Otorgamiento de concesión de explotación minera derivada de un permiso de investigación

Otorgamiento de una concesión derivada de un permiso de investigación minera, una vez que se haya puesto de manifiesto de modo suficiente la existencia de uno o varios recursos minerales y, siempre, dentro del plazo de vigencia del permiso de investigación

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
1/10/2024
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Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    No sujeto a plazo de presentación, pero siempre dentro del plazo de vigencia del permiso de investigación.

  • Finalidad

    Otorgar concesiones de explotación derivadas de permisos de investigación con el fin de aprovechar los recursos mineros incluidos en: - Sección "C": yacimientos no incluidos en la sección "A" (Áridos), "B" (Aguas minerales, escombreras, estructuras subterráneas), o "D". - Sección "D": carbones, rocas bituminosas y yacimientos de interés energético.

  • Destinatarios

    Titulares de permisos de investigación minera.

  • Requisitos

    - El solicitante debe tener capacidad de obrar; acreditar que no esté incurso en prohibiciones de contratar con la Administración Pública, de conformidad con la Ley de Contratos del Sector Público; que se encuentra al corriente de las obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado y de la Comunidad Autónoma de Extremadura; que se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social; y que su solvencia técnica y económica sea suficiente.

    - El recurso mineral ha de estar suficientemente conocido y ha de estimarse viable su aprovechamiento racional.

    - La extensión solicitada mínima deberá ser de 1 cuadrícula minera y la máxima no podrá exceder de 100 cuadrículas mineras.

  • Documentación

    • Solicitud formalizada en el modelo oficial, con la designación del terreno solicitado que, en todo caso, deberá estar comprendido dentro del otorgado para el permiso de investigación. Se presentará en la Unidad del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera a que afecte el terreno solicitado (opcionalmente para las personas físicas) o bien en el Registro Electrónico de la Junta de Extremadura (opcionalmente para las personas físicas y obligatoriamente para las personas jurídicas), dirigida al Director/a General de Industria, Energía y Minas. Si la designación del terreno afectase a más de una provincia, se presentará en la que comprenda la mayor extensión solicitada.

    Junto con la solicitud se deberá presentar:

    • Escritura, acuerdo, acta o documento de constitución, fundación o creación, según corresponda, junto con los Estatutos de la sociedad, en el caso de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica, inscrito en Registro oficial cuando la legislación sectorial aplicable así lo exija.
    • Copia de la escritura de poderes del representante legal del solicitante.
    • Declaración responsable firmada por el representante legal del solicitante, en la que se declare que no esta incurso en prohibiciones de contratar, de conformidad con la Ley de Contratos del Sector Público.
    • Certificado que acredite que el solicitante se encuentra al corriente de las obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado en formato electrónico (pdf) o autorización expresa al órgano instructor para que recabe de oficio esos datos.
    • Certificado que acredite que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social o en su defecto documento de no oposición para recabar datos relativos al cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
    • Certificado que acredite que el solicitante no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura o en su defecto documento de no oposición para recabar datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Autonómica de Extremadura.

    Junto con la Solicitud o en un plazo máximo de tres meses, contados desde la fecha de presentación de la solicitud, se deberá presentar:

    • Informe detallado de la naturaleza geológica del yacimiento o criadero, investigaciones realizadas y resultados obtenidos, con expresión de los recursos y reservas, todo ello firmado por el titulado competente.
    • Estudio de factibilidad y proyecto de aprovechamiento del recurso o recursos de que se trate, que incluirá: Memoria sobre el sistema de explotación, esquema de la infraestructura, programa de trabajo, presupuesto de las inversiones a realizar y estudio económico de su rentabilidad, y fuentes de financiación, con las garantías que se ofrezcan sobre su viabilidad. Se incluirán, en su caso, los proyectos correspondientes a las instalaciones de concentración o de beneficio de los minerales. Todo ello deberá ser suscrito por titulado de Minas conforme a su competencia y visado por su Colegio profesional.
    • Documento sobre Seguridad y Salud, ajustado a la Orden ITC/101/2006, de 23 de enero, por el que se regula el contenido mínimo y estructura del documento de seguridad y salud para la industria extractiva.
    • Estudio de Impacto ambiental requerido por la legislación de evaluación de impacto ambiental en función del tipo de evaluación aplicable.
    • Solicitud de autorización del plan de restauración que contendrá la propuesta de categoría de las instalaciones de residuos mineros, si procede, la identidad de la entidad explotadora y la proposición de garantía financiera o equivalente que corresponda, según los artículos 41, 42 y 43 del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.
    • Plan de restauración que incluirá el plan de gestión de residuos mineros y la ubicación propuesta de las instalaciones de residuos mineros, así como cualquier otras ubicaciones alternativas, con el contenido mínimo especificado en el Real Decreto 975/2009.
    • Información necesaria para que la autoridad competente pueda elaborar el plan de emergencia exterior en caso de que el solicitante pretenda la construcción de una instalación de residuos mineros clasificada como A, con exclusión de aquellas que estén en el ámbito de aplicación de la reglamentación vigente sobre control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.
    • Justificación documental del cumplimiento del trámite de evaluación de impacto ambiental del proyecto ante el organismo competente.
    • Documentación por la que se acredite la solvencia económico-financiera del titular peticionario para asegurar el cumplimiento del plan de restauración, de acuerdo con la legislación de contratos del sector público, mediante la aportación de alguno de los siguientes medios:
      • Si el empresario está inscrito en el Registro Mercantil, por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en dicho registro, de los tres últimos años.
      • Si el empresario no está inscrito en el Registro Mercantil, por las depositadas en el Registro oficial en el que deba estar inscrito, de los tres últimos años.
      • Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil, por alguno de los siguientes:
        • Mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil, de los tres último años.
        • Mediante la acreditación de los rendimientos de actividades económicas reflejados en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de los tres últimos años.
        • Mediante la acreditación del volumen de ventas reflejado en la declaración del Impuesto sobre el Valor Añadido, de los tres últimos años.
    • Documentación acreditativa de la solvencia técnica del titular peticionario para asegurar el cumplimiento del plan de restauración, de acuerdo con la legislación de contratos del sector público, mediante la presentación de:
      • Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza a los proyectados, durante los cinco últimos años, con indicación del importe, fecha y destinatario de los mismos. O bien, mediante la presentación de los siguientes documentos
      • Declaración del solicitante indicando el personal técnico o las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el proyecto, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes.
      • Declaración del solicitante indicando la maquinaria, material y equipo técnico que dispondrá para la ejecución de los trabajos previstos en el plan de restauración, acompañada de la documentación acreditativa correspondiente.

    La solvencia económica/financiera y técnica podrá basarse en la solvencia de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que para la ejecución del plan de restauración, disponga efectivamente de esos medios y no esté incursa en prohibiciones para contratar con la Administración, aportando la documentación descrita en los apartados anteriores, junto con el oportuno compromiso por escrito entre ambas entidades para la ejecución de los trabajos previstos en el plan de restauración de la concesión de explotación solicitada.

    Junto con la solicitud o en un plazo no superior a 30 días naturales se deberá presentar, a contar desde la fecha de presentación de la Solicitud:

    • Justificante del abono de tasas oficiales. Si se abonan antes de presentar la solicitud sólo será preciso indicar los datos del Modelo 50 ya abonado en el apartado 5 "Expone" de la solicitud. Si son pagadas con posterioridad a la presentación de la Solicitud, deberá acreditarse el abono de la tasa en un plazo no superior a 30 días naturales, a contar desde la fecha de presentación de la Solicitud.
  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Industria, Energía y Minas
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad
    Dirección General de Industria, Energía y Minas
    Paseo de Roma,
    06800, Mérida
    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Industria, Energía y Minas
    Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera
    Paseo de Roma,
    06800, Mérida