Tarjetas de tacógrafo digital
Solicitud telemática de tarjetas de tacógrafo digital.
Lea los requisitos y tramite
En línea
Tramitar en línea-
Plazo de presentación
No sujeto a plazo de presentación.
* Renovación: 1 mes antes de la fecha de caducidad. (Las tarjetas de tacógrafo tienen una validez de cinco años)
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Finalidad
Solicitar telemáticamente según el destinatario, el tipo de tarjeta de tacógrafo digital correspondiente. El nuevo tacógrafo digital dispone de una apariencia similar al tacógrafo analógico. El sistema consta de una unidad de vehículo, un sensor de velocidad/distancia y las tarjetas de tacógrafo. Los discos del tacógrafo analógico han sido reemplazados por tarjetas inteligentes, basadas en un chip, que almacenan la información de conducción y dan acceso a determinadas funciones según el perfil del usuario (conductor, empresa, cuerpo de control o taller). -
Destinatarios
Conductores, empresas, centros de ensayo (fabricantes y los representantes legales de fabricantes extranjeros de vehículos, en los que sea necesario colocar tacógrafos digitales, que tengan instalaciones productivas en España, incluyendo: fabricantes de carrocerías de autobuses y autocares en cuyas carrocerías sea necesario instalar tacógrafos digitales; fabricantes y los representantes legales de fabricantes extranjeros de tacógrafos digitales y sus talleres concesionarios; talleres de reparación de vehículos de las ramas de actividad mecánica o electricidad; estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV).
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Requisitos
* Compatibilidad de titular.
El titular de una tarjeta de conductor podrá, en su caso, ser titular de una o varias tarjetas de empresa, pero no podrá ser titular de tarjetas de centro de ensayo ni de tarjeta de control.
El titular de una tarjeta de empresa podrá, en su caso, ser titular de una tarjeta de conductor, pero no podrá ser titular de tarjetas de centro de ensayo ni de tarjeta de control.
El titular de una tarjeta de centro de ensayo no podrá ser titular de tarjeta de conductor, de tarjeta de empresa ni de tarjeta de control.
El titular de una tarjeta de control no podrá ser titular de tarjeta de conductor, de tarjeta de empresa ni de tarjeta de centro de ensayo. -
Documentación
Para la presentación de las solicitudes, es necesario que el solicitante disponga de certificado digital, pudiéndose solicitar en caso de no tenerlo, en la página de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (www.fnmt.es) y seguir las instrucciones, o bien de DNI electrónico. (para lo que necesitarán que el teclado del ordenador disponga de lector de tarjeta).
Una vez obtenido cualquiera de los dos, para tramitar la tarjeta de tacógrafo deberá seguir las siguientes instrucciones:
Dirección de la página para su tramitación: https://sede.mitma.gob.es/tctaco/
Una vez que se haya accedido a la página, entrar por:
Transporte Terrestre / Inspección en el sector del Transporte Terrestre / Solicitud Tarjeta Tacógrafo Digital
Para poder recibir <avisos> de notificaciones acerca de las solicitudes (subsanaciones a la solicitud, otorgamientos de la tarjeta..) deberán disponer de un correo electrónico y un número de móvil que deberán estar previamente recogidos en la solicitud. Esto es muy importante porque es aquí donde se van a recibir esos avisos. Para ver dicha notificación deberán seguir los pasos siguientes:
Las notificaciones serán enviadas a la página: https://administracion.gob.es. Una vez que se ha accedido a dicha página, entrar en CARPETA CIUDADANA "Mi Carpeta".
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Normativa
- Orden ITC/69/2010, de 18 de enero, por la que se desarrolla lo establecido en el artículo 10.7 del Real Decreto 425/2005, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales. (BOE Nº 22, DE 26-01-2010)
- Reglamento (CE) nº 561/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de marzo de 200, DE 6 relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera y p-or el que se modifican los -Reglamentos (CEE) nº 3821/85 y (CE) nº 2135/98 del Consejo y se deroga el Reglamento (CEE) nº 3820/85 del Consejo. (DO L 102, DE 11-04-2006)
- Orden FOM/1190/2005, de 25 de abril de 2005, por la que se regula la implantación del tacógrafo digital. (BOE Nº 105, de 3-05-2005)
- Real Decreto 125/2017, de 24 de febrero, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos de tacógrafos. (BOE Nº 48, de 25-02-2017)
- Reglamento (UE) nº. 165/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, relativo a los tacógrafos en el transporte por carretera, por el que se deroga el Reglamento (CEE) nº 3821/85 del Consejo relativo al apartado de control en el sector de los transportes por carretera y se modifica el Reglamento (CE) nº 561/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera. (DO L 60 de 28-02-2014)
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Infraestructuras y Logística del Transporte
- Efecto silencio administrativo: Estimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
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Más información
El nuevo tacógrafo digital sustituye los discos del tacógrafo analógico por tarjetas inteligentes basadas en chip, con el tamaño de una tarjeta de crédito. El chip incluye un programa que protege los datos almacenados en él y que permite que la tarjeta se comunique con el tacógrafo digital de forma segura.
