Programa de apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano

Solicitud de subvenciones destinadas a la financiación de las inversiones del Programa de apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano.

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
5/12/2024
  • Plazo de presentación

    Desde: 25/10/2022 Hasta: 31/10/2022
  • Finalidad

    Las subvenciones del Programa de Apoyo a Mujeres en los ambitos rural y urbano  tienen como objetivo poner en marcha planes específicos para mejorar la capacitación de las mujeres de las áreas rurales y urbanas a través de su sensibilización para incrementar su participación en la actividad económica de su zona, lo que conllevará ofrecer oportunidades de formación, así como asesoramiento en los ámbitos: digital, tecnológico, emprendimiento y economía social que se ligue a los productos endógenos, aprovechamiento forestal, pesquero y agrario, actividades comerciales online y apoyo a la dependencia.
  • Destinatarios

    Entidades privadas sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia.

  • Requisitos

    1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas  las entidades privadas sin ánimo de lucro, con personalidad juridica propia que quieran colaborar con el Servicio Extremeño Publico de Empleo en la realización de las acciones recogidas en este decreto para el ámbito de la Comunidad Autonoma de Extremadura.

    2. Las entidades beneficiarias deberán estar radicadas en Extremadura entendiendo por tal el ejerccio de su actividad económica en la Comunidad Autónoma y contar con una plantilla mínima de tres personas trabajadoras en los centros de trabajo de Extremadura a fecha de publicacion de la correspondiente convocatoria.

    3. La entidad deberá manifestar, mediante declaración del representante legal, que dispone de la capacidad económica y solvencia suficiente para poder atender a las obligaciones derivadas de la concesión de la subvención.

    4. No podrán obtener la condición de beneficiario/a,  las personas o entidades en quienes concurran alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del articulo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que impiden obtener la condición de beneficiario/a.

  • Cuantía

    Cuantía:

    La cuantía máxima de la subvención será de 620.730,00 € por entidad, resultado de aplicar los módulos a los que hace referencia el articulo 77 por usuario con la siguiente distribución, de acuerdo con lo estipulado en el Decreto 137/2021, de 15 de diciembre:

    a) Subvención por orientación, actuaciones especificadas en los apartados a), b), c) d) y e) del artículo 71.1, del Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, con una duración mínima de 48 horas por usuaria: 290.400,00 €

    b) Subvención por concesión de becas, ayudas y otros gastos necesarios para la ejecución del proyecto según lo estipulado en el artículo 71.3 del Decreto 137/2021, de 15 de diciembre: 124.630 €

    c) Subvención por inserción en el mercado laboral y las derivadas de las actuaciones especificadas en los apartados f) y h) del artículo 71.1 del Decreto 137/2021, de 15 de diciembre (10% de mujeres que se insertan por cuenta ajena y 10 % que se inserta por cuenta propia): 205.700 €.

    Financiación:

    El crédito total destinado a la financiación de esta convocatoria es de cuatro millones trescientos cuarenta y cinco mil ciento diez euros (4.345.110€) distribuidos en dos anualidades, de la siguiente manera:

    Anualidad 2022: Tres millones seiscientos noventa y tres mil trescientos cuarenta y tres euros con cincuenta céntimos (3.693.343,50€), con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000 G/242A/489000 MR08C23I02 proyecto de gasto 20220076 con fuente de financiación Mecanismo de Recuperación y resiliencia de la UE.

    Anualidad 2023: Seiscientos cincuenta y un mil setecientos sesenta y seis euros con cincuenta céntimos (651.766,50€), con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000 G/242A/489000 MR08C23I02 proyecto de gasto 20220076 con fuente de financiación Mecanismo de Recuperación y resiliencia de la UE.

    2. La citada cuantía total podrá aumentarse hasta un 20% de la cuantía inicial o hasta la cuantía que corresponda, cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver la concesión de las mismas sin necesidad de abrir una nueva convocatoria, todo ello conforme lo establecido en el artículo 23.2 h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Documentación

    La solicitud deberá presentarse acompañada de la siguiente documentación:

    a. Copia simple de la escritura pública de constitución de la entidad y de los correspondientes estatutos y, en su caso, de modificación, todo ello inscrito en el registro correspondiente, salvo que ésta ya figure en poder de la Administración, en cuyo caso deberá indicarse en el apartado correspondiente en la solicitud de subvención, haciendo constar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos.

    b. Copia simple del NIF de la entidad y del DNI de la persona que actúa en nombre y representación de la persona jurídica solicitante, cuando la entidad se oponga a que la comprobación se realice de oficio por el órgano instructor, de acuerdo con los datos de identificación que obren en sus archivos, bases de datos u otros fondos documentales o mediante los servicios ofrecidos por el Ministerio prestador del Sistema de Verificación de Datos de Identidad (SVDI) y del Sistema de Desarrollo Estructurado de la Hacienda Extremeña y sus Servicios Administrativos (DEHESA) .

    c. Copia simple del documento que acredite el poder de representación ante la Administración, cuando la entidad se oponga a que la comprobación se realice de oficio por el órgano instructor a través de los Servicios de Verificación y Consulta de Datos SCSP de la Red SARA. Si esta documentación ya figura en poder de la Administración deberá indicarse en el apartado correspondiente en la solicitud de subvención, haciendo constar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos.

    d. Informe original expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral de la entidad solicitante de la subvención, a fecha de publicación de la convocatoria, cuando la entidad se oponga a que la comprobación se realice de oficio. Dicha información deberá contener todos los códigos de cuenta de cotización que la entidad tenga en Extremadura.

    e. "Anexo de Autobaremación" del presente programa en el que figurará lo siguiente:

    e.1 Denominación y descripción de los proyectos subvencionados llevados a cabo por la entidad en materia de Políticas Activas de Empleo y que su objeto afecte directamente a personas demandantes de empleo, iniciados en los tres ejercicios presupuestarios anteriores al de la publicación de la convocatoria y finalizados con anterioridad a dicha publicación, con indicación expresa de la siguiente información: entidad concedente, bases reguladoras, objeto de la ayuda, Comunidad Autónoma de desarrollo de las acciones, número de personas atendidas, duración de la misma, indicación de si se trataba de un proyecto de adquisición de competencias genéricas y/o transversales, orientación profesional u otras políticas activas de empleo y certificado o informe del cumplimiento de los objetivos emitido por el organismo concedente.

    e.2 Número de expediente de cada proyecto aprobado en el mismo ejercicio presupues¬tario al amparo del Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, de la Orden de 17 de noviembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de acciones de orientación y otras actuaciones de Políticas Activas de Empleo o del programa II de la Orden de 11 de diciembre de 2019 por la que se regula el Programa de Activación del Empleo Local (PAEL) y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación.

    e.3 Localización de las acciones, conforme a lo establecido en el artículo 71.2 del Decreto 137/2021, de 15 de diciembre.

    e.4 Relación de sistemas de calidad y planes de igualdad vigentes que sean susceptibles de valoración de acuerdo con el artículo 80.1 e) del Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, junto con la documentación justificativa de los mismos.

    e.5 Compromiso de inserción en el mercado laboral por encima de lo previsto en la convocatoria.

    Al final de cada uno de los apartados, exceptuando el apartado e.3, la entidad consignará la puntuación que, a su entender, debe obtener por cada uno de los criterios de valoración indicados en el artículo 80 del Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, sin perjuicio de la posterior comprobación y asignación de la puntuación por parte de la Comisión de Valoración a la que hace refe¬rencia el artículo 81.1 del Decreto 137/2021, de 15 de diciembre.

    Según el artículo 28.2 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano gestor de la ayuda recabará de oficio los datos referidos a la consulta de la identidad de la persona empresaria individual o persona que ostente la representación legal de la entidad, la representación legal de la entidad ante la Administración, y los certificados o información a emitir por la Tesorería General de la Seguridad Social y la Consejería competente en materia de hacienda de la Junta de Extremadura. No obstante, la entidad podrá oponerse a que el Servicio Extremeño Público de Empleo consulte de oficio dichos datos y documentos, marcando la casilla correspondiente en el "Anexo de solicitud de subvención" del presente programa, en cuyo caso deberá aportarlos.

    El órgano gestor de la ayuda recabará de oficio los datos relativos a hallarse al corriente con sus obligaciones fiscales y tributarias con el Estado cuando se autorice marcando la casilla correspondiente en el Anexo de solicitud de subvención, en caso de no autorizarse, la entidad solicitante deberá aportar el correspondiente certificado que acredite este extremo. 

    DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DEL PRINCIPIO DE "NO CAUSAR UN PERJUICIO SIGNIFICATIVO" A LOS SEIS OBJETIVOS MEDIOAMBIENTALES EN EL SENTIDO DEL ARTÍCULO 17 DEL REGLAMENTO (UE) 2020/852. Modelo disponible en la dirección web: https://extremaduratrabaja.juntaex.es/ayudas/ayudas_apoyo_mujeres_rural_urbano

    DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LA CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR). Modelo disponible en la dirección web: https://extremaduratrabaja.juntaex.es/ayudas/ayudas_apoyo_mujeres_rural_urbano

    DECLARACIÓN RESPONSABLE DE COMPROMISO EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR). Modelo disponible en la dirección web: https://extremaduratrabaja.juntaex.es/ayudas/ayudas_apoyo_mujeres_rural_urbano

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE)
    • Plazo para resolver: 6 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      La resolucion que ponga fin al procedimiento, que no pone fin a la via administrativa, podrá ser impugnada mediante recurso de alzada ante el titular de la Consejeria de Educación y Empleo en el plazo de un mes a partir del dia siguiente a aquel en que fuera notificada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
    Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE)
    Avenida Valhondo,
    06800, Mérida