Subvenciones para el mantenimiento de puestos de trabajo de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo - Juntaex.es
Subvenciones para el mantenimiento de puestos de trabajo de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo - Juntaex.es
Subvenciones para el mantenimiento de puestos de trabajo de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo
Subvenciones parciales del coste salarial de cada trabajador discapacitado en plantilla de los Centros Especiales de Empleo.
Lea los requisitos y tramite
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Plazo de presentación
Desde: 03/12/2024 Hasta: 30/06/2025Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la finalización del mes por el que se solicita la subvención.
Se habilita un plazo de 1 mes desde el 03/12/2024 para que puedan presentarse solicitudes correspondientes a los meses que no pudieron ser presentadas en la convocatoria anterior por finalización de la vigencia de la misma.
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Finalidad
Contribuir al mantenimiento de los puestos de trabajo de las personas con discapacidad que trabajan en los Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura. -
Destinatarios
Centros Especiales de Empleo que hayan obtenido su calificación e inscripción en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y que no se encuentren incursos en alguna causa de descalificación.
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Requisitos
Requisitos generales de las entidades beneficiarias:
- Los Centros Especiales de Empleo deberán estar calificados e inscritos en el Registro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Que el centro de trabajo donde la persona objeto de subvención preste sus servicios habitualmente, o al que quede adscrita según su acuerdo de trabajo a distancia (teletrabajo), esté en situación de alta en un código de cuenta de cotización a la Seguridad Social que corresponda a las provincias de Badajoz o Cáceres.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma, con carácter previo a la emisión de la propuesta de resolución favorable de concesión de la ayuda, así como en el momento en que se vaya a proceder al pago de la ayuda concedida.
- No estar incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Tener implantado un plan de Igualdad de Género cuando el centro especial de empleo solicitante esté obligado a ello, según el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Requisitos específicos del Programa II:
- Las personas trabajadoras con discapacidad por los que se solicite la ayuda, deberán estar con contrato vigente en el Centro Especial de Empleo y en situación de alta en Seguridad Social en el mes por el que se solicita la subvención.
- El salario mensual que el centro abone como conceptos salariales en las nóminas de las personas trabajadoras con discapacidad deberá ser el fijado en las tablas salariales del convenio vigente y, en cualquier caso, igual o mayor al Salario Mínimo Interprofesional vigente.
- El Centro Especial de Empleo deberá haber abonado a las personas trabajadoras con discapacidad en plantilla, el salario correspondiente mediante transacción bancaria, no admitiéndose los pagos en metálico.
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Cuantía
Cuantía de la subvención
La cuantía de la subvención por cada persona trabajadora con discapacidad se establecerá aplicando un porcentaje al salario mínimo interprofesional vigente en función de la jornada realizada, atendiendo a los tipos y grados de discapacidad de las personas destinatarias últimas:
- Se establece una cuantía equivalente al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente para:
- Personas con parálisis cerebral, personas con trastorno de la salud mental, personas con discapacidad intelectual o personas con trastorno del espectro del autismo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %.
- Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%.
- Se establece una cuantía equivalente al 60 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente para:
- Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad inferior al 65%.
- Personas pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez y las personas pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
Fuente de Financiación
Las ayudas se financian con fondos procedentes del estado
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Documentación
DOCUMENTACIÓN OPCIONAL (OBLIGATORIA SI NO AUTORIZA O SE OPONE A SU CONSULTA DE OFICIO) En caso de nuevas contrataciones será necesario aportar además de la relacionada en el apartado 2 , los siguientes documentos:
- Anexo de autorización para el acceso a datos personales debidamente cumplimentado por cada una de las contrataciones realizadas objeto de solicitud de ayuda. (pdf), que estará disponible en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es dentro del correspondiente trámite, en el supuesto de que conste oposición expresa a la consulta de los datos, deberá aportarse la correspondiente documentación.
- Comunicación de los contratos de las personas trabajadoras con discapacidad por los que se solicita subvención, en formato electrónico (pdf), cuando la persona trabajadora no autorice expresamente en el anexo de autorización para el acceso a datos personales a que sean consultadas de oficio.
- Informe expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral de cada persona trabajadora con discapacidad por la que se solicita la subvención en formato electrónico (pdf), cuando la persona trabajadora no autorice expresamente en el anexo de autorización para el acceso a datos personales a que sean consultadas de oficio.
- Certificado de discapacidad completo de las personas trabajadoras objeto de las nuevas contrataciones, o documento acreditativo de tal condición en formato electrónico (pdf), cuando la persona trabajadora no autorice expresamente en el anexo de autorización para el acceso a datos personales a que sean consultadas de oficio.
DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA Para cada solicitud de subvención correspondiente a los meses de enero a diciembre
- Relación de la totalidad de la plantilla de las personas trabajadoras del centro especial de empleo ordenada alfabéticamente con indicación de aquellas personas por las que se solicita subvención salarial según modelo ¿Anexo de relación nominal de la plantilla del centro especial de empleo¿, que estará disponible en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es dentro del correspondiente trámite.
- Relación de las incidencias producidas en las contrataciones de las personas con discapacidad, ordenada alfabéticamente, donde conste la declaración de días trabajados e incidencias de las personas con discapacidad por las que se solicita subvención. según modelo ¿Anexo de incidencias¿, que estará disponible en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es dentro del correspondiente trámite.
- Nóminas correspondientes al mes solicitado, debidamente firmadas por el centro especial de empleo, en formato electrónico (pdf).
- Justificantes bancarios del abono de las nóminas, por la entidad, la persona trabajadora objeto de subvención, en formato electrónico (pdf).
- Documentos de cotización a la Seguridad Social en el código de cuenta cotización (relación nominal de personas trabajadoras), correspondientes al mes por el cual se solicita la subvención con el justificante de pago, en formato electrónico (pdf).
- En los supuestos de suspensión de la relación laboral objeto de subvención, por alguna de las causas reguladas en la legislación vigente, deberá aportar la documentación justificativa de dicha circunstancia, en formato electrónico (pdf).
Para la subvención correspondiente a las pagas extraordinarias correspondiente a los meses de junio y diciembre deberán acompañar la siguiente documentación:
- Relación de la totalidad de la plantilla de las personas trabajadoras del centro especial de empleo ordenada alfabéticamente con indicación de aquellas personas por las que se solicita subvención salarial según modelo ¿Anexo de relación nominal de la plantilla del centro especial de empleo¿, firmado por la persona que ostente la representación legal del mismo, que estará disponible en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es dentro del correspondiente trámite.
- Nóminas correspondientes al mes solicitado, debidamente firmadas por el centro especial de empleo, en formato electrónico (pdf).
- Justificantes bancarios del abono de las nóminas, por la entidad, a la persona trabajadora objeto de subvención, en formato electrónico (pdf).
- Documentos de cotización a la Seguridad Social en el código de cuenta cotización (relación nominal de personas trabajadoras), correspondientes al mes por el cual se solicita la subvención con el justificante de pago, en formato electrónico (pdf).
DOCUMENTACIÓN OPCIONAL (OBLIGATORIA SI NO AUTORIZA O SE OPONE A SU CONSULTA DE OFICIO) Para cada solicitud de subvención correspondiente a los meses de enero a diciembre
- Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, en formato electrónico (pdf), o autorización expresa en el anexo de solicitud al órgano instructor para que recabe de oficio esos datos.
- Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, en formato electrónico (pdf), o autorización expresa en el anexo de solicitud al órgano instructor para que recabe de oficio esos datos.
- Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en formato electrónico (pdf), o autorización expresa en el anexo de solicitud al órgano instructor para que recabe de oficio esos datos.
- Acreditación de la representación legal la entidad solicitante, mediante poder suficiente, en el caso de que se oponga a su obtención marcando la casilla correspondiente en el anexo de solicitud, en formato electrónico (pdf). Cuando la entidad no se oponga a su consulta, para la comprobación de oficio del documento de representación legal por el órgano gestor, la entidad deberá indicar el Código Seguro de Verificación (CSV) en el anexo de solicitud. En caso de no aportar dicho código, la entidad deberá aportar el documento de representación.
- En el caso de que durante el mes objeto de solicitud, se produjeran variaciones de situación o bajas definitivas en la relación contractual, Informe expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral de cada persona trabajadora por el que se solicita la subvención o autorización expresa al órgano instructor en el anexo de autorización para el acceso a datos personales para que recabe de oficio esos datos, en formato electrónico (pdf).
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Solicitud y Anexos
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Normativa
- ORDEN de 10 de agosto de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura
- RESOLUCIÓN de 15 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2025.
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Empleo
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden: <p style="text-align: justify;">Recurso de alzada.
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Más información
https://extremaduratrabaja.juntaex.es/ayudas/centros_especiales_empleo_programaii
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Órgano gestor
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE)
Dirección General de Empleo
Servicio de Fomento del Empleo
Avenida Valhondo,
06800, Mérida