Ayudas para la realización de proyectos de investigación en los centros públicos de investigación. Línea 2

Ayudas para la realización de proyectos de investigación en los centros públicos de investigación. Línea 2.

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
5/12/2024
  • Plazo de presentación

    Desde: 03/09/2024 Hasta: 02/10/2024

    El plazo de presentación de solicitudes y la documentación requerida en cada caso, será de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en el que se publique en el Diario Oficial de Extremadura.

  • Finalidad

    Contribuir a la generación de capacidades de investigación y la colaboración e internacionalización de los equipos que trabajan en los organismos de investigación de Extremadura. Con ello, se pretende fomentar la cooperación multidisciplinar de los grupos de investigación catalogados, con el tamaño suficiente y la masa crítica necesarios para generar sinergias y afrontar los desafíos de la investigación en el contexto del Espacio Europeo de la Investigación, así como priorizar a aquellos grupos con mayor transferencia de conocimientos al sector productivo, atendiendo a los acuerdos recogidos en el Acuerdo de Asociación de España 2021-2027 para los Fondos FEDER.
  • Destinatarios

    Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los agentes del SECTI inscritos en el Catálogo de Agentes del SECTI, regulado en el Decreto 49/2023, de 10 de mayo, y que tengan constituidos grupos de investigación inscritos en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura según lo recogido en el Decreto 146/2018, de 4 de septiembre, por el que se regula y actualiza el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura y el Curriculum Vitae Normalizado de I+D+i
     

  • Requisitos

    1. El grupo de investigación deberá estar inscrito, en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda, en el Catálogo de Grupos conforme al Decreto 146/2018, de 4 de septiembre, por el que se regula y actualiza el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura y el Curriculum Vitae Normalizado de I+D+i (en adelante Catálogo de Grupos), sin perjuicio de la norma que esté vigente en el momento de efectuarse cada convocatoria.
    2. Los integrantes del grupo de investigación deberán tener cumplimentado, a fecha de presentación de la solicitud, su CVN a través de la página https://secti-idi.juntaex.es, o la que se encuentre habilitada al efecto para este trámite que se indicará en la correspondiente convocatoria, a efectos de valoración de sus méritos.
     

  • Cuantía

    Las ayudas reguladas en la presente orden se financiarán con cargo a los créditos autorizados en los proyectos de gastos destinados a tal fin, previstos en las Leyes de Presupuestos anuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
     

  • Documentación

    a) Memoria Científica, de acuerdo con el formulario que se encuentra en la plataforma https://ayudaspri.juntaex.es. (Obligatorio)

    b) Autorizaciones de los representantes legales de los agentes del SECTI a los que pertenecen los miembros del equipo investigador no vinculados al organismo solicitante. (Opcional)

    c) Documento en formato PDF que acredite la beca o ayuda que disfrute el personal en formación que participe en el equipo y la autorización para participar en el proyecto. (Opcional)

    d) Documento que acredite la relación laboral de cada integrante con la entidad a la que pertenece.  (Obligatorio)

    e) Los proyectos con las características previstas en los apartados 3, 4, 5 y 6 del resuelvo quinto de esta resolución, deberán presentar un documento en formato PDF del informe de la Comisión de Bioética o de investigación clínica del centro en el que se vaya a realizar el proyecto, en el que se acredite que dicho estudio se ajusta a la normativa legal y a las normas deontológicas establecidas para tales casos. Estos documentos podrán presentarse, si no es posible dentro del periodo de solicitud, como máximo hasta los 90 días naturales posteriores a la fecha de fin de plazo de presentación de las mismas. No obstante, deberá enviar dentro del plazo el documento que acredite haber solicitado el certificado. (Opcional)

    f) Los proyectos que impliquen utilización de especies o espacios protegidos, incendios experimentales u otras actividades de riesgo o daño ambiental, deberán presentar la correspondiente autorización en PDF del órgano competente. (Opcional)

    g) PDF de CVN de todos los integrantes del equipo investigador, generados desde la página https://secti-idi.juntaex.es. (Obligatorio)

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación
    • Plazo para resolver: 6 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada. 

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
    Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación
    Servicio de Recursos de la Investigación Científica Pública
    Paseo De Roma,
    06800, Mérida