Ayuda al alumnado que, por problemas de salud, no puede desplazarse desde su domicilio al centro escolar - Juntaex.es
Ayuda al alumnado que, por problemas de salud, no puede desplazarse desde su domicilio al centro escolar - Juntaex.es
Ayuda al alumnado que, por problemas de salud, no puede desplazarse desde su domicilio al centro escolar
Solicitud de ayudas Línea B: apoyos educativos domiciliarios, al alumnado que, por problemas de salud, no puede desplazarse desde su domicilio al centro escolar.
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Plazo de presentación
Desde: 22/12/2022 Hasta: 24/05/2023CONVOCATORIA CERRADA PARA CURSO ESCOLAR 2022-2023
Para la Línea B, el plazo de vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de solicitudes será desde la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura hasta el 24 de mayo de 2023.
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Finalidad
Ayudas destinadas a sufragar los gastos del apoyo educativo domiciliario, derivados de la permanencia del alumnado en su domicilio por razones de convalecencia prolongada por un periodo de tiempo superior a un mes, que imposibilita su asistencia regular a un centro educativo. -
Destinatarios
a) Tener residencia familiar en Extremadura a la fecha de presentación de la solicitud.
b) Estar escolarizado en educación primaria, secundaria obligatoria, bachillerato, ciclos formativos de grado medio o grado superior en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el curso escolar objeto de la convocatoria.
c) Requerir durante el periodo lectivo del curso escolar al que se refiere la convocatoria, y por tiempo superior a un mes, apoyo educativo en su domicilio por imposibilidad de acceder a un centro educativo debido a situación de convalecencia determinada por prescripción facultativa, cuando la Administración educativa no pueda prestar apoyo educativo con recursos propios. -
Requisitos
Podrá ser beneficiario de las ayudas de la Línea B, el alumnado que reúna los siguientes requisitos:
a) Tener residencia familiar en Extremadura a la fecha de presentación de la solicitud.
b) Estar escolarizado en educación primaria, secundaria obligatoria, bachillerato, ciclos formativos de grado medio o grado superior en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el curso escolar objeto de la convocatoria.
c) Requerir durante el periodo lectivo del curso escolar al que se refiere la convocatoria, y por tiempo superior a un mes, apoyo educativo en su domicilio por imposibilidad de acceder a un centro educativo debido a situación de convalecencia determinada por prescripción facultativa, cuando la Administración educativa no pueda prestar apoyo educativo con recursos propios.
d) En el caso de alumnado convaleciente por motivos directamente relacionados con graves trastornos de conducta será necesario estar en tratamiento por los servicios de salud mental correspondientes. En el caso del alumnado que reciba tratamiento desde un Servicio de Salud Mental por graves trastornos de personalidad o conducta, deberá renovar cada tres meses el informe médico especializado, valorándose en cada caso la pertinencia de la continuidad del apoyo educativo de acuerdo con los progresos realizados en su proceso de normalización. -
Cuantía
Línea B: 110.000 euros con cargo al Centro Gestor 130050000, posición presupuestaria G/222G/48100, Fondos CAG00001, Programa de financiación 20060134, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
Para la Línea B ¿Apoyo educativo domiciliario al alumnado convaleciente¿, la cantidad máxima a librar será de 2.700 euros. la cuantía de la ayuda será de 300 euros por cada mes completo de convalecencia del alumnado beneficiario o la cuantía proporcional que corresponda por periodos de tiempo inferiores.
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Documentación
SOLICITUD CONFORME A ANEXOS
a la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
a) Informe del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica del sector o, en su caso, del Departamento de Orientación, dependientes de la Administración educativa de la Junta de Extremadura, según el modelo que figura como anexo III para la modalidad Bb) Declaración responsable del profesional que realizará el apoyo educativo domiciliario según modelo que figura en el anexo V de la presente convocatoria.
c) Certificación de la dirección del centro educativo donde el alumno realiza estudios en el curso para el que se solicita la ayuda según modelo que figura como anexo VII para la Línea B.d) Copia auténtica del Libro de Familia completo.
e) Original o fotocopia del certificado de la Agencia Tributaria en el que se haga constar que el/la profesional, centro, institución o gabinete que realizará la atención especializada, está dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.), si no prestase la autorización al órgano gestor para recabar dicho certificado que figura en el anexo V.
f) Presupuesto del coste de servicio, firmado por el profesional, centro, institución o gabinete que lo vaya a prestar.
g) Documento original de ¿Alta de Terceros¿, debidamente cumplimentado, referido a la cuenta bancaria en que desee que se le ingrese la ayuda, debiendo figurar el alumno beneficiario de la ayuda como cotitular con el solicitante de la misma en el número de cuenta que se relaciona en la documentación del alta de terceros. No obstante, en el caso de encontrarse dado de alta, deberán reflejar los veinte dígitos de la cuenta bancaria en el anexo I. -
Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios
- Plazo para resolver: 6 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso potestativo de reposición.
Recurso contencioso-administrativo.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios
Unidad Económico-Administrativa
Avenida Valhondo,
06800, Mérida