Modificación de las condiciones de prestación de los servicios de transporte público regular de uso general - Juntaex.es
Modificación de las condiciones de prestación de los servicios de transporte público regular de uso general - Juntaex.es
Modificación de las condiciones de prestación de los servicios de transporte público regular de uso general
Solicitud de autorización de modificación de las condiciones de prestación de los servicios de transporte público regular de uso general.
Lea los requisitos y tramite
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Plazo de presentación
La solicitud podrá presentarse sin sujeción a plazo determinado.
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Finalidad
Autorizar, a instancia del concesionario o de los usuarios, las modificaciones en las condiciones de prestación de los servicios de transporte público regular, y de uso general de viajeros por carretera previstas en el título concesional y las ampliaciones, reducciones o sustituciones de itinerarios o de tráficos que resulten necesarias o convenientes para una mejor prestación del servicio. -
Destinatarios
Personas físicas o jurídicas que ostenten la condición de contratistas de la gestión de servicios públicos de transporte regular y de uso general de viajeros por carretera.
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Requisitos
Ser persona física o jurídica que ostente la condición de contratista de la gestión de servicios públicos de transporte regular y de uso general de viajeros por carretera.
Ostentar la condición de usuario/s del servicio de transporte público regular y de uso general de viajeros por carretera cuya modificación se pretende.
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Documentación
Solicitud no sujeta a modelo oficial, en la que se incluirá la modificación o modificaciones que se pretenden y los motivos que la justifican.
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Normativa
- Ley 16/87, de 30 de Julio, de Ordenación de los Transportes Terrestes (B.O.E. Nº 182, de 31-07-87) ~TEXTO CONSOLIDADO~
- Ley 9/2013, de 4 de julio, por la que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea (B.O.E. Nº 160, DE 05-07-13)
- Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (B.O.E. Nº 241, de 08-10-90) ~TEXTO CONSOLIDADO~
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Movilidad y Transportes
- Efecto silencio administrativo: No Aplica
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
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Órgano gestor
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
Dirección General de Movilidad y Transportes
Servicio de Movilidad y Gestión de Servicios del Transporte
Avenida de las Comunidades, S/N
06800, Mérida