Inventario de fuentes radiactivas encapsuladas de alta actividad

Comunicación de Inventario de fuentes radiactivas encapsuladas de alta actividad

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
25/11/2024
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Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Abierto todo el año.

  • Finalidad

    Presentación de la hoja de inventario de fuentes radiactivas encapsuladas de alta actividad por el poseedor autorizado de fuentes radiactivas, se presenta por alguna de las siguientes causas: Apertura de la hoja de inventario, inmediatamente después de la adquisición de la fuente, comunicación periódica del primer trimestre del año natural, cambio en la localización o en el almacenamiento habitual de la fuente, clausura de la hoja de inventario de una fuente determinada, solicitud de la autoridad competente.
  • Destinatarios

    Poseedores responsables de una fuente radiactiva, con arreglo a lo establecido en el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas, incluidos los fabricantes, proveedores y usuarios de las fuentes, pero con exclusión de las instalaciones reconocidas.

  • Requisitos

    Ser poseedor responsable de una fuente radiactiva encapsulada, ya sea persona física o jurídica, con arreglo a lo establecido en el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactiva que deban realizar la presentación de la comunicación de hoja de inventario de fuentes radiactivas encapsuladas de alta actividad por las siguientes causas:

    - Apertura de la hoja de inventario, inmediatamente después de la adquisición de la fuente.

    - Comunicación periódica del primer trimestre del año natural.

    - Cambio en la localización o en el almacenamiento habitual de la fuente.

    - Clausura de la hoja de inventario de una fuente determinada. (1)

    - Por solicitud de la autoridad competente.

    - (1) Se comunica la identificación del nuevo poseedor o la instalación reconocida a la que se transfiere la fuente.

    -Cumplimentar debidamente el modelo de comunicación oficial publicado.

    -Acompañar la hoja inventario establecida para ello, debidamente cumplimentada. (Obligatorio)

    Este trámite se debe realizar:

    Íntegramente por medios electrónicos iniciando el procedimiento desde la SEDE.

  • Documentación

    Obligatoria:

    Hoja de Inventario normalizada de fuentes radiactivas encapsuladas de alta actividad.(FAA)* (a)

    Condiciones bajo las que no será necesario adjuntar a la solicitud ciertos documentos.

    -Llamada (a) No será necesaria su presentación, si ha sido emitido por o presentado ante la Administración Pública, siempre que en el Anexo del que dispone esta comunicación, se indique el órgano que lo emitió o al que se presentó, la fecha de la emisión o presentación y el número del expediente en el que fue emitido o aportado y se manifieste el consentimiento para su consulta u obtención por el órgano instructor.

     

    Llamada (b): No será necesaria su presentación, si no se manifiesta en el apartado 6 de la comunicación, oposición expresa a la comprobación, por parte del órgano instructor del documento o de sus datos.

    Nota:

     (*) FAA. Modelo de Hoja de Inventario establecida en Anexo II del Real Decreto 229/2006, de 24 de febrero

     

    Documentos comunes y de identificación, (en su caso) (*)

    Copia de escrituras y sus estatutos, acuerdo, acta o documento de constitución, fundación o creación, según establezca la legislación específica aplicable, en el caso de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica, inscritos previamente en el registro, en caso de que dicha legislación así lo exija.  (a) (b)

    Copia del poder del representante legal de la empresa.(a) (b)

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:
  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Industria, Energía y Minas
    • Plazo para resolver: 4 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

    Tramitación:

    La tramitación, subsanación o mejora de las comunicaciones se realizará a través de los medios de presentación previstos.

    Las resoluciones que resuelvan las reclamaciones previstas serán inmediatamente ejecutivas, tal y como establece el artículo 98.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.


  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Industria, Energía y Minas
    Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera. Unidad de Badajoz
    Avenida Miguel de Fabra, 4
    06071, Badajoz
    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Industria, Energía y Minas
    Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera. Unidad de Cáceres
    Avenida Clara Campoamor, 2
    10071, Cáceres