Ayudas para la utilización de los escenarios móviles de la Junta de Extremadura (Programa I), municipios y entidades locales menores de menos de dos mil habitantes

Ayudas para la utilización de los escenarios móviles de la Junta de Extremadura (Programa I), municipios y entidades locales menores de menos de dos mil habitantes

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Fecha de actualización
:
12/12/2024
  • Plazo de presentación

    Convocatoria pendiente de publicación en DOE

  • Finalidad

    Ayudar a los municipios y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la contratación de los espectáculos a representar en los citados escenarios móviles, a fin de favorecer los hábitos de consumo cultural.

  • Destinatarios

    Podrán ser beneficiarios de las ayudas a la programación todos los municipios y entidades locales menores de Extremadura con población inferior a 2.000 habitantes, según el censo de población a 1 de septiembre del ejercicio 2024, que deseen utilizar los escenarios móviles de la Junta de Extremadura, para la realización de actividades culturales en su término municipal, durante el período comprendido entre el 20 de junio y el 14 de septiembre del ejercicio 2025, ambas fechas incluidas.

  • Requisitos

    Las entidades solicitantes de las ayudas a la Programación deberán cumplir los siguientes requisitos:
     
    a) Estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
    b) No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    No serán beneficiarios aquellos municipios y entidades locales menores que, teniendo una población menor a 2.000 habitantes, estén integrados en la Red de Teatros de Extremadura.

     

  • Cuantía

    La cuantía máxima por ayuda será de 10.890,00 € por beneficiario (1 de teatro, 1 de música y 1 de calle), teniendo que contratar 1 actuación de teatro el primer día de presencia del escenario móvil en la localidad, una actuación de música, el segundo día, y en el caso de que le correspondiera una actuación de teatro de animación calle el tercer día.

     

  • Documentación

    Obligatoria:

    Solicitud de subvención. Anexo III

    Opcional: ( En caso de no autorizar a que se recaben por la administración):

    • Certificado de hallarse al corriente de sus obligaciones con al Hacienda estatal.
    • Certificado de hallarse al corriente de sus obligaciones con la Hacienda autonómica.
    • Certificado de hallarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General - C. de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
    Secretaría General de Cultura
    Servicio de Promoción Cultural
    Avenida Valhondo,
    06800, Mérida