Las tarjetas del tacógrafo digital pueden ser de cuatro tipos diferentes:
- Tarjeta de Conductor: La tarjeta de conductor identifica al conductor y permite almacenar los datos sobre su actividad durante al menos los últimos 28 días (31 para las tarjetas emitidas en España) y tendrán una validez de cinco años. El contenido y características de las tarjetas de conductor es el que al efecto se encuentra establecido en el apartado IV del anexo I B del Reglamento (CEE) número 3821/85, de 20 de diciembre de 1985. La tarjeta de conductor tendrá carácter personal y no podrá ser objeto de retirada o suspensión durante su plazo de validez bajo ningún concepto, a menos que se compruebe que ha sido falsificada, que el conductor utilice una tarjeta de la que no es titular o que se ha obtenido con declaraciones falsas o documentos falsificados. El conductor sólo podrá ser titular de una tarjeta de conductor. Sólo podrá utilizar su propia tarjeta, y no deberá utilizar una tarjeta de conductor defectuosa, o cuyo plazo de validez haya caducado o bien haya sido declarada perdida o robada.
Instrucciones para la solicitud Tarjeta Conductor 1ª emisión o renovación
Instrucciones para la solicitud Tarjeta Conductor por pérdida o robo
Instrucciones para la solicitud Tarjeta Conductor por mal funcionamiento o deterioro
Instrucciones para la solicitud Tarjeta Conductor extranjeros
Pasos a seguir para la subsanación de documentación
- Tarjeta de Empresa: Esta tarjeta identifica a la Empresa y permite visualizar, imprimir y transferir la información almacenada en el Tacógrafo y activar y desactivar el bloqueo del mismo. Los bloqueos evitan el que otras empresas puedan tener acceso a los datos almacenados en el tacógrafo para su descarga y análisis. Además la tarjeta de empresa permitirá configurar ciertas opciones avanzadas del tacógrafo tales como unidades de medida, alertas sonoras. Los empleados por cuenta propia (autónomos), deberán solicitar tanto una tarjeta de conductor como una de empresa. Las Tarjetas de Empresa tendrán una validez de cinco años, al igual que las tarjetas de conductor. En el supuesto de que la empresa dejara de ser titular o arrendataria de vehículos dotados de aparato de control, deberá devolver al órgano emisor la tarjeta o tarjetas de empresa que le hubieran sido expedidas. Sin la Tarjeta de Empresa no se podrá volcar la información sobre actividades de los conductores almacenada en el tacógrafo para recopilarla en la sede de la empresa. Una empresa puede solicitar hasta sesenta y dos tarjetas, independientemente del número de sedes o vehículos de los que sea titular.
- Tarjeta de Centro de Ensayo (también conocida como Tarjeta de Taller): Identifica al titular y permite activar, probar y calibrar el Tacógrafo, así como transferir datos registrados en el mismo. Sin una Tarjeta de Centro de Ensayo no se podrán activar y calibrar tacógrafos. Las tarjetas de centro de ensayo tendrán validez de un año. Las tarjetas deberán ser devueltas al órgano que las emitió cuando se produzca la retirada o suspensión de una autorización de centro de ensayo, la inhabilitación del responsable técnico o de alguno de sus técnicos o dejen éstos de prestar servicio en el centro, o se cese en la actividad por cualquier causa. Existirán dos tipos de tarjeta de centro de ensayo, para activación y para instalación.
- Tarjeta de Control: Las tarjetas de control serán empleada por los cuerpos de seguridad del estado y por los inspectores de las comunidades autónomas para controlar los tiempos de conducción, descanso, manipulaciones al tacógrafo. Identifica al Organismo de Control, y en su caso, a la autoridad que realiza el control y permite acceder a la información almacenada en las tarjetas de conductor o en el Tacógrafo, a efectos de su lectura, impresión o transferencia. Las tarjetas de control tendrán validez de cinco años. Sin tarjeta de control no se deberán llevar a cabo controles sobre las actividades de los conductores (fundamentalmente tiempos de conducción y descanso.) El Tacógrafo Digital registra y almacena los siguientes datos de los 20 controles mas recientes:
- Fecha y hora del control.
- Número de la Tarjeta de Control y Estado miembro que la expidió.
- Tipo de control:
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o Visual
o Impresión
o Transferencia de datos del Tacógrafo o de la Tarjeta de Conductor.
El trámite de solicitud de tarjetas de tacógrafo digital se realiza de manera telématica. Para ello, la dirección de la página web para su tramitación es: https://sede.fomento.gob.es/. Una vez se haya accedido a la página, entrar a través de Transporte Terrestre / Inspección en el sector del Transporte Terrestre / Solicitud Tarjeta Tacógrafo Digital.
Si tiene alguna duda, puede consultar el Manual de usuario de la aplicación para la Solicitud telemática de tarjetas para tacógrafo digital.
- Manual de usuario de la aplicación para la Solicitud telemática de tarjetas para tacógrafo digital
- Pasos a seguir para la subsanación de documentación
- Solicitud Tarjeta Conductor 1ª emisión o renovación
- Solicitud Tarjeta Conductor por pérdida o robo
- Solicitud Tarjeta Conductor por mal funcionamiento o deterioro
- Solicitud Tarjeta Conductor extranjeros
- Solicitud Tarjeta de Empresa
- Solicitud Tarjeta de Centro de Ensayo
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Órgano gestor
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
Dirección General de Movilidad y Transportes
Servicio de Infraestructuras y Logística del Transporte
Avenida de las Comunidades, S/N
06800, Mérida