Homologación e inscripción de sistemas de interconexión de máquinas

Solicitud de homologación e inscripción del sistema de interconexión en el Registro de Máquinas Recreativas.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
12/8/2024
Icono de información

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    No está sujeta a plazo. 

  • Finalidad

    La gestión y explotaciones de los sistemas de interconexión entre locales se realizará a través de las empresas prestadoras de servicios de interconexión, debidamente inscritas en el Registro de Empresas de Máquinas.
  • Destinatarios

    Empresas prestadoras de servicios de interconexión. 

  • Requisitos

    -Para la interconexión de máquinas será necesaria la previa homologación e inspección del sistema de interconexión por el órgano competente en materia de juego.

    -La gestión y explotación de los sistemas de interconexión entre locales se realizará a través de las empresas prestadoras de servicios de interconexión, debidamente inscrita en el registro de Empresas de Máquinas de Juego de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    -Los premios de los sistemas de interconexión podrán contemplar la acumulación de cantidades de dinero provenientes de las sumas jugadas, al objeto de constituir bolsas o premiso adicionales, que sólo podrán proveerse mediante la acumulación progresiva por la detracción de los correspondientes porcentajes de las máquinas interconectadas, estando prohibido dotar los mismos con cantidades fijas.

    -El premio acumulado no podrá suponer una disminución del porcentaje de devolución de cada una de las máquinas interconectadas.

    - El importe de los premios ofrecidos vendrá determinado por las suma de los premios que pueda entregar cada máquina interconectada, con los límites establecidos en el presente reglamento.

    -Una misma máquina sólo podrá formar parte de un sistema de interconexión en los locales de juego y de un sistema de interconexión entre locales de juego.

    - No podrán autorizarse la interconexión de máquinas entre distintos tipos de establecimientos de juego.

    -En todo dispositivo de interconexión deberá emitirse un informe mensual sobre los premios concedidos, con indicación de cada uno de los premios superiores a 2.500€ y de la identificación del jugador o jugadores que lo han obtenido y del Documento Nacional de identidad o equivalente de éstos, incidencias del sistema de interconexión y de las máquinas conectadas, suscrito por el representante legal de la empresa. Este informe deberá ser comunicado al órgano competente en materia de juego.

  • Documentación

    Junto con la solicitud deberá presentarse: 

    - Memoria descriptiva del sistema. 

    - memoria y programa del sistema.

    - Informe emitido por entidad acreditada por el órgano competente enmateria de juego que acredite los ensayos previos para las máquinas de tipo B y C. 

    - Planos del sistema. 

    - Tasa administrativa por servicios inherentes al juego, concretamente tasa por homologación del sistema. 

  • Representación voluntaria por medios electrónicos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Tributos
    • Plazo para resolver: 6 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: Sí
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de reposición. 

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Hacienda y Administración Pública
    Dirección General de Tributos
    Servicio de Juego
    Paseo De Roma,
    06800, Mérida