Hojas de reclamaciones

Hojas de reclamaciones por los ciudadanos y por empresas

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
16/1/2025
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Lea los requisitos y tramite

Código SIA: -

  • Plazo de presentación

    Durante todo el año.

  • Finalidad

    Facilitar los ejemplares de hojas de reclamaciones a toda persona física y jurídica que comercializan bienes o prestan servicios en Extremadura, que deberán disponer de Hojas de reclamaciones, salvo que se trate de actividades que tienen normativa específica en materia de denuncia, queja o reclamación. Sin perjuicio de las que puedan establecerse, quedan excluidas del ámbito de aplicación del Decreto regulador, entre otras, la prestación de las siguientes actividades: a) La ejercida por profesionales liberales que lleven a término una actividad para cuyo ejercicio sea necesaria la colegiación previa en un Colegio Profesional legalmente reconocido. b) La enseñanza reglada. c) La de servicios públicos competencia de la Administración. d) La de los centros, servicios y establecimientos sanitarios públicos y privados. e) La relacionada con el suministro de gas y energía eléctrica. f) La del servicio de Telecomunicaciones. g) La de los servicios financieros. h) Entidades aseguradoras.

  • Destinatarios

    Personas físicas o jurídicas.

  • Requisitos

    • Las personas físicas y jurídicas obligadas deberán presentar su solicitud y copia de la tarjeta emitida por la Agencia Tributaria donde conste el N.I.F ó C.F.F del solicitante.
    • Las personas físicas o jurídicas obligadas a disponer de Hojas de reclamaciones, cuando comercialicen bienes o productos o prestes servicios a través de establecimiento, deberán exhibir al público, de modo permanente y perfectamente visible, un cartel colocado en la zona de mayor concurrencia de público en el que se anuncie la posibilidad de las hojas de reclamaciones. El tamaño de las letras deberá ser como mínimo de 1,5 cm.
  • Documentación

    • Solicitud de hojas de reclamaciones (la forma de solicitar hojas de reclamaciones no tiene por que ser a través de este documento, bastará con una solicitud en el que conste todos los datos referidos al establecimiento objeto de solicitud de dichas hojas, y que debe ser firmada por el titular de la empresa o representante legal del mismo).
  • Solicitud y Anexos

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Instituto de Consumo de Extremadura (INCOEX)
    • Plazo para resolver: 4 No tiene
    • Efecto silencio administrativo: No Aplica
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
  • Más información

  • Órgano gestor

    Vicepresidencia Segunda y Consejería de Sanidad y Servicios Sociales
    Instituto de Consumo de Extremadura
    Servicio de Control de Mercados
    Calle San Salvador, 9
    06800, Mérida