Ayudas para la mejora de las capacidades avanzadas de las pymes del sector del comercio al por menor

Ayudas para la mejora de las capacidades avanzadas de las pymes del sector del comercio al por menor, dirigidas a empresas que ejerzan una actividad minorista con carácter principal y que tengan un establecimiento comercial ubicado en la Comunidad Autónoma de Extremadura

En plazo

Fecha de actualización
:
23/10/2024
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Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Desde: 11/10/2024 Hasta: 31/07/2025

    El plazo para presentar las solicitudes de ayudas se iniciará a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria y su correspondiente extracto en el Diario Oficial de Extremadura y finalizará el día 31 de julio de 2025.

  • Finalidad

    Apoyar proyectos de contenido tecnológico, innovador, integrador y sostenible, así como inversiones productivas, para mejorar su competitividad.
  • Destinatarios

    Pequeñas y medianas empresas del sector comercio.

  • Requisitos

    a) Que constituyan una pequeña y mediana empresa comercial que ejerza una de las actividades comerciales minoristas detalladas en el anexo A con carácter principal.

    Si en el establecimiento comercial se desarrollan actividades elegibles y no elegibles, tendrá el carácter de principal la actividad que suponga un mayor porcentaje de facturación.

    El solicitante indicará la actividad principal de la empresa en el apartado correspondiente de la solicitud. No obstante, el órgano gestor podrá solicitar la información adicional que considere necesaria para su verificación.

    b) Que el establecimiento comercial para el que se solicita la ayuda esté ubicado dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Cuantía

    Las ayudas reguladas en el presente Decreto consistirán en una subvención del 60% de los gastos elegibles, con un límite máximo global de ayuda por establecimiento de 30.000 euros.

    Si el proyecto se hace en localidades menores a 5000 habitantes, la intensidad de la ayuda será de un 75 %. El límite máximo de ayuda por establecimiento seguirá siendo de 30.000 euros.

    La cuantía total de la convocatoria de ayudas asciende a 3.000.000,00 euros, y su imputación presupuestaria es la siguiente: 1.500.000,00 euros con cargo al presupuesto de 2024 y 1.500.000,00 euros con cargo al presupuesto de 2025.

    El coste de las acciones previstas será imputado a las partidas presupuestarias contenidas en el Programa 341A Comercio de Calidad y Artesanía Extremeña, con cargo al centro gestor 140030000, aplicación presupuestaria 14003341A77000, código de proyecto de gasto 20230017 denominado ayudas para la mejora de las capacidades avanzadas de las pymes comerciales.

  • Documentación

    DOCUMENTACIÓN REQUERIDA EN TODO CASO

    - Anexo V. Modelo de declaración de ausencia de conflicto de intereses ( DACI) para los beneficiarios.
    - Memoria descriptiva de las inversiones a realizar.
    - Memoria valorada/Proyecto técnico.
    - Cronograma de ejecución.
    - Facturas proforma o presupuestos de las inversiones por las que se solicita la subvención.

    OTRA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

    - En el caso de comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica propia (ESPJ), Anexo II. Declaración expresa y responsable. Esta declaración, que estará accesible en el apartado Anexos de la ficha correspondiente y deberá presentarse en formato electrónico (pdf).

    - En el caso de comunidades de bienes y ESPJ, Anexo III. Esta declaración, que estará accesible en el apartado Anexos de la ficha correspondiente y deberá presentarse en formato electrónico (pdf).

    - En caso de persona jurídica se aportará además copia de la escritura de Constitución de la Sociedad y de sus modificaciones y el poder del representante legal o nota simple actualizada del registro mercantil. 

    - En el caso de empresas de nueva creación o de nuevos establecimientos, compromiso de aportar el Alta en el Censo de Actividades Económicas (Declaración censal modelo 036) indicándose el epígrafe en el que lo harán.

    - En el caso de comunidades de bienes y/o ESPJ, los Estatutos y modificaciones posteriores.

    - En el caso de que la inversión conlleve obra civil, fotografías en las que se muestre el estado anterior a la ejecución de la actividad para la que se solicita la ayuda.

    - En el caso de que se dispusiese TPV, fotografías que acrediten sus existencia.

    - Poder de representación legal o mandato de representación.

    EN CASO DE NO HABER PRESTADO SU CONSENTIMIENTO O HABERSE OPUESTO EXPRESAMENTE PARA RECABAR DE OFICIO LOS DATOS

    - Certificado de situación en el Censo de Actividades Económicas.

    - Certificado que acredite que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.

    - Certificado que acredite que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    - Certificado que acredite que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Hacienda del Estado

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

    Las ayudas para la mejora de las capacidades avanzadas de las pymes del sector del comercio al por menor, son ayudas a fondo perdido, dirigidas a empresas que ejerzan una actividad minorista con carácter principal y que tengan un establecimiento comercial ubicado en la Comunidad Autónoma de Extremadura.


  • Órgano gestor

    Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
    Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
    Servicio de Comercio Interior y Artesanía
    Paseo de Roma,
    06800, Mérida