Solicitud de autorización de intervenciones en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.

Autorización de intervenciones en el Patrimonio Histórico y Cultural

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
19/9/2023
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Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    No sujeto a plazo de presentación.

  • Finalidad

    Este trámite permite la obtención de autorización de las intervenciones que se promueven en inmuebles o ámbitos protegidos (Bienes de Interés Cultural, Inventariados, edificios o elementos catalogados en la normativa urbanística, así como viviendas situadas dentro de los límites de un conjunto histórico que no cuente con Plan Especial). 
  • Destinatarios

    Cualquier persona física o jurídica.

  • Documentación

    Para que las intervenciones en inmuebles y espacios protegidos puedan ser valoradas y aprobadas por parte de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, los promotores, a través de los Ayuntamientos, deberán remitir la siguiente documentación: 

    1. Memoria técnica con una justificación de la intervención, plano de ubicación del inmueble, planos del estado actual del edificio o zona de actuación, reportaje fotográfico del bien y de su entorno, y planos de la propuesta (con detalle suficiente para entender la misma). 

    2. En el caso de los Bienes de Interés Cultural será además necesario presentar un informe sobre su importancia artística, histórica y/o arqueológica, por profesionales de la materia.

    Nota: Los proyectos de intervención e informes irán suscritos por técnico competente.

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Unidad de Protección del Patrimonio Cultural
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y cuando se trate de administraciones públicas los previstos en la la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

  • Más información

    En relación a este procedimiento hay que tener en cuenta lo siguiente: 

    1. Los Ayuntamientos no podrán otorgar licencia de obra ni dictar actos equivalentes - que habiliten actuaciones de edificación y uso del suelo -, en inmuebles o espacios protegidos, sin obtener la autorización previa de la consejería competente en materia de protección del patrimonio cultural. 

    2. Serán los Ayuntamientos quienes recaben de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural la autorización señalada, dentro de la tramitación de expediente de otorgamiento de licencia urbanística.

    3. En los conjuntos históricos que cuenten con Plan Especial, los Ayuntamientos comunicarán a la consejería competente en materia de protección del patrimonio cultural las licencias otorgadas, siempre dentro del plazo establecido por ley (10 días tras la concesión de la licencia).

    4. Las Comisiones Provinciales de Patrimonio Histórico, una para la provincia de Cáceres y otra para la provincia de Badajoz, son los órganos asesores colegiados que valoran los proyectos y propuestas de intervención, que se presentan ante la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural para su aprobación. Su composición, tareas y funcionamiento aparecen reguladas en el Decreto 90/2001, de 13 de junio, modificado por Decreto 191/2013, de 15 de octubre.

    5. Frente a las obras realizadas sin autorización o apartándose del contenido de la autorización otorgada, el Ayuntamiento o, en su caso, la consejería competente en materia de protección del patrimonio cultural, requerirá al promotor de las mismas la restitución de los valores afectados, mediante actuaciones de demolición, reconstrucción y/o edificación. Estas intervenciones se harán con cargo al responsable de la infracción, en los términos previstos por la legislación urbanística y patrimonial.

  • Órgano gestor

    Consejería de Cultura, Turismo y Deportes
    Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
    Unidad de Protección del Patrimonio Cultural
    Avenida Valhondo, s/n
    06800, Mérida