Ayudas para el fomento del asociacionismo comercial - Juntaex.es
Ayudas para el fomento del asociacionismo comercial - Juntaex.es
Ayudas para el fomento del asociacionismo comercial
Ayudas destinadas al asociacionismo comercial
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1736978400000 - Jan 15, 2025 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1739829540000 - Feb 17, 2025 9:59:00 PM
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Plazo de presentación
Desde: 16/01/2025 Hasta: 17/02/2025 -
Finalidad
La línea de ayudas se dirige a asociaciones comerciales, ayudando al sostenimiento de sus gastos de estructura y de funcionamiento. Con ello se pretende optimizar sus recursos propios, así como promover la contratación de personal para una gestión más directa y profesional, todo ello orientado a poner en valor las ventajas del asociacionismo haciendo más visible los beneficios que aporta a los socios. -
Destinatarios
Asociaciones del sector comercio que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.
(Decreto 158/2018, de 2 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del asociacionismo comercial (DOE núm. 196, de 8 de octubre de 2018).
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Requisitos
Asociaciones del sector comercio que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que estén constituidas como entidades sin ánimo de lucro, con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
b) Que desarrollen su actividad dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Que el 50% de los socios sean empresarios cuya actividad se encuadre dentro de las agrupaciones 64 (Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes) y 65 (Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes) del Impuesto de Actividades Económicas.
Este porcentaje mínimo será del 40% siempre y cuando las asociaciones de comerciantes tengan al menos 100 socios.
d) Que más del 80 % de los socios tengan la categoría de pequeña y mediana empresa.
e) Que tengan al menos 40 socios.
f) Que estén inscritas en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
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Cuantía
CUANTÍA:
Se subvencionará el 100 % de los gastos elegibles con los siguientes límites máximos de ayuda según el número de socios del sector comercio de la asociación de comerciantes (agrupación 64 y 65 del Impuesto de Actividades Económicas):
a) Una subvención máxima de 3.000 euros si el número de socios del sector comercio no supera los 50.
b) Una subvención máxima de 4.500 euros si el número de socios del sector comercio está entre 51 y 75.
c) Una subvención máxima de 6.000 euros si la asociación tiene más de 75 socios del sector comercio.
El límite se incrementará en 10.000 euros para los gastos de personal en el caso de que la asociación lo solicite, siempre que el contrato sea a tiempo completo. Este importe será de 13.000 euros en el supuesto de que la persona objeto de contratación sea una mujer. Si no es a tiempo completo este importe se reducirá proporcionalmente en función del número de horas de la jornada de trabajo establecida. Tal y como se establece en el artículo 3.1 a), para que los gastos de personal sean subvencionables el contrato debe tener una antigüedad de al menos un año a fecha de publicación de la convocatoria.
En la resolución de concesión se establecerá un importe de ayuda para cada tipo de gasto, no siendo posible la compensación de unas partidas con otras.
FINANCIACIÓN:
El coste de las acciones previstas en la presente convocatoria será imputado a las partidas presupuestarias contenidas en el Programa 341A Comercio de Calidad y Artesanía Extremeña¿, de los presupuestos de 2025, con cargo a la aplicación presupuestaria 14003341A48000, Código de Proyecto de gasto 20180197, denominado ¿Ayudas para promover el asociacionismo comercial, con un importe de 154.000 euros, financiado con fondos de la Comunidad Autónoma.
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Documentación
Documentación a presentar obligatoria
Anexo I. Declaración responsable sobre cumplimiento de requisitos para ser beneficiario.
Anexo II. Solicitud de ayuda: Instancia solicitud debidamente cumplimentada en todos sus apartados y firmada electrónicamente, conforme al modelo del Anexo II. Autorización a la Administración para la consulta de datos. Declaración responsable.
Anexo III. Memoria descriptiva y económica de los gastos para los que se solicita.
Anexo V. Declaración responsable y declaración de ayudas.
Documentación justificativa del importe de los gastos: Deberá aportarse la documentación que justifica el importe de cada uno de los gastos solicitados: 1.º Gastos de personal. Se aportará copia del contrato, copia de la nómina y del recibo de pago de la Seguridad Social correspondiente al mes anterior y la declaración de costes salariales que figura como anexo IV. 2.º Alquiler del local. Se aportará copia del contrato de arrendamiento. Si aún no se dispone del contrato de arrendamiento se realizará una estimación de costes por el solicitante. 3.º Gastos de reparación y conservación de las sedes oficiales. Se aportará un presupuesto proforma donde se detallen las inversiones que se pretendan realizar y su coste. 4.º Servicios de asesoría, auditoría fiscal, contable y jurídica. Se aportará presupuesto proforma. 5.º Prima de seguro, gastos de suministros eléctricos, de telefonía, incluido internet, y de agua correspondientes a la sede. Estos gastos se estimarán en base al gasto del año anterior, o directamente por el solicitante en caso de no disponer de esa información.
Relación de socios pertenecientes a la asociación.
Documento a presentar en el caso de solicitar por costes salariales
- Anexo IV. Declaración de costes salariales.
Documentación a aportar en caso de no haber prestado consentimiento para recabar de oficio los certificados
- Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias con la AEAT.
- Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social.
- Certificado de estar al corriente con la Hacienda Autonómica.
Documentación opcional
- Declaración de exención de IVA.
- Estatutos legalizados y representación actualizada.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlaces a anexos: -
Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
Comercio. Unidad Territorial de Badajoz
Avenida Huelva, 6
06005, Badajoz
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
Comercio. Unidad Territorial de Cáceres
Avenida Clara Campoamor, 2
10001, Cáceres
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
Servicio de Comercio Interior y Artesanía
Paseo de Roma, s/n
06800, Mérida