Registro de Instalaciones Emisoras de Compuestos Orgánicos Volátiles

Solicitud de inscripción en el Registro de Instalaciones Emisoras de Compuestos Orgánicos Volátiles en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
7/11/2023
Icono de información

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Durante todo el año, antes de la puesta en funcionamiento de la instalación.

  • Finalidad

    El Registro de instalaciones emisoras de compuestos orgánicos volátiles en la Comunidad Autónoma se crea a fin de controlar, que las emisiones a la atmósfera de dichos compuestos por determinadas instalaciones que usan disolventes, no sobrepasen los límites establecidos en el anexo II del Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades.
  • Destinatarios

    Las instalaciones relacionadas en el Anexo I del Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, siempre que la actividad se realice superando los umbrales de consumo de disolventes establecidos en su anexo II.

  • Requisitos

    Previamente a la inscripción en este registro deberá disponer de autorización ambiental integrada, unificada, comunicación ambiental autonómica o municipal según el caso.

    No obstante, la evaluación ambiental de la documentación aportada por el titular podrá resultar favorable o desfavorable en función de los criterios normativos vigentes.

  • Documentación

    El titular de la instalación deberá presentar la solicitud, aportando, tanto en formato papel, como en formato digital, la siguiente documentación:

    • Anexo de la corrección de errores a la orden de 14 de marzo de 2008 por la que se regula la notificación previa y se crea el Registro de Instalaciones Emisoras de Compuestos Orgánicos Volátiles en la Comunidad Autónoma de Extremadura debidamente cumplimentado.
    • Memoria suscrita por técnico competente en la que se haga constar, en su caso, la existencia de un plan de gestión y en la que se detalle como mínimo, la actividad productiva, con especial referencia a los procesos donde se generen las emisiones de compuestos orgánicos volátiles, la descripción de las instalaciones, medidas correctoras previstas, el tipo de disolventes empleados, especialmente si la instalación está incluida en el régimen especial, que se identificarán y se cuantificarán aunque se utilicen en mezcla, así como cualquier otra información que se considere necesaria para la comprensión y el conocimiento de la actividad.
    • Plano de la distribución en planta de las instalaciones (escala de 1/500 mínimo).
    • Croquis de ubicación de la factoría (escala 1/25.000 mínimo), con las coordenadas UTM.
    Nota: en los casos de instalaciones sometidas a la autorización ambiental integrada o a la autorización ambiental unificada, la inscripción en el registro se realizará según lo dispuesto en la Ley 16/2015, de 23 de abril , de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, una vez certificada la puesta en funcionamiento.
  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:
  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Sostenibilidad
    • Plazo para resolver: 4 No tiene
    • Efecto silencio administrativo: No Aplica
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada ante el/la Consejero/a, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Sostenibilidad
    Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático
    Avenida Valhondo, s/n
    06800, Mérida