Registro General de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de Extremadura - Juntaex.es
Registro General de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de Extremadura - Juntaex.es
Registro General de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de Extremadura
Solicitud de inscripción en el Registro General de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de Extremadura.
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Plazo de presentación
Durante todo el año.
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Finalidad
El Registro de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de Extremadura tiene como finalidad la actualización permanente de datos sobre las asociaciones juveniles que existen en Extremadura. Es público y tiene carácter informativo, voluntario y gratuito. La inscripción en este registro es un requisito esencial para poder ser miembro del Consejo de la Juventud de Extremadura y para acceder a las ayudas y subvenciones que convoca el Instituto de la Juventud. -
Destinatarios
Las asociaciones que deseen inscribirse deberán tener sede en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los diferentes tipos de asociaciones que pueden inscribirse son:
- Asociaciones juveniles constituidas legalmente y sin ánimo de lucro, compuestas mayoritariamente por jóvenes extremeños entre 14 y 30 años.
- Organizaciones políticas juveniles.
- Federaciones y organismos coordinadores compuestos como mínimo de tres asociaciones juveniles.
- Secciones juveniles de las organizaciones.
- Entidades prestadoras de servicios a la juventud.
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Requisitos
Las Asociaciones deben registrarse, previamente y a efectos de publicidad, en el Registro General de Asociaciones y deber tener siempre definidos sus órganos de gobierno y representación (Asamblea general y junta directiva), además deberán cumplir con una serie de obligaciones fiscales y mantener al día sus libros mercantiles (actas, socios y contabilidad) que recogen los datos fundamentales de la vida de una Asociación y son el referente legal ante terceros y ante sus propios socios.
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Documentación
La solicitud se acompañará de la siguiente documentación:
- Resolución de inscripción en el Registro General de Asociaciones de la Consejería competente de la Junta de Extremadura o Registro Público que corresponda, en su caso, así como la hoja registral correspondiente.
- Acta Constitucional
- Estatutos vigentes de la entidad
- Certificado de la Secretaría, con el visto bueno de la Presidencia, que acredite:
- el número de personas miembro, con datos desagregados por sexos y edades
- sede social y delegaciones
- teléfono y correo electrónico
- nivel de implantación territorial.
- Certificado literal del acta de elección de cargos vigentes, con datos desagregados por sexos y edades
- Código de Identificación Fiscal (CIF).
En el caso de asociaciones juveniles y entidades asimiladas, deberá acompañarse además el siguiente documento:
- Certificado de la Secretaría, con el visto bueno de de la Presidencia, acreditativo de la composición mayoritaria de la misma por jóvenes extremeños y extremeñas mayores de catorce años, no formando parte de su órgano directivo ninguna persona menor de dieciocho años ni mayor de treinta.
Los Consejos de Juventud de ámbito local deberán aportar además:
- Certificado de pertenencia al Consejo de la Juventud de Extremadura
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Gestión del Instituto de la Juventud
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
Dirección General de Jóvenes y Deportes
Instituto de la Juventud de Extremadura
Servicio de Gestión del Instituto de la Juventud
Paseo De Roma,
06800, Mérida