Ayudas para el fomento del relevo generacional en los talleres artesanos - Juntaex.es
Ayudas para el fomento del relevo generacional en los talleres artesanos - Juntaex.es
Ayudas para el fomento del relevo generacional en los talleres artesanos
Ayudas para el fomento del relevo generacional en los talleres artesanos
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Plazo de presentación
Desde: 22/01/2025 Hasta: 30/06/2025
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda se iniciará a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria y el presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura y finalizará el 30 de junio de 2025, o en su caso hasta el agotamiento del crédito presupuestario.
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Finalidad
Dar continuidad a empresas artesanas que de otro modo se verían abocadas al cierre, debido a la jubilación, incapacidad permanente, fallecimiento del titular u otra causa sobrevenida.
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Destinatarios
Las personas físicas y jurídicas, incluyendo las comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica propia, que se encuentren inscritas en el Registro de Artesanos y Empresas Artesanas de la Comunidad Autónoma de Extremadura y que desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Requisitos
Inscripción en el Registro de Artesanos y Empresas Artesanas de la Comunidad Autónoma de Extremadura y que desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El hecho subvencionable será la celebración del contrato, siempre y cuando responda a las siguientes condiciones y características:
a) Sea celebrado con personas que cumpliendo las condiciones específicas de subvencionabilidad establecidas en el presente decreto, y además, que las personas contratadas cumplan los siguientes requisitos:
- Que sea mayor de 16 años y menor de 30 años en el momento de la solicitud.
- Que estuviera desempleada al día de la contratación.
- Que no hubiera prestado servicios en los seis meses anteriores, mediante contratos de duración determinada durante un período, continuo o discontinuo, superior a 30 días efectivamente trabajados según vida laboral, en la misma empresa contratante o vinculadas.
- Que el contrato de trabajo tenga carácter indefinido y a jornada completa. El beneficiario estará obligado a mantener el empleo durante un periodo mínimo de 3 años.b) El contrato establecerá un periodo de prueba con los límites que establezca la legislación laboral, en el que el aprendiz tendrá los derechos y obligaciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeñe. Durante este periodo, la relación laboral podrá ser resuelta a instancia de cualquiera de las partes.
c) Que la beneficiaria tenga un código de cuenta de cotización a la Seguridad Social que corresponda a las provincias de Badajoz o Cáceres.
La retribución que percibirá el aprendiz será determinada en el contrato, con arreglo al convenio de aplicación por el que se rija. La diferencia que pudiera producirse entre el coste total de la contratación y la subvención concedida será asumida por el artesano o la empresa artesana.
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Cuantía
Las ayudas consistirán en una subvención directa por importe de 30.000 euros, que será abonadas en tres anualidades 12.000, 10.000 y 8.000 euros, respectivamente, para el primer, segundo y tercer año de contratación.
Estas ayudas están sometidas a las disposiciones del Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), y se encuentran encuadradas en el programa FSE+ Extremadura 2021- 2027, Objetivo político 4 Una Europa más social e inclusiva, por medio de la aplicación del pilar europeo de derechos sociales , dentro de la Prioridad 5 Empleo juvenil, Objetivo específico, mejorar el acceso al empleo y a medidas de activación de todos los demandantes de empleo, y en particular de las personas jóvenes, especialmente a través de la aplicación de la Garantía Juvenil, de los desempleados de larga duración y los grupos desfavorecidos en el mercado laboral, y de las personas inactivas, así como mediante la promoción del empleo por cuenta propia y la economía social, con la cofinanciación del 85 % por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
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Documentación
DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA:
- Instancia solicitud debidamente cumplimentada en todos sus apartados y firmada electrónicamente, conforme al modelo del Anexo I.
- Memoria explicativa de la contratación.
- Copia del contrato celebrado y de la comunicación al Sexpe.- Modelo de declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) para los beneficiarios, Anexo V.
DOCUMENTACIÓN OPCIONAL:
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, con el Estado, frente a la Seguridad Social y con la Hacienda autonómica:
- Certificado que acredite que la persona participante se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
- Certificado que acredite que la persona participante no tiene deudas la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Certificado que acredite que la persona participante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado.
- En el caso de comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica propia:
- Los compromisos de ejecución asumidos por cada comunero, así como el importe de la subvención a aplicar a cada uno de ellos, debiendo nombrar un representante. Para ello se cumplimentará el Anexo II.
- Declaración de que el solicitante no está incurso en ninguna de las causas de prohibición contenidas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Para ello se cumplimentará el Anexo III.
- Alta en IAE.
- Copia de la escritura de Constitución de la Sociedad y de sus modificaciones y poder de representación legal.
- Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral del joven contratado.
- Informe de la vida laboral del solicitante con todos los códigos de cuenta de cotización de Extremadura, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Autorización de la persona trabajadora Anexo VI.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlaces a anexos: -
Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
Servicio de Comercio Interior y Artesanía
Paseo de Roma, s/n
06800, Mérida