Programa CRISOL-FORMAS (Crisol-For+)

Solicitud de subvención destinada a entidades promotoras para la financiación de los proyectos del Programa Crisol-Formas (Crisol-Formas +). Línea I

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
31/5/2024
  • Plazo de presentación

    Desde: 01/06/2024 Hasta: 01/07/2024
  • Finalidad

    El programa Crisol-For+ persigue favorecer la integración sociolaboral de las personas que se encuentren en situación o riesgo de exclusión social y sean participantes de los itinerarios integrados y personalizados de inserción social y laboral del Programa CRISOL, a través de un proceso que alterna el aprendizaje y la formación con un trabajo productivo y una posterior experiencia profesional en empresas, en el ámbito de los programas públicos de formación y empleo y de las oportunidades de empleo, contemplados en la letra b) y c) del artículo 13.3 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo. Igualmente, el Programa tiene como objetivos sensibilizar al tejido empresarial y desestigmatizar al colectivo objeto de actuación, abriendo cauces de colaboración, romper su dependencia institucional y mejorar el aspecto físico y relacional de las zonas desfavorecidas. Las zonas donde actúa el Programa son: - Badajoz: Suerte de Saavedra, Zona Centro y Margen Derecha del Río Guadiana. - Cáceres: Aldea Moret. - Mérida: Margen Izquierda Río Guadiana y Juan Canet. - Plasencia: La Data y San Lázaro-San Miguel. - Don Benito: El Noke y La Piedad. - Villanueva de la Serena: Plaza de Salamanca. - Almendralejo: Viviendas de Promoción Pública.
  • Destinatarios

    Cualquier tipo de entidad privada con personalidad jurídica propia que tengan entre sus fines y objetivo social la promoción de empleo o la inserción sociolaboral y formación.

  • Requisitos

    Las entidades beneficiarias deberán estar radicadas en Extremadura, entendiendo por tal tener domicilio, sede o al menos algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    La entidad deberá manifestar, mediante certificación del representante legal, la solvencia económica para poder atender a las obligaciones derivadas de la concesión de la subvención.

  • Cuantía

    Las subvenciones serán financiadas con cargo a los créditos autorizados en el presupuesto de gastos de la Consejería competente en materia de empleo de la Junta de Extremadura, pudiendo financiarse, en su caso, con cargo a fondos estatales o del Fondo Social Europeo +

    La cuantía total máxima de la subvención se determinará en la resolución de concesión y estará compuesta por la suma de los importes de los gastos subvencionables de los módulos A, B, salarios y seguridad social alumnado-trabajador y de acompañamiento y seguimiento de la segunda etapa del proyecto, a cuyos efectos, se fijan los siguientes módulo:

    - Módulo A: a razón de los siguientes costes unitarios:

    • Coordinador/a: 18.106,21 euros, durante todo el periodo de 6 meses y 14 días a jornada completa
    • Docente contratado durante todo el periodo de 6 meses y 14 días a jornada completa:17.100,26 euros
    • Personal técnico de acompañamiento contratado durante todo el periodo de 6 meses y 14 días a jornada completa: 17.100,26 euros.

       
    - Módulo B: por importe del 25% de los costes directos de personal subvencionables del Módulo A que se consideren correctamente justificados


    - Módulo Salario y seguridad social alumnado-trabajador: el 75% del salario mínimo interprofesional anualmente establecido, inluida la parte proporcional de una paga extraordinaria. Asímismo se subvencionará la totalidad de las cuotas a la Seguridad Social a cargo del empleador correspondientes por todos los conceptos que establezca la normativa vigente en el momento de la concesión.

    -Módulo de acompañamiento y seguimiento de la segunda etapa del proyecto: 7.933,11 euros, personal imputado durante el periodo de tres meses a jornada completa


    El importe de la subvención resultante del cálculo efectuado no se actualizará, con independencia de que el mismo se extienda o no a distintos ejercicios presupuestarios, salvo el importe aprobado para el salario y seguridad social del alumnado trabajador que se ajustará en el momento de la liquidación de la subvención a los incrementos que haya tenido el salario mínimo interprofesional, las cuotas patronales de la Seguridad Social y a la justificación comprobada, previa actualización del importe del módulo correspondiente mediante resolución del titular de la Dirección Gerencia del SEXPE.

    En todo caso, la citada actualización estará condicionada a la existencia de crédito asignado a la convocatoria para atender las obligaciones económicas que conlleva el referido ajuste, sin que con la actualización pueda superarse la cuantía máxima prevista para dicha convocatoria.

  • Documentación

    Documentación a presentar con carácter obligatorio:

    a. Memoria/Proyecto, cumplimentado según modelo que se establece como Anexo I-Bis a el presente decreto , acompañado de una memoria explicativa (en la forma de memoria valorada, proyecto básico o proyecto de ejecución) de las actuaciones a realizar, mediciones y presupuestos desglosados por capítulos y partidas y planos a escala y mediciones y acotados de los inmuebles o espacios donde se realizará la formación, en el caso de que no sea formación conducente a certificados profesionales, y de los espacios en que se va a actuar, en los que se representen los estados inicial y final de los mismos.

    b. Compromiso/s de Inserción Laboral de las empresas para cumplir lo establecido en el artículo 22 de este decreto, cumplimentando el modelo recogido en el Anexo II de este decreto.

    c. Documentación identificativa de la personalidad de la solicitante y acreditación de la representación legal de la entidad solicitante, mediante poder suficiente, en el caso de que se oponga a su obtención marcando la casilla correspondiente en el anexo de solicitud. Cuando la entidad no se oponga a su consulta, para la comprobación de oficio del documento de representación legal por el órgano gestor, la entidad deberá inidicar el Código Seguro de Verificación( CSV) en el anexo de solicitud. En caso de no aportar dicho código la entidad deberá aportar el documento de representación (pdf)

    d. Acreditación que implique entre sus fines u objetivos social la promoción de empleo de la entidad promotora o la inserción sociolaboral y la formación.

    e. Certificación acreditativa de la financiación de aquella parte del proyecto que no financie el Servicio Público de Empleo.

    f. Certificación acreditativa de la titularidad jurídica del/los objetos de actuación y de disponibilidad para la ejecución de la/s obra/as o prestación de servicios, o en su caso, original o copia de la documentación acreditativa de los términos de la cesión.

    Documentación a aportar con carcacter opcional.

    g. Original o copia de la documentación derivada de las características de la/s obra/s o servicios previstos:

       a) Estudios técnicos obligatorios para su ejecución

       b) Informe técnico de los servicios públicos competentes en las acciones previstas

       c) Informe técnico sobre el destino de los bienes o productos resultantes de los trabajos del alumnado trabajador, la repercusión en materia de competencia y la gestión contable y documental en relación con la repercusión económica en la subvención.

    h. Documentos del organismo oficial correspondiente para acreditar la experiencia previa en programas públicos de alternancia con el empleo, en su caso.

    i. En su caso, compromiso de participación y colaboración con otros agentes del territorio. Anexo III.

    j. En su caso, compromiso de contratación posterior a la finalización del proyecto a efectos de valoración, según Anexo IV

    Los impresos normalizados de los Anexos I bis, II, III y IV deberán ser cumplimentados a través de la herramienta informática GETCOTEX, del Servicio Extremeño Público de Empleo, ubicado en la página http://etcote.juntaextremadura.es/etcote, para ser posteriormente firmados y presentados.

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:
  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección Gerencia - Sexpe
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

    Los Anexos I BIS, II, III y IV deberán ser cumplimentados a través de la herramienta informática GETCOTEX, del Servicio Extremeño Público de Empleo, ubicado en la página http://etcote.juntaextremadura.es/etcote,nbsp para ser posteriormente impresos y presentados.


  • Órgano gestor

    Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
    Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE)
    Dirección General de Formación para el Empleo
    Servicios de Programas Mixtos de Formación y Empleo
    Avenida Valhondo,
    06800, Mérida
  • Preguntas frecuentes

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