Certificado de estar al corriente de pago - Juntaex.es
Certificado de estar al corriente de pago - Juntaex.es
Certificado de estar al corriente de pago
Solicitud de certificado de estar al corriente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Modelo 754).
Lea los requisitos y tramite
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Plazo de presentación
Durante todo el año.
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Finalidad
Certificar si la persona interesada se encuentra o no al corriente de sus obligaciones tributarias y de otros ingresos de derecho público con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
1. A efectos de poder ser beneficiario de una subvención pública.
2. A efectos de poder contratar con el Sector Público.
3. Otro motivo.
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Destinatarios
Las personas físicas y jurídicas podrán solicitar este certificado si desean acreditar, ante las Administarciones Públicas, su situación tributaria con la Comunidad Autónoma de Extremadura. No obstante, también podrán autorizar a dichas Administraciones Públicas para que sean ellas quienes comprueben la situación del interesado.
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Requisitos
-Requisitos para solicitar el Certificado por el Procedimiento telemático:
· Disponer de un certificado electrónico. Acceso a manuales de la FNMT para obtener el certificado.
· Tener instalado Autofirma. Guía de descarga y uso de autofirma.
· Disponer de conexión a internet (se recomiendan los navegadores mozilla firefox y google chrome).
Ver enlace al Portal Tributario.
-Requisitos para solicitar el Certificado por el Procedimiento presencial:
· Si el solicitante actúa en su propio nombre, deberá adjuntar copia del NIF del interesado.
· Si el solicitante actúa por medio de representante, deberá adjuntar:
- Copia del NIF del representante.
- Copia del NIF del interesado.
- Acreditación del la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, o mediante declaración en comparecencia personal del interesado ante el órgano administrativo competente.
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Cuantía
-Procedimiento telemático: exento de tasa.
-Procedimiento presencial: tasa por presentación de servicios administrativos conforme a la tarifa vigente.
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Documentación
-Procedimiento telemático: a través de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura, la persona interesada solicitará el Certificado, y ésta generará tanto el Modelo 754 de Solicitud, como el Certificado, que podrán descargarse e imprimirse. Además, estos documentos se guardarán en Carpeta Ciudadana- Mis expedientes , de la citada Sede Electrónica.
-Procedimiento presencial: la persona interesada deberá rellenar el Modelo de Solicitud 754, y adjuntar la documentación que se indica en el campo de "Requisitos".
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlace externo a solicitud:https://portaltributario.juntaex.es/PortalTributario/web/guest/certificado
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Normativa
- LEY 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. (BOE Nº 302, de 18-12-2003, Artículo 117)
- REAL DECRETO 1065/2007, de 27 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las Actuaciones y los procedimientos de Gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos. (BOE Nº 213, de 5-09-2007, Artículos 70-76)
- ORDEN de 1 de diciembre de 1997, sobre el modelo de Certificación de la Situación Fiscal con la Comunidad Autónoma de Extremadura. (DOE Nº 142 de 9-12-97)
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Recaudación
- Plazo para resolver: 20 días hábiles
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Contra el Certificado no procede la interposición de Recurso ni Reclamación. No obstante, contra el contenido del certificado se admite escrito de disconformidad en el plazo de 10 días por el que se solicitará la modificación.
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Más información
¿Cuál es el período de validez del certificado?
· 6 meses para los solicitados al efecto de poder ser beneficiario de una subvención pública o para contratar con el sector público.
· 12 meses para los solicitados por otro motivo, salvo que la normativa específica que requiere la presentación del certificado establezca otro plazo de validez.
Para más información:
-Procedimiento telemático: portal tributario.
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Órgano gestor
Consejería de Hacienda y Administración Pública
Dirección General de Tributos
Servicio de Recaudación
Paseo De Roma,
06800, Mérida