Plan de Labores de Explotaciones de Recursos de la Sección C) o D) - Juntaex.es
Plan de Labores de Explotaciones de Recursos de la Sección C) o D) - Juntaex.es
Plan de Labores de Explotaciones de Recursos de la Sección C) o D)
Aprobación de los Planes de Labores de Explotaciones de Recursos de la Sección C) o D).
Lea los requisitos y tramite
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Plazo de presentación
Los titulares o explotadores legales de concesiones de explotación deberán presentar, en el plazo de seis meses a contar de la fecha en que se otorgó la concesión, un primer plan de labores a realizar en el primer año natural a partir de la fecha de la presentación.
Dentro del mes de enero de cada año, deberá presentar, el plan de labores para cada año natural.
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Finalidad
Aprobar los Planes de Labores de Explotaciones de Recursos de la Sección C) o D).
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Destinatarios
Titulares o explotadores legales de explotaciones de recursos de la Sección C) o D).
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Requisitos
Ser el titular o explotador legal de concesiones de explotación de recursos de la sección C) o D).
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Documentación
La Dirección Facultativa cumplimentará el Plan de Labores y anexará la siguiente documentación, a través de la aplicación PLAMINEX:
- Plano de situación del derecho minero y de la explotación a escala 1:25.000 ó 1:50.000.
- Plano topográfico de detalle a escala 1:5.000 ó 1:10.000, con ubicación de la explotación, escombreras, acopios, balsas, instalaciones auxiliares y todas aquellas que formen parte de la actividad extractiva, así como, de los elementos susceptibles de afectar o ser afectados por la explotación.
- Plano de labores de explotación realizadas a escala 1:500, 1:1.000 ó 1:5.000, junto con perfiles longitudinales y transversales a la misma escala.
- Plano de labores de explotación realizadas durante el último año y las proyectadas para el año próximo a escala 1:500, 1:1.000 ó 1:5.000, junto con perfiles longitudinales y transversales a la misma escala.
- Plano de labores de restauración realizadas durante el último año y las proyectadas para el año próximo a escala 1:500, 1:1.000 ó 1:5.000, junto con perfiles longitudinales y transversales a la misma escala.
- Memoria anual de restauración y condiciones ambientales.
- Informe anual de vigilancia ambiental.
- Memoria anual o documento con las fichas de resultados obtenidos del control del polvo respirable.
Adicionalmente, según proceda:
- Disposiciones internas de seguridad (si existe alguna nueva).
- Memoria sobre el factor de agotamiento.
- Fotografías de la explotación.
- Otros documentos
El titular, explotador legal o su representante, presentará por SEDE Electrónica de la Junta de Extremadura la solicitud de Aprobación del Plan de Labores de Explotaciones de Recursos de la Sección C) o D), indicando el nombre y código de la concesión de explotación, junto con el código del plan de labores y el código PLAMINEX, acompañada de la siguiente documentación:
- Actualización del Documento sobre Seguridad y Salud, aprobado por la Dirección Facultativa y que deberá estar firmado electrónicamente por sus autores, por el titular o su representante legal y por la Dirección Facultativa. Si de la revisión de los controles periódicos de las medidas de seguridad y salud, previstos en el Real Decreto 1389/1997, de 5 de septiembre, resultara que no se produce ninguna modificación de dichas medidas, el solicitante deberá declarar bajo su responsabilidad dicha circunstancia en el apartado 5 de la solicitud de aprobación del Plan de Labores.
- Tasas, en caso de no incluir los datos en el apartado 6 de la solicitud.
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Normativa
- Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (B.O.E. Nº 176, DE 24-07-73)
- Ley 54/1980, de 5 de noviembre, de modificación de la Ley de Minas, con especial atención a los recursos minerales energéticos (B.O.E. Nº 280, DE 21-11-80)
- Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería. (BOE nº 295, de 11/12/1978)
- Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el reglamento general de normas básicas de seguridad minera. (BOE nº 140, de 12/06/1985)
- Real Decreto 107/1995, de 27 de enero, por el que se fija criterios de valoración para configurar la sección A) de la Ley de Minas (B.O.E. Nº 41, DE 17-02-95)
- Real Decreto 1389/1997, de 5 de septiembre, por el que se aprueban las disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en las actividades mineras. (BOE nº 240, de 07/10/1997)
- Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras. (B.O.E. Nº 143, de 13-06-09)
- Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. (B.O.E. Nº 23, de 26-01-08)
- Orden ITC/101/2006, de 23 de enero, por la que se regula el contenido mínimo y estructura del documento sobre seguridad y salud para la industria extractiva. (BOE nº25, de 30/01/2006).
- Resolución de 3 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se hace pública la disponibilidad de la tramitación por medios electrónicos del procedimiento Aprobación de Planes de Labores de Explotaciones de recursos de las secciones C o D.
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Industria, Energía y Minas
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Estimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
Dirección General de Industria, Energía y Minas
Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera. Unidad de Badajoz
Avenida Miguel de Fabra, 4
06071, Badajoz
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
Dirección General de Industria, Energía y Minas
Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera. Unidad de Cáceres
Avenida Clara Campoamor, 2
10071, Cáceres -
Preguntas frecuentes
Los Planes de Labores se ajustarán al modelo oficial aprobado por la Dirección General con competencias en materia de minas. Deberá ser cumplimentado a través de la Aplicación PLAMINEX, en la url: http://plaminex2.juntaex.es/
Una vez cumplimentado, firmado y terminado el Plan de Labores, se genera el Código PLAMINEX que deberá ser incluido dentro punto 4 "Datos del Plan de Labores" de la Solicitud en SEDE Electrónica de la Junta de Extremadura.