Autorización para competiciones deportivas o recorridos de caza

Autorización para la realización de competiciones deportivas o recorridos de caza

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
1/8/2024
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Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    No sujeto a plazo de presentación.

  • Finalidad

    Este trámite permite solicitar la autorización para realizar una competición deportiva de caza.
  • Destinatarios

    Federaciones deportivas relacionadas con la modalidad y personas o entidades avaladas por ellas.

  • Requisitos

    La competición tiene que estar organizada o avalada por una federación deportiva relacionada con la actividad cinegética que se desarrolle.

    Se puede realizar en cualquier clase de terreno siempre que exista permiso escrito del titular.

    La entidad organizadora tiene que cumplir las siguientes obligaciones:

    - Señalizar las zonas de seguridad.

    - Seguro de responsabilidad civil.

    - Cumplir y hacer cumplir las medidas de seguridad.

    - Respetar una distancia mínima de 500 metros respecto de zonas con asentamientos de especies catalogadas.

    Será responsable del cumplimiento la entidad organizadora.

    Requisitos de los participantes tutelados:

    - No ser residentes en Extremadura.

    - No estar inscritos en el registro de cazadores de Extremadura.

    - Tener seguro obligatorio en caso de usar armas.

    - No estar inhabilitado para la caza.

  • Documentación

    Documentación obligatoria:

    1. Solicitud.

    2. Resguardo de abono de la tasa.

    3. Resguardo de abono de la tasa de tutela, en su caso.

    4. Listado de cazadores tutelados.

    5. Permiso del titular del aprovechamiento o de la zona de competición.

    6. Aval de la federación, en su caso.

    7. Copia del seguro de responsabilidad civil.

    Código de la tasa: 23046-5

    Bonificación: 70% para Sociedades federadas.

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:
  • Representación voluntaria por medios electrónicos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

    Se entiende por caza deportiva aquella que se desarrolle con un fin de competición empleando especies cinegéticas.

    Quedan fuera del ámbito de aplicación de la normativa en materia de caza aquellas competiciones deportivas en las que no se empleen especies cinegéticas.

    La autorización incluye un condicionado de obligado cumplimiento.

    Únicamente se autoriza una modalidad y jornada por solicitud.

    Modalidades:

    - Caza menor al salto con perro.

    - Liebre con galgos.

    - Caza de becadas.

    - Cetrería.

    - Perdiz con reclamo.

    - San Huberto y perros de muestra.

    - Perros en madriguera.

    - Caza al vuelo con arco.

    - Caza de conejo con podenco.

    - Prueba de trabajo con perros.

    - Otras que se autoricen por la Dirección General competente.

    En las pruebas deportivas pueden participar cazadores sin licencia, tutelados por la entidad organizadora.

    Para la tutela hace falta autorización.

    La solicitud de autorización de tutela se incluye en la de la competición.


  • Órgano gestor

    Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
    Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
    Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura
    Avenida Luis Ramallo, S/N
    06800, Mérida