Reconocimiento de feria comercial oficial - Juntaex.es
Reconocimiento de feria comercial oficial - Juntaex.es
Reconocimiento de feria comercial oficial
Trámite para presentar la declaración responsable con el fin de obtener el reconocimiento de feria comercial oficial para el año siguiente a su solicitud.
Lea los requisitos y tramite
Código SIA: 213693
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Buscar oficina donde realizar este trámite-
Plazo de presentación
Siempre antes del 30 de marzo del año anterior al de celebración.
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Finalidad
Otorgar la calificación de Feria Comercial Oficial de la Comunidad Autónoma de Extremadura a aquellas entidades organizadoras que presenten la correspondiente declaración responsable. -
Destinatarios
Entidades organizadoras de ferias comerciales.
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Requisitos
Acreditar haber celebrado al menos dos ediciones, en los cinco años anteriores a la edición para la que se solicita la calificación, con el carácter de feria comercial o, en su caso, de actividad ferial oficial, y en las que concurran como mínimo cinco de las siguientes características:
1. Que dispongan de un Reglamento de participación de expositores.
2. Que la oferta exhibida pertenezca a una sola rama o producto de la actividad económica.
3. Que se celebre en un recinto cerrado destinado a la celebración de Ferias.
4. Que cuenten con un número mínimo de expositores, que se determinará reglamentariamente.
5. Que su ámbito de influencia sea superior al de la Comunidad Autónoma de Extremadura, según se determine reglamentariamente.
6. Que la oferta exhibida pertenezca a varias ramas de un mismo sector de la actividad económica.
7. Que no se permita la venta directa con retirada de mercancía durante los días de celebración de la feria. -
Documentación
Se debe aportar:
- Modelo de solicitud relleno.
- Reglamento de expositores, en su caso.
- Listado de expositores, indicando los que son de fuera de Extremadura.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
- Plazo para resolver: 4 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso potestativo de reposición.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
Servicio de Comercio Interior y Artesanía
Paseo de Roma,
06800, Mérida