Transporte público de mercancías para vehículos ligeros y pesados - Juntaex.es
Transporte público de mercancías para vehículos ligeros y pesados - Juntaex.es
Transporte público de mercancías para vehículos ligeros y pesados
Autorización para la prestación de servicios de transporte público discrecional de mercancías en vehículos ligeros (tarjeta clase MDLE) y pesados (tarjeta clase MDPE).
Lea los requisitos y tramite
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Plazo de presentación
- La solicitud podrá presentarse sin sujeción a plazo determinado.
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Finalidad
Autorizar la prestación de servicios de transporte público discrecional de mercancías en vehículos ligeros (MDLE) y en vehículos pesados (MDPE). -
Destinatarios
Personas físicas, no pudiendo otorgarse autorizaciones de forma conjunta a más de una persona ni a comunidades de bienes, o bien personas jurídicas, debiendo revestir en este caso la forma de sociedades mercantiles, sociedades laborales o cooperativas de trabajo asociado.
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Requisitos
- Ser persona física, no pudiendo otorgarse autorizaciones de forma conjunta a más de una persona ni a comunidades de bienes, o bien persona jurídica, debiendo revestir en este caso la forma de sociedad mercantil, sociedad laboral o cooperativa de trabajo asociado.
- Cumplir el requisito honorabilidad por parte de las personas que, de forma efectiva y permanente dirijan la empresa.
- Título de competencia profesional para la actividad de transporte público de mercancías por parte de las personas que, de forma efectiva y permanente, dirijan la empresa.
- Cumplir el requisito de capacidad económica.
- Cumplir las obligaciones fiscales, laborales y sociales.
- Disponer de, al menos un vehículo ligero de más de 2 Tn de MMA carga que no supere los cinco meses de antigüedad para disponer de una autorización MDLE, y de tres vehículos pesados de menos de cinco meses y que sumen, al menos, 60 toneladas de carga.
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Documentación
- Solicitud.
- Justificante de haber ingresado la tasa (pinche aquí para consultar el listado de tasas para el año 2022) .
- PULSE en el siguiente enlace para acceder al Portal Tributario. Cumplimentación on line y pago a través del Modelo 50
- DNI y NIF del solicitante, o CIF y Escritura de constitución debidamente registrada en caso de personas jurídicas.
- Alta en I.A.E.
- Justificante de la afiliación en situación de alta de la empresa solicitante en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
- Permiso de circulación de los vehículos y ficha técnica con ITV en vigor.
- Declaración responsable de honorabilidad de las personas que, de forma efectiva y permanente dirijan la empresa
- Título de competencia profesional de las personas que, de forma efectiva y permanente dirijan la empresa.
- Acreditar que la persona que aporta el título de competencia profesional posee poderes generales para representar a la empresa en las operaciones propias de su tráfico ordinario, y poder de disposición de fondos en las principales cuentas bancarias de la empresa.
- Acreditar capacidad económica de 9.000 € por el primer vehículo y 5.000€ más por cada uno de los siguientes de la siguiente forma:
- Personas físicas mediante certificación de entidad bancaria
- Personas jurídicas justificando dicha cantidad en capital y reservas.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:- Solicitud de autorización
- Solicitud de baja
- Documentación para el visado de autorizaciones de transportes de la serie MDP o MDL.
- Declaración de honorabilidad
- Documentación para la obtención de copias certificadas de autorizaciones de transportes de la serie MDP o MDL
- Documentación para la obtención o transmisión de autorizaciones de transportes de la serie MDP o MDL
- Documentación para la sustitución de vehículos en autorizaciones de transportes de la serie MDP o MDL
- Documentación para el visado de autorizaciones de transportes de la serie MDP o MDL.
- Certificado bancario
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Normativa
- Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres. (BOE Nº 182, DE 31-7-1987)
- R.D. 1211/90, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. (BOE Nº 241, DE 08-10-90)
- Orden FOM/734/2007, de 20 de marzo, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de autorizaciones de transporte de mercancías por carretera modificada por Orden FOM 2185/2008, de 23 de julio (BOE Nª 75, de 28-03-07)
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Infraestructuras y Logística del Transporte
- Efecto silencio administrativo: No Aplica
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
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Órgano gestor
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
Dirección General de Movilidad y Transportes
Servicio de Infraestructuras y Logística del Transporte
Avenida de las Comunidades, S/N
06800, Mérida -
Preguntas frecuentes
Las autorizaciones MPC, VPC y VSPC (Servicio Privado de mercancías, viajeros y sanitario) se visan en años impares.
El mes en que cada empresa debe solicitar su visado dependerá del número de terminación de su NIF o CIF:
- Enero aquellas empresas cuyo NIF o CIF termine en 1.
- Febrero aquellas empresas cuyo NIF o CIF termine en 2.
- Marzo aquellas empresas cuyo NIF o CIF termine en 3.
- Abril aquellas empresas cuyo NIF o CIF termine en 4.
- Mayo aquellas empresas cuyo NIF o CIF termine en 5.
- Junio aquellas empresas cuyo NIF o CIF termine en 6.
- Julio aquellas empresas cuyo NIF o CIF termine en 7.
- Septiembre aquellas empresas cuyo NIF o CIF termine en 8.
- Octubre aquellas empresas cuyo NIF o CIF termine en 9.
- Noviembre aquellas empresas cuyo NIF o CIF termine en 0
Consulte las tasas en el Portal Tributario.
Las autorizaciones de transporte caducadas por falta de visado se podrán rehabilitar, si así se solicita, en el plazo de un año contado a partir del plazo en que correspondía a la empresa haber efectuado el visado.
El visado de las autorizaciones de transporte de mercancías se efectúa cada dos años. Las de transporte privado complementario en los años impares.
Para la obtención de una nueva autorización de transporte privado complementario, serie MPC, se necesita un solo vehículo.
Para otorgar una nueva autorización de transporte privado de mercancías los vehículos no se exige una antigüedad máxima.
En el transporte privado complementario están exentos de autorización los vehículos de hasta 3,5 toneladas de MMA.
Podrán ser titulares de una autorización de servicio privado de mercancías las personas físicas o las personas jurídicas, cuyas empresas estén dedicadas a una finalidad distinta de la de transporte de mercancías.