Apertura o reanudación de actividad de centros de trabajo - Juntaex.es
Apertura o reanudación de actividad de centros de trabajo - Juntaex.es
Apertura o reanudación de actividad de centros de trabajo
Comunicación de apertura o reanudación de actividad de centros de trabajo.
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Plazo de presentación
Antes del comienzo de la actividad en obras de construcción o hasta los 30 días siguientes al inicio en otro tipo de centros de trabajo.
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Finalidad
Recibir la comunicación de los centros de trabajo por iniciación de la actividad, ampliaciones y/o transformaciones de importancia. -
Destinatarios
Empresas y entidades.
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Requisitos
La obligación de efectuar la comunicación incumbe al empresario, cualquiera que sea la actividad que realice, con independencia de las comunicaciones que deban efectuarse o de las autorizaciones que deban otorgarse por otras autoridades, de conformidad con el anexo del Real Decreto-ley 1/1986, de 14 de marzo, o con la normativa vigente en cada caso.
Los conceptos de empresario y de centro de trabajo serán los expresados en sus definiciones positivas, de conformidad al ordenamiento jurídico social.
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Documentación
- Comunicación de apertura o reanudación de la actividad a presentar a través de la Sede electrónica.
- Plan de seguridad y salud en el trabajo aprobado en obras de contrucción con proyecto (exclusivamente en centros de trabajo considerados obras de construcción que requieran la elaboración de un proyecto de obra).
- Acta de aprobación del Plan de Seguridad y Salud por parte del Coordinador de Seguridad y Salud en obras de promoción privada o por la Administración Pública que promueve la obra, en obras de promoción pública.
- Evaluación de riesgos en obras de construcción sin proyecto (exclusivamente en centros de trabajo considerados obras de construcción que no requieran la elaboración de un proyecto de obra).
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Normativa
- Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. (BOE nº 308, de 23-12-209)
- Orden TIN/1071/2010, de 27 de abril, sobre los requisitos y datos que deben reunir las comunicaciones de apertura o de reanudación de actividades en los centros de trabajo (BOE de 1 de mayo de 2010)
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo
- Efecto silencio administrativo: No Aplica
- Fin vía administrativa: Sí
- Impugnación vía administrativa: No
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Más información
- MANUAL DE INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DE LA SOLICITUD ON-LINE EN SEDE ELECTRÓNICA
- CENTRO EXTREMEÑO DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL-BADAJOZ
POLIG. INDUSTRIAL "EL NEVERO", AVENIDA MIGUEL DE FABRA, 4. 06006 , BADAJOZ
- CENTRO EXTREMEÑO DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL-CÁCERES
POLIG. LAS CAPELLANIAS S/N. 10005 , CACERES
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Órgano gestor
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
Dirección General de Trabajo
Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo
Avenida Valhondo,
06800, Mérida