicho documento o, en su caso, dicha indicación, podrá realizarse con el modelo de solicitudo aportarse en cualquier momento anterior al primer o único pago de la subvenciónconcedida.
    d) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos, condiciones yfinalidad que determinan la concesión de la subvención en los términos indicados encada capítulo.e) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente asícomo a cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar losórganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuantainformación le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
    f) Asumir la diferencia económica entre el importe de la cantidad concedida y el coste totalde la actividad subvencionada garantizando que la misma se haga efectiva en las condicionesestablecidas para el otorgamiento de la subvención, salvo renuncia expresa.
    g) Comunicar por escrito al órgano concedente, en el plazo máximo de veinte días, cualquier eventualidad que pudiera producirse en la ejecución de la actividad subvencionada que pudiera dar lugar al incumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la
    subvención.
    h) Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien
    las actividades subvencionadas, así como la modificación de las circunstancias que hubieran
    fundamentado la concesión de la subvención. Esta comunicación deberá efectuarse
    tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación
    dada a los fondos percibidos.
    i) En el caso de proyectos cofinanciados por el Fondo Social Europeo se adoptarán las medidas de publicidad establecidas en la normativa europea. Reglamento (CE) 1303/2013 de 17 de diciembre de 2013. La justificación del cumplimiento de estas medidas, una vez dictada la resolución de concesión, se realizará mediante la presentación de la documentación acreditativa quecorresponda, de conformidad con lo establecido en la normativa citada. Asimismo, el incumplimiento total o parcial de esta obligación a lo largo del ejercicio en que se desarrolla la actividad será causa de reintegro de la subvención concedida.
    j) Ceder a la Administración autonómica los derechos de utilización del trabajo de investigación, en el caso de que el mismo se haya realizado.
    k) Las personas y entidades beneficiarias de la subvención contemplada en el Capítulo V,deberán presentar declaración de las subvenciones y otras ayudas públicas acogidas al régimen de minimis, solicitadas o concedidas durante los tres últimos ejercicios fiscales, cuyo importe no podrá superar la cantidad de 200.000 euros sujetándose a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
    Europea a las ayudas de minimis.
    l) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de la subvención recibida, que estarán a disposición del Servicio Extremeño de Salud, de la Intervención General de la Junta de Extremadura y de cuantos órganos fiscalizadores y de control nacionales o comunitarios pudieran requerirlos. En el supuesto de ayudas cofinanciadas con fondos europeos, las personas o entidades beneficiarias estarán obligados a llevar un sistema contable que permita verificar la concreta imputación de las operaciones cofinanciadas con cargo a dichos fondos.

  • Cuantía

    PRESUPUESTOS CONVOCATORIA


    Financiación y cuantía de la subvención.


    1. Los gastos generados por la ejecución de las actuaciones objeto de la presente subvención se financiarán con cargo a los créditos consignados a tal fin en la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, con un importe total de 158.560 euros y conforme al siguiente detalle:


    a) Modalidad A:
     Municipios:
     26.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 39.01.212D.46000 y al código de proyecto de gasto 20060566.
     Mancomunidades:
     54.560 € con cargo a la aplicación presupuestaria 39.01.212D.46000 y al código de proyecto de gasto 20060566.
     3.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 39.01.212D.46000 y al código de proyecto de gasto 20060571.


    b) Modalidad B:
     Municipios:
     25.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 39.01.212D.46000 y al código de proyecto de gasto 20060566.
     Mancomunidades:
     50.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 39.01.212D.46000 y al código de proyecto de gasto 20060566.

  • Documentación

    DOCUMENTACION A PRESENTAR POR LOS INTERESADOS

    a) Descripción del Programa de Prevención de conductas adictivas según anexo III de la resolución.

    b) Certificado de la Mancomunidad indicando los municipios que la integran.


    c) Documento acreditativo de la representación que ostente la persona solicitante.


    d) Certificados de encontrarse al corriente en sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con la Tesorería General de la Seguridad Social y con la Hacienda Autonómica, en el caso de denegar expresamente que el órgano gestor recabe de oficio tales datos.


    e) Documento de alta de tercero, en su caso.


    f) Documentación aportada voluntariamente para la valoración de criterios objetivos

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:Enlaces a anexos:Enlace externo a solicitud:

    Descripción del Programa de Prevención de conductas adictivas según anexo III.
    b) Copia del contrato de trabajo y titulación, (caso de continuidad).
    c) Certificado de la Mancomunidad indicando los municipios que la integran.
    d) Documento acreditativo de la representación que ostente la persona solicitante.
    e) Certificados de encontrarse al corriente en sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con la Tesorería General de la Seguridad Social y con la Hacienda Autonómica, en el caso de denegar expresamente que el órgano gestor recabe de oficio tales datos.
    f) Documento de alta de tercero, en su caso.
    g) Documentación aportada voluntariamente para la valoración de criterios objetivos.

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Salud Pública
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

    Resolución de 15 de marzo de 2024, de la Secretaria General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para el año 2024, destinadas a municipios y mancomunidades para la realización de programas de prevención de conductas adictivas


  • Órgano gestor

    Consejería de Salud y Servicios Sociales
    Servicio Extremeño de Salud (SES)
    Dirección General de Salud Pública
    Secretaría Técnica de Drogodependencias
    Avenida de las Américas, 2
    06800, Mérida