Tramitación de Proyectos de Interés Regional (PIR) - Juntaex.es
Tramitación de Proyectos de Interés Regional (PIR) - Juntaex.es
Tramitación de Proyectos de Interés Regional (PIR)
Este trámite permite la tramitación de Proyectos de Interés Regional (PIR).
Lea los requisitos y tramite
En línea
Tramitar en línea-
Plazo de presentación
No sujeto a plazo de presentación.
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Finalidad
El Proyecto de Interés Regional es el instrumento de intervención directa en la ordenación territorial que diseña, con carácter básico, para su inmediata ejecución, obras de infraestructura, servicios, dotaciones e instalaciones que se declaren de interés regional debido a su particular utilidad pública o interés social. El proyecto debe incluir las obras de urbanización y conexión que sean necesarias para asegurar el correcto funcionamiento de las instalaciones que sean su objeto. A tal fin, las determinaciones y proyectos técnicos que definan las necesidades y servicios incorporados al Proyecto de Interés Regional deberán tener un grado de definición mínimo que garantice que la solución planteada tenga resueltos todos los aspectos técnicos y jurídicos necesarios para una inmediata ejecución. Los aspectos técnicos, si bien podrán no estar totalmente definidos con nivel de detalle de ejecución de obra, deberán estarlo con el suficiente grado para un adecuado conocimiento general en los trámites de información pública, alegaciones y consultas sectoriales. Los Proyectos de Interés Regional podrán desarrollarse en cualquier clase de suelo y comprender terrenos situados en uno o varios términos municipales, con excepción de suelo rústico protegido que tenga algún tipo de protección especial o posea valores ambientales que sean incompatibles con el desarrollo del Proyecto de Interés Regional. -
Destinatarios
Los Proyectos de Interés Regional serán de promoción pública.
Los PIR serán vinculantes en su ámbito de aplicación para planes, programas y proyectos de la administración y de las personas.
Los Proyectos de Interés Regional serán tramitados por la administración competente en razón de la materia de su objeto.
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Requisitos
Cuando el Proyecto de Interés Regional afecte a suelo rústico protegido deberá justificarse que la localización elegida conlleva la menor afección a los valores determinantes de la protección.
Los Proyectos de Interés Regional contendrán los documentos que reflejen adecuadamente las determinaciones descritas en el artículo 38 LOTUS y 44 RGLOTUS.
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Documentación
El Proyecto de Interés Regional se estructurará en los siguientes documentos:
a) Memoria descriptiva y justificativa.
b) Planos a escala adecuada. El plano de la localización de las obras vendrá georreferenciado.
c) En su caso, proyectos técnicos necesarios para la total definición de las obras.
Dicha documentación deberá contener las determinaciones descritas en el artículo 44 RGLOTUS.
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Solicitud y Anexos
Enlace externo a solicitud:Formularios de la solicitud (no hay anexos asociados a este trámite).
Anexos (no hay anexos asociados a este trámite).
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Representación voluntaria por medios electrónicos
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Normativa
- Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura (LOTUS).
- Decreto-Ley 10/2020, de 22 de mayo, de Medidas Urgentes para la Reactivación Económica en Materia de Edificación y Ordenación del Territorio destinadas a Dinamizar el Tejido Económico y Social de Extremadura, para Afrontar los Efectos Negativos de la COVID-19.
- Ley 3/2022, de 17 de marzo, de Medidas ante el Reto Demográfico y Territorial de Extremadura.
- Ley 2/2018, de 14 de febrero, de coordinación intersectorial y de simplificación de los procedimientos urbanísticos y de ordenación del territorio de Extremadura.
- Decreto 50/2016, de 26 de abril, de atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura.
- Decreto 128/2018, de 1 de agosto, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión de Coordinación Intersectorial y el procedimiento de coordinación intersectorial.
- Reglamento General de la Ley de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura, aprobado por Decreto 143/2021, de 21 de diciembre (RGLOTUS).
- Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Órgano que resuelve: El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, previo informe vinculante de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura.
Plazo normativo para resolver: no existe.
Impugnación vía administrativa: dado su carácter normativo, no cabe recurso en vía administrativa, y sólo cabe recurso contencioso-administrativo.
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Más información
La modificación o revisión de los instrumentos de ordenación territorial se sujetarán a los mismos trámites prescritos para su aprobación, salvo la tramitación abreviada determinada en los propios instrumentos, que por su alcance no requieran la tramitación ordinaria.
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Órgano gestor
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana
Servicio de Ordenación del Territorio
Avenida de las Comunidades, S/N
06800, Mérida