Registro de instalaciones de rayos X de diagnóstico médico y sus modificaciones

Declaración para el registro de instalaciones de rayos X de diagnóstico médico y sus modificaciones.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
1/3/2024
Icono de información

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Durante todo el año.

  • Finalidad

    Registro y modificación de los datos declarados, de equipos e instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico, incluyendo el uso médico-legal y veterinario: Nuevas instalaciones. Modificaciones, incluyendo: Cambio de ubicación, incorporación de equipos adicionales, retirada de equipos instalados, sustitución de equipos, modificación de la disposición general de la instalación.
  • Destinatarios

    Titulares de los equipos y las instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico, , incluyendo el uso médico-legal, y veterinario, radicadas en territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

     

  • Requisitos

    Antes de su puesta en funcionamiento las instalaciones de rayos X de diagnóstico médico, deberán ser declaradas por sus titulares ante el órgano competente en materia de industria de la Comunidad Autónoma en la que esté ubicada la instalación, es decir presentación del modelo de declaración establecido.

    La declaración debe ir acompañada, en función de la opción y tipo de declaración seleccionada, de la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento, aprobado por el Real Decreto 1085/2009, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico.

    Será de aplicación tanto para instalaciones nuevas como, para sus modificaciones (incorporación de equipos, retirada de equipos, sustitución de equipos, modificación de la disposición general de la instalación o cambios de ubicación de la instalación).

    Este trámite es íntegramente telemático.

  • Documentación

    Cumplimentar el modelo de declaración establecido, como formulario Web.

    La documentación que deba acompañar a la Declaración, se identificarán en el módulo informático para adjuntar documentación del que dispone esta declaración y que se mostrará, una vez que haya cumplimentado los datos de la misma:

    1) Copia de escrituras y sus estatutos, acuerdo, acta o documento de constitución, fundación o creación, según establezca la legislación específica aplicable, en el caso de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica, inscritos previamente en el registro, en caso de que dicha legislación así lo exija. (a) (c)

    2) Copia del poder del representante legal de la empresa.(a) (c)

    3) Descripción del proyecto y planos de la instalación (Anexo I.b del Real Decreto 1085/2009, de 3 de julio).

    4) Certificado de conformidad de los equipos, para su registro, emitido por la empresa de venta y asistencia técnica (EVAT) suministradora de los mismos (Anexo II del RD 1085/2009, de 3 de julio).

    5) Certificado de conformidad de la instalación, para su registro, emitido por SPR ó UTPR (Anexo III del Real Decreto 1085/2009, de 3 de julio).

    6) Certificado de retirada, inutilización o destrucción de cada equipo, que haya sido retirado o sustituido, emitido por empresa de venta de asistencia técnica. (Sólo en los casos de retirada o sustitución de equipos).

    7) Relación completa de equipos de la instalación acorde a la situación real, en nueva instalación o tras modificación de instalación registrada en formato oficial.

    8) Justificante de abono de las tasas oficiales, copia de la administración (Mod 050). (b)

    Condiciones de simplificación en su caso:

    Condiciones bajo las que no será necesario adjuntar a la solicitud ciertos documentos. (observar las llamadas (a), (b) y (c) que se han insertado en la relación de documentos):

    (a) No será necesaria su presentación, si no se manifiesta en el apartado 7, oposición expresa a la comprobación, por parte del órgano instructor del documento o de sus datos.

    (b) Sólo debe presentarse, si no se facilitan los datos correspondientes, en el apartado de TASAS de la solicitud.

    (c) No será necesaria su presentación, si ha sido emitido por, o presentado ante la Administración Pública, siempre que en el Anexo del que dispone esta solicitud electrónica, se indique el órgano que lo emitió o al que se presentó, la fecha de la emisión o presentación y el número del expediente en el que fue emitido o aportado y no se manifieste su oposición para su consulta u obtención

    En la declaración electrónica dicho Anexo, se generará mediante el uso de un módulo informático, que se le mostrará tras cumplimentar los datos de la solicitud, podrá adjuntar los documentos de que dispone.

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:
  • Normativa

  • Resolución

    • Plazo para resolver: 1 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

    Este procedimiento sólo permite tramitarlo por comparecencia en SEDE electrónica de la Junta de Extremadura (http://sede.gobex.es/SEDE/tramites/MisTramites.jsf), para lo cual deberá disponer como medios de identificación, los admitidos por la SEDE de certificado digital o DNIe activado. 

    Una vez en la SEDE, Indicar en el buscador "Registro de instalaciones de rayos X de diagnóstico médico" para localizar el procedimiento.

    Guía de tramitación por medios electrónicos del procedimiento. Podrá obtener la guía para la tramitación telemática, pulsando sobre el botón que es un signo de interrogación, dentro de una circunferencia azul y pequeña. Se trata de un documento PDF dividido en capítulos donde se explica en cada uno ellos un trámite en concreto. 

     Tasas:

    Lo indicado a continuación es válido para pagos durante el año 2024. El concepto será 120504-Por otros servicios administrativos.

    El importe será el función del objeto de la declaración:

    Instalación nueva                                                         149,26 €

    Ampliación                                                                   149,26 €

    Traslado                                                                        149,26 €

    Sustitución de equipos                                                   24,07 €

    Cambio de ubicación dentro de la misma instalación   24,07 €

    Modificación de la disposición general                         24,07 €

    Sustitución de tubos exclusivamente                             24,07 €


  • Órgano gestor

    Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad
    Dirección General de Industria, Energía y Minas
    Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera. Unidad de Badajoz
    Avenida Miguel de Fabra, 4
    06071, Badajoz
    Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad
    Dirección General de Industria, Energía y Minas
    Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera. Unidad de Cáceres
    Avenida Clara Campoamor, 2
    10071, Cáceres