Ayudas para la creación, desarrollo y promoción de las franquicias extremeñas

Ayudas dirigidas a la creación, desarrollo y promoción comercial de las franquicias extremeñas

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
17/1/2025
Actual (long): 1744629550554 - Apr 14, 2025 11:19:10 AM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1737151200000 - Jan 17, 2025 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1739829540000 - Feb 17, 2025 9:59:00 PM
  • Plazo de presentación

    Desde: 18/01/2025 Hasta: 17/02/2025
  • Finalidad

    Estas ayudas tienen como finalidad dar apoyo a la creación de la franquicia, cofinanciando los gastos asociados a la elaboración de los manuales, del contrato de franquicia, el diseño de la imagen corporativa, así como la actualización de estos documentos cumpliendo determinados requisitos. Se apoya también la inversión en TIC.
  • Destinatarios

    Franquicias que cumplan los siguientes requisitos:
    a) Que tengan domicion fiscal en Extremadura.
    b) Que tengan registrada la marca en la Oficina Española de Pantentes y Marcas.
    c) Que tengan al menos 3 establecimientos en funcionamiento, ya sean propios o franquiciados, según se haga constar en la solicitud de ayuda.

     

  • Requisitos

     - Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las franquicias que cumplan los siguientes requisitos:

    a) Que tengan domicilio fiscal en Extremadura.

    b) Que tengan registrada la marca en la Oficina Española de Patentes y Marcas.

    c) Que tengan al menos tres establecimientos en funcionamiento, ya sean propios o franquiciados, según se haga constar en la solicitud de ayuda (Se justificará aportando la declaración responsable que figura como anexo I).

      - Además, los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Cuantía

    CUANTÍA:


    a) Creación de la franquicia:
        Las ayudas consistirán en una subvención del 40% de los gastos elegibles, con un límite máximo de 2.000 euros para manuales de franquicia, 500 euros para contrato de franquicia, 2.000 euros para diseño de la imagen corporativa y manuales y 1.000 euros para programa informático.

    b) Actualización de la documentación:
        Las ayudas consistirán en una subvención del 40% de los gastos elegibles, con un límite máximo de 1.000 euros para actualización de manuales de franquicia, 250 euros para actualización de contrato de franquicia y 1.000 euros actualización de la imagen corporativa

    c) Formación:
        Las ayudas consistirán en una subvención del 40% de los gastos elegibles, con un límite máximo global de 1.500 euros.
       
    d) Promoción y publicidad:
        Las ayudas consistirán en una subvención del 70 % de la inversión, con un límite máximo de 10.000 euros.

    Financiación:

    El coste de las acciones previstas en la presente convocatoria será imputado al centro gestor 140030000, posición presupuestaria G/341A/77000 y proyecto de gasto 20170246 denominado Plan Franquicias por un importe de 100.000,00 euros, financiado con fondos de la Comunidad Autónoma.

  • Documentación

    Documentación a presentar obligatoria

    • Instancia solicitud debidamente cumplimentada en todos sus apartados y firmada electrónicamente, ANEXO II
    • Memoria descriptiva de la ventaja competitiva de la franquicia.
    • Memoria descriptiva y económica de los gastos para los que se solicita ayuda.
    • Documentación justificativa del importe de los gastos.
    • Declaración responsable del Anexo IV.

    Documentación opcional

    • Datos identificativos del solicitante. Se presentará el NIF de la entidad, el poder del representante legal y el NIF del representante legal.
    • Las certificaciones de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado, frente a la Seguridad Social y con la Hacienda autonómica o autorización expresa para la consulta de oficio.
    • Certificado del organizador de la feria o evento, o bien el programa donde figure el listado de expositores.
    • En de comunidades de bienes y ESPJ, los compromisos de ejecución asumidos por cada comunero y el importe de la subvención a aplicar a cada uno de ellos y nombrar representante.
  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
    Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
    Servicio de Comercio Interior y Artesanía
    Paseo de Roma, s/n
    06800, Mérida