Ayuda destinada a la producción teatral, de danza, espectáculos multidisciplinares y de música profesionales

Solicitud de ayudas destinadas a la producción teatral, de danza, espectáculos multidisciplinares y de música profesionales.

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
5/12/2024
  • Plazo de presentación

    Desde: 05/01/2024 Hasta: 25/01/2024

  • Finalidad

    Destinar ayudas a la producción teatral, de danza, de espectáculos multidisciplinares y de música profesionales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la financiación de los gastos que genere anualmente el montaje de las nuevas producciones.

  • Destinatarios

    Empresas de producción teatral, de danza, espectáculos multidisciplinares o de música, que se encuentren establecidas en cualquier Estado Miembro del Espacio Económico Europeo (EEE), con un periodo mínimo de un año de actividad profesional acorde a la naturaleza de la subvención anterior a la publicación de la presente convocatoria, o que acrediten haber producido, al menos, un montaje escénico para teatro o danza, espectáculos multidisciplinares o un montaje musical documentado en material sonoro (disco, CD, cassette...) para música.

    En el caso de uniones temporales de empresas, los criterios anteriores serán de aplicación a las empresas que individualmente las compongan.

     

  • Requisitos

    • Los proyectos presentados deberán tener un presupuesto inicial superior a 10.000,00 euros (IVA excluido).
    • Los proyectos que sean objeto de ayuda, deberán iniciarse a partir del 1 de enero del 2024 y terminar antes del 7 de noviembre del mismo año.
    • Los solicitantes de las ayudas deberán además cumplir los siguientes requisitos:

                a) Estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

             b) No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones  de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

                c) Asimismo las empresas beneficiarias de estas ayudas deberán realizar una inversión en el territorio de la Comunidad Autónoma donde radique el órgano gestor de la ayuda (contratación de recursos prestados por personas residentes y por empresas que ejerzan su actividad en el citado territorio) como mínimo del 75% de la ayuda concedida.

     

  • Cuantía

        Gastos subvencionables:

    Se consideran gastos subvencionables aquellos estrictamente necesarios para la realización de la producción teatral, de danza, de espectáculos multidisciplinares y de música profesionales contenidos en el articulo 4 del Decreto 58/2016, de 10 de mayo.

        Cuantía de la ayuda:

    Se subvencionarán los proyectos en orden de mayor puntuación obtenida según los criterios de valoración, con las limitaciones indicadas en el presente apartado y del crédito presupuestado para tal fin. Obtendrían las siguientes cantidades en función del presupuesto aprobado, hasta agotar el crédito destinado a estas ayudas en el ejercicio 2024:

    • Presupuestos de más de 10.000,00 hasta 15.000,00: 6.000,00 €
    • Presupuestos de más de 15.000,00 hasta 20.000,00: 9.000,00 €
    • Presupuestos de más de 20.000,00 hasta 25.000,00: 12.000,00 €
    • Presupuestos de más de 25.000,00 hasta 30.000,00: 15.000,00 €
    • Presupuestos de más de 30.000,00 hasta 35.000,00: 18.000,00 €
    • Presupuestos de más de 35.000,00 hasta 40.000,00: 21.000,00 €
    • Presupuestos de más de 40.000,00 hasta 45.000,00: 24.000,00 €
    • Presupuestos de más de 45.000,00 hasta 50.000,00: 27.000,00 €
    • Presupuestos de más de 50.000,00 hasta 55.000,00: 30.000,00 €
    • Presupuestos de más de 55.000,00 hasta 60.000,00: 33.000,00 €
    • Presupuestos de más de 60.000,00 hasta 65.000,00: 36.000,00 €
    • Presupuestos de más de 65.000,00 hasta 70.000,00: 39.000,00 €
    • Presupuestos de más de 70.000,00 hasta 75.000,00: 42.000,00 €
    • Presupuestos de más de 75.000,00 hasta 80.000,00: 45.000,00 €
    • Presupuestos de más de 80.000,00 hasta 85.000,00: 48.000,00 €
    • Presupuestos de más de 85.000,00: 50.000,00 €

    La cantidad máxima de la ayuda no superará los 50.000 euros, ni el 60% del importe del presupuesto de producción aprobado, (IVA excluido).

     

  • Documentación

        Solicitud (Anexo I), que deberá presentarse acompañada de la siguiente documentación:

    a) Copia de las escrituras de constitución, estatutos de la entidad y del documento acreditativo del poder del representante legal de la misma para aquellas empresas que no hubieran presentado proyectos a la misma línea de subvenciones, y para aquellas que hubiesen sufrido alguna modificación respecto a la última documentación  presentada.

    b) Cinco copias del proyecto de producción de teatro, danza, espectáculo multidisciplinar o de música que se propone realizar, presentado en CD o en memoria USB, en el que se detalle:

    • Texto íntegro o proyecto argumental y artístico de la producción a realizar, indicando título y autor/compositor y/o adaptación (en su caso).
    • Temas del proyecto, autor/autores de cada tema, música y letra.
    • Cuadro artístico y técnico.
    • Diseño de vestuario y propuesta escenográfica del proyecto para teatro, danza, espectáculo multidisciplinar o musical, y diseño de carátula (portada, contraportada y  diseño interior del librito o cuadernillo donde se incluyen las letras, nombre de instrumentistas, vocalistas, etc.) del trabajo discográfico en su caso.
    • Presupuesto pormenorizado de ingresos y gastos, en el que se contemplen los gastos de producción, dirección, escenografía, vestuario, iluminación, música, ensayos, estrenos, grabación, maquetación y derechos de autor.
    • Plan de distribución y exhibición del proyecto (certificación de programadores, expectativas de actuaciones, demandas de la obra, etc.).
    • En el caso de que la obra proyectada genere derechos de autor, documentación del Registro de la Propiedad Intelectual, la Sociedad General de Autores de España o  Entidad correspondiente de gestión de derechos de autor, en la que se acredite su autorización para representarla; si no genera dichos derechos, certificación expresa  en este sentido.

    La documentación recogida en el apartado anterior, se presentará en las siguientes condiciones:

    • Todos los ficheros deberán presentarse escritos en letra Arial 12 y a doble espacio.
    • Todos los ficheros deberán incorporar un índice sobre su contenido.
    • Los formatos de los ficheros podrán ser PDF (legibles con el programa ADOBE ACROBAT), Word de Microsoft ( o compatibles con este formato) y Excell.
    • Si se incluyeran ficheros con fotografías o dibujos, serán en formato JPG.

    De no aportarse en este formato, se tendrá como no presentada y será requerida su subsanación.

    La documentación técnica que acompaña a la solicitud no será devuelta a las productoras. Finalizada la convocatoria, será destruida con objeto de garantizar la confidencialidad de los datos.

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:

    Enlaces a anexos:

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General - C. de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
    Secretaría General de Cultura
    Servicio de Promoción Cultural
    Avenida Valhondo,
    06800, Mérida