Ayudas para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Básica - Juntaex.es
Ayudas para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Básica - Juntaex.es
Ayudas para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Básica
Ayudas para el desarrollo de programas específicos de Formación Profesional Básica para talleres profesionales y para talleres específicos
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Plazo de presentación
Desde: 21/04/2023 Hasta: 09/05/2023El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la presente resolución en el Diario oficial de Extremadura.
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Finalidad
Convocar ayudas para el desarrollo de programas formativos específicos de formación profesional básica en la Comunidad Autónoma de Extremadura. -
Destinatarios
Podrán obtener la condición de beneficiarios de estas ayudas:
a) Las mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Las asociaciones profesionales,organizaciones no gubernamentales y otras entidades empresariales y sindicales.
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Requisitos
Serán requisitos generales de dichas entidades:
a) Cumplir con los requisitos establecidos para obtener la condición de beneficiario,según lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 6/2011,de 23 de marzo.
b) Disponer de las infraestructuras necesarias para el desarrollo de los programas solicitados en función de los módulos formativos y profesionales que lo integren.
Serán requisitos especifícos:
a) Para las asociaciones profesionales, organizaciones no gubernamentales y otras entidades empresariales y sindicales:
-Carácter de ánimo de lucro.
-Tener entre sus fines la educación o formación.
-Experiencia reconocida en la inclusión social o laboral de las personas con discpacidad o necesidades educativas es peciales.
-Disponer de personalidad juridíca.
-Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente.
-Desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Para las mancomunidades de municipios, será necesario aportar documento de conformidad de cada uno de los municipios interesados en efectuar los programas en el ámbito territorial de todos o parte de los mismos que la conforman.
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Cuantía
La cuantía de las ayudas será de 30.000 euros en el caso de Programas Formativos Especifícos de Formación Profesional Básica con modalidad de taller profesional y de 59.990 euros para Programas Formativos Especifícos de Formación Profesional Básica con modalidad de taller especifíco.
Para la consecución de los fines propuestos en la convocatoria se destinará la cantidad total de 660.000 euros financiados con fondos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Documentación
-Las entidades que soliciten en la modalidad de taller especifíco o de taller profesional exclusivo para alumnos con necesidades educativas especiales, deberá adjuntar certificado de experiencia reconocida en la inclusión social o laboral de las personas con discapacidad.
-Las mancomunidades de municipios acompañarán escrito de cada municipio, que exprese su conformidad con el desarrollo de los programas en su ámbito territorial.
-Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
-Las asociaciones profesionales,organizaciones no gubernamentales y otras entidades empresariales y sindicales aportarán, en su caso:
- Copia auténtica de sus Estatutos.
- Copia auténtica de la Tarjeta de identificación Fiscal de la entidad solicitante.
- Documentación acreditativa de la capacidad del representante legal de la entidad solicitante, para actuar en nombre y representación de la misma.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlaces a anexos: -
Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Enseñanzas de Personas Adultas y a Distancia
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Estimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden: <p>Recurso de alzada.
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Más información
El órgano gestor de estas ayudas será la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, a quien competerá la ordenación e instrucción del procedmiento de concesión.
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Órgano gestor
Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa
Servicio de Enseñanza de Personas Adultas y a Distancia
Avenida Valhondo,
06800, Mérida -
Preguntas frecuentes
a) Las Mancomunidades de Municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Las Asociaciones profesionales, organizaciones profesionales, organizaciones no gubernamentales y otras entidades empresariales y sindicales.
a) Para las asociaciones profesionales, organziaciones no gubernamentales y otras entidades empresariales y sindicales:
-Carecer de ánimo de lucro.
-Tener entre sus fines la educcación o la formación.
-Experiencia reconocida en la inclusión social o laboral.
-Disponer de personalidad juridíca.
-Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro correspondeinte.
-Desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Para las mancomunidades de municipios, será necesario aportar documento de conformidad de cada uno de los municipios interesados en efectuar los programas en el ámbito territorial de todos o parte de los mismos que la conforman.
a) Modalidad de Taller profesional.
b) Modalidad de Taller específico.
a)Las ayudas destinadas al desarrollo de los Programas Formativos Especifícos de Formación Profesional Básica estarán financiadas con fondos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b)La cuantía de las ayudas será de 30.000 euros en el caso de Programas Frmativos Especifícos de Formación Profesional Básica con modalidad de taller profesional y de 59.990 euros para programas Formativos Especifícos de Formación Profesional Básica con modalidad de taller especifíco.
Las ayudas convocadas son compatibles con otras subvenciones,ayudas, ingresos o recursos concedidos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, sin que el importe total pueda superar el coste de la actividad prevista por el solicitante.
Las solicitudes se formalizarán según el modelo establecido en el anexo I de la resolución de la convocatoria dirigidas al titular de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo.
Todas las entidades deberán presentar junto a la solicitud un proyecto de actuación por programa solicitado, para su elaboración se tendrá en cuneta lo establecido en el artículo 33 de la resolución de la convocatoria y se tomará como modelo el anexo II de la misma